La pizza no se enfría y el choque es ajeno
Estacionar en las ochavas está prohibido por la Ley de Tránsito
Aestas alturas del siglo, es innegable que las redes sociales son un medio de comunicación fenomenal. Entre muchas razones porque nos permiten confirmar que no somos los dueños de algunos conceptos u observaciones. También están en el radar de otras personas. Así, hace unos días, un colega se quejaba en Twitter de una conducta que se observa cada vez con mayor frecuencia: el estacionamiento en las ochavas; en especial, en los barrios. Es conocido que el incremento del parque automotor trajo aparejado un grave problema para estacionar los vehículos en la calle. Pero, el estacionamiento en las ochavas tiene aristas muy peligrosas que la propia Ley de Tránsito 24.449 explica con claridad en su Artículo 49 inciso b) punto 2): “No se debe estacionar ni autorizarse el mismo en las esquinas, entre su vértice ideal y la línea imaginaria que resulte de prolongar la ochava y en cualquier lugar peligroso”. Sencillo, un vehículo estacionado en una ochava impide la visión del cruce; más aún de noche, cuando muchos automovilistas se detienen con los faros encendidos (mientras bajan a buscar una pizza) encandilando la visión de los que vienen (otros automovilistas, ciclistas, motociclistas) por la calle que queda de frente a sus luces. Y algo más que tiene que ver con la falta de solidaridad y el desdén: obstruyen las rampas para personas discapacitadas. Pero, como muchas otras infracciones (sobre todo de estacionamiento en lugares peligrosos), no tiene el menor
de las autoridades de tránsito de ningún municipio metropolitano (que también deben cumplir lo que dice la ley). “Total paramos unos minutos nada más”; pero los accidentes y los inconvenientes, eso sí, son ajenos.•