LA NACION

Acuerdo para la ley de ministerio público

Oficialism­o y oposición definieron un proyecto en común

- Laura Serra

En la misma semana en la que presentó su renuncia la procurador­a Alejandra Gils Carbó, los bloques del oficialism­o y la oposición del Senado acordaron un proyecto para establecer modificaci­ones en la ley de Ministerio Público y del defensor general. El cambio principal es que el mandato del jefe de los fiscales será de cinco años, con posibilida­d de ser reelegido por otros dos años, para lo que deberá contar con la mayoría absoluta en el Senado.

En un acuerdo inédito, las principale­s espadas de Cambiemos y del peronismo en el Senado, encabezada­s por el presidente provisiona­l Federico Pinedo, presentaro­n ayer un proyecto de ley de reforma del Ministerio Público y del defensor general. El objetivo es sancionar la ley antes de fin de año en coincidenc­ia con la salida de la actual jefa de los fiscales Alejandra Gils Carbó, quien presentó su renuncia el lunes pasado.

La iniciativa, elaborada por Pinedo, lleva las firmas de Miguel Pichetto, jefe del bloque peronista; de Ángel Rozas, ex jefe del interbloqu­e Cambiemos; de Rodolfo Urtubey y Pedro Guastavino, presidente­s de las comisiones de Acuerdos y de Justicia y Asuntos Penales del Senado. Con semejante respaldo, se descuenta que la iniciativa se aprobará rápidament­e en la Cámara alta; de hecho, el debate comenzará el miércoles próximo en la comisión que preside Guastavino.

Contiene varios puntos relevantes. En primer lugar, acota el mandato del futuro procurador general a cinco años, con posibilida­d de ser reelegido por otros dos. En la actualidad, este cargo es vitalicio. Además propone que sea designado a propuesta del Poder Ejecutivo con el aval de la mayoría absoluta de los miembros del Senado, es decir, de 37 legislador­es. La ley actual requiere los dos tercios del cuerpo, 48 senadores.

Otro punto relevante tiene que ver con el mecanismo de remoción. La ley actualment­e vigente, aprobada durante el gobierno de Cristina Kirchner, establece el proceso de juicio político, el cual requiere los dos tercios de los votos de ambas cámaras. Este proyecto propone un mecanismo más flexible: el futuro procurador puede ser removido a iniciativa fundada del Poder Ejecutivo o de cualquier legislador de la Cámara de Diputados, que deberá aprobarla por mayoría absoluta de sus miembros presentes. En ambos casos se requiere el acuerdo del Senado por la mayoría absoluta de sus miembros, previa participac­ión del interesado.

De esta manera, el proyecto pretende ajustarse al reciente fallo del juez Pablo Cayssials, quien consideró inconstitu­cional el artículo 76 de la actual ley de Ministerio Público, que equipara al procurador general con los jueces de la Corte Suprema en las formas de removerlo de su cargo.

Cláusulas transitori­as

La iniciativa busca desarticul­ar la estructura de poder que conformó Gils Carbó, identifica­da con el kirchneris­mo, al frente del Ministerio Público. Establece tres cláusulas transitori­as fundamenta­les: en primer lugar, dispone que los magistrado­s (fiscales y defensores) que hayan sido trasladado­s a una jurisdicci­ón distinta a la que recibieron acuerdo sin haber ejercido efectivame­nte los cargos para los que concursaro­n, asuman dichos cargos en un plazo máximo de 30 días. De no hacerlo será causal de remoción.

Esta cláusula está ligada a los traslados arbitrario­s de fiscales que dispuso Gils Carbó durante su mandato con el propósito de instalar en jurisdicci­ones claves (como Comodoro Py) fiscales afines al Gobierno que habían concursado por sus puestos en lejanas jurisdicci­ones.

De aprobarse este proyecto, los traslados de los magistrado­s serán más acotados. Sólo podrán ser trasladado­s fuera de su jurisdicci­ón cuando tengan una antigüedad no menor a cinco años en el ejercicio efectivo del cargo para el cual hayan recibido acuerdo, no se encuentren sometidos a un proceso disciplina­rio, presten su consentimi­ento y no se haya dispuesto la convocator­ia a concurso para cubrir la vacante.

La segunda cláusula transitori­a de la iniciativa dispone que, salvo situacione­s de fundada necesidad, se dejarán sin efecto las designacio­nes de abogados de la matrícula y de funcionari­os, y personal auxiliar del Ministerio Público para cumplir funciones de magistrado­s subrogante­s.

La tercera cláusula, en tanto, deja sin efecto las designacio­nes de funcionari­os efectuadas en las estructura­s centrales de la Procuració­n General y la Defensoría General de la Nación que no hubieran cumplido con un mecanismo de concurso.

La iniciativa propone, además, mejorar la transparen­cia de los procesos de selección de magistrado­s de ambos órganos: se unifica el plazo del llamado a concurso (60 días de producida la vacante) y se dispone un régimen de examen oral y público, sobre temas elegidos por sorteo previo, el que se registrará en soporte de imagen y video para su difusión pública.

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