Acuerdo para la ley de ministerio público
Oficialismo y oposición definieron un proyecto en común
En la misma semana en la que presentó su renuncia la procuradora Alejandra Gils Carbó, los bloques del oficialismo y la oposición del Senado acordaron un proyecto para establecer modificaciones en la ley de Ministerio Público y del defensor general. El cambio principal es que el mandato del jefe de los fiscales será de cinco años, con posibilidad de ser reelegido por otros dos años, para lo que deberá contar con la mayoría absoluta en el Senado.
En un acuerdo inédito, las principales espadas de Cambiemos y del peronismo en el Senado, encabezadas por el presidente provisional Federico Pinedo, presentaron ayer un proyecto de ley de reforma del Ministerio Público y del defensor general. El objetivo es sancionar la ley antes de fin de año en coincidencia con la salida de la actual jefa de los fiscales Alejandra Gils Carbó, quien presentó su renuncia el lunes pasado.
La iniciativa, elaborada por Pinedo, lleva las firmas de Miguel Pichetto, jefe del bloque peronista; de Ángel Rozas, ex jefe del interbloque Cambiemos; de Rodolfo Urtubey y Pedro Guastavino, presidentes de las comisiones de Acuerdos y de Justicia y Asuntos Penales del Senado. Con semejante respaldo, se descuenta que la iniciativa se aprobará rápidamente en la Cámara alta; de hecho, el debate comenzará el miércoles próximo en la comisión que preside Guastavino.
Contiene varios puntos relevantes. En primer lugar, acota el mandato del futuro procurador general a cinco años, con posibilidad de ser reelegido por otros dos. En la actualidad, este cargo es vitalicio. Además propone que sea designado a propuesta del Poder Ejecutivo con el aval de la mayoría absoluta de los miembros del Senado, es decir, de 37 legisladores. La ley actual requiere los dos tercios del cuerpo, 48 senadores.
Otro punto relevante tiene que ver con el mecanismo de remoción. La ley actualmente vigente, aprobada durante el gobierno de Cristina Kirchner, establece el proceso de juicio político, el cual requiere los dos tercios de los votos de ambas cámaras. Este proyecto propone un mecanismo más flexible: el futuro procurador puede ser removido a iniciativa fundada del Poder Ejecutivo o de cualquier legislador de la Cámara de Diputados, que deberá aprobarla por mayoría absoluta de sus miembros presentes. En ambos casos se requiere el acuerdo del Senado por la mayoría absoluta de sus miembros, previa participación del interesado.
De esta manera, el proyecto pretende ajustarse al reciente fallo del juez Pablo Cayssials, quien consideró inconstitucional el artículo 76 de la actual ley de Ministerio Público, que equipara al procurador general con los jueces de la Corte Suprema en las formas de removerlo de su cargo.
Cláusulas transitorias
La iniciativa busca desarticular la estructura de poder que conformó Gils Carbó, identificada con el kirchnerismo, al frente del Ministerio Público. Establece tres cláusulas transitorias fundamentales: en primer lugar, dispone que los magistrados (fiscales y defensores) que hayan sido trasladados a una jurisdicción distinta a la que recibieron acuerdo sin haber ejercido efectivamente los cargos para los que concursaron, asuman dichos cargos en un plazo máximo de 30 días. De no hacerlo será causal de remoción.
Esta cláusula está ligada a los traslados arbitrarios de fiscales que dispuso Gils Carbó durante su mandato con el propósito de instalar en jurisdicciones claves (como Comodoro Py) fiscales afines al Gobierno que habían concursado por sus puestos en lejanas jurisdicciones.
De aprobarse este proyecto, los traslados de los magistrados serán más acotados. Sólo podrán ser trasladados fuera de su jurisdicción cuando tengan una antigüedad no menor a cinco años en el ejercicio efectivo del cargo para el cual hayan recibido acuerdo, no se encuentren sometidos a un proceso disciplinario, presten su consentimiento y no se haya dispuesto la convocatoria a concurso para cubrir la vacante.
La segunda cláusula transitoria de la iniciativa dispone que, salvo situaciones de fundada necesidad, se dejarán sin efecto las designaciones de abogados de la matrícula y de funcionarios, y personal auxiliar del Ministerio Público para cumplir funciones de magistrados subrogantes.
La tercera cláusula, en tanto, deja sin efecto las designaciones de funcionarios efectuadas en las estructuras centrales de la Procuración General y la Defensoría General de la Nación que no hubieran cumplido con un mecanismo de concurso.
La iniciativa propone, además, mejorar la transparencia de los procesos de selección de magistrados de ambos órganos: se unifica el plazo del llamado a concurso (60 días de producida la vacante) y se dispone un régimen de examen oral y público, sobre temas elegidos por sorteo previo, el que se registrará en soporte de imagen y video para su difusión pública.