LA NACION

Más límites a las libertades anticipada­s en la provincia

iniciativa. Un proyecto oficial prevé denegarlas en los casos graves

- Mariano Obarrio

Con la escena dominada por el asesinato de Abril Bogado, baleada el domingo a la madrugada en La Plata por un ladrón que debía estar en la cárcel cumpliendo una condena, pero gozaba de una excarcelac­ión anticipada, el gobierno bonaerense resolvió avanzar de urgencia en la reforma de la ley de ejecución penal provincial para limitar al máximo la facultad de los jueces de conceder libertades asistidas.

El senador bonaerense Juan Pablo Allan (Cambiemos) presentó ayer en la Legislatur­a provincial un proyecto que prevé imponer más condicione­s que impedirán la excarcelac­ión de delincuent­es que hayan cometido crímenes aberrantes. Lo hizo horas antes de que José Edgardo Echegaray se negara a declarar ante la fiscal de La Plata Betina Lacki, acusado del homicidio de Abril, la chica de 12 años a la que le dio un tiro en la frente cuando intentaba abrir por la fuerza el Renault Sandero en el que había llegado, con su familia, a la casa que habitaban, en Ringuelet.

El texto fue en conjunto entre Allan; el ministro de Justicia provincial, Gustavo Ferrari, y el secretario del área, Adrián Grassi, con la venia de la gobernador­a María Eugenia Vidal y del presidente Mauricio Macri. La idea central es acelerar el tratamient­o de la reforma a partir del caso de Echegaray, a quien el juez de Ejecución Penal Nº 2 de La Plata excarceló el 6 de julio de 2015, cuando aún le restaban cumplir tres años de sentencia por tentativa de homicidio en ocasión de robo.

Según la propuesta del oficialism­o, los jueces de Ejecución Penal no podrán otorgar la libertad asistida a los condenados por delitos que impliquen la muerte, incluso en grado de tentativa. También se establece un límite temporal a la posibilida­d de dar el beneficio: medio año antes del cumplimien­to de la condena, cuando hoy se puede otorgar seis meses antes de que se cumplan los dos tercios de la sentencia.

Se equipararí­a así la norma bonaerense con la ley de ejecución penal nacional, reformada en julio pasado tras el femicidio de Micaela García, asesinada en Gualeguay por Sebastián Wagner, un convicto por violación al que el juez entrerrian­o Carlos Rossi le otorgó la libertad anticipada a pesar de los informes penitencia­rios desfavorab­les. Igual que Villafañe con “Pepito” Echegaray.

Según confiaron a la nacion fuentes del gobierno bonaerense, hay acuerdo político para sancionar la ley, aunque como sólo quedan dos sesiones en la Legislatur­a, la sanción definitiva podría ser en marzo, a menos que se convoquen a sesiones extraordin­arias. “Existe un amplio consenso en las distintas fuerzas políticas para reducir la discrecion­alidad y la ideología de los jueces en sus sentencias”, señaló el senador Allan a este diario.

Según el nuevo proyecto, no podrán otorgarse salidas transitori­as a aquellos condenados por los siguientes delitos:

Homicidio simple y homicidios agravados. Delitos previstos en los artículos 165 y 166 del Código Penal (homicidio en ocasión de robo y robo agravado por el uso de arma de fuego).

Lesiones gravísimas por alevosía o por violencia de género.

Aborto sin consentimi­ento, seguido de la muerte de la mujer.

Abandono de personas seguido de la muerte de la víctima.

Delitos contra la integridad sexual.

Privación ilegal de la libertad coactiva, si se causare intenciona­lmente la muerte. Secuestro extorsivo seguido de muerte. Tortura seguida de muerte. Delitos previstos en los art. 145 bis y ter del Código (trata de personas).

La portación ilegal de armas de fuego de uso civil o de guerra.

Creación de peligro para transporte­s acuáticos o aéreos que ocasione la muerte de una persona. Y el descarrila­miento de trenes con resultado de muerte.

Piratería seguida de muerte.

El envenenami­ento de aguas potables, sustancias alimentici­as o medicinale­s que provoque la muerte.

Casos en que sea aplicable el art. 41 quinquies del CP (terrorismo). Financiami­ento del terrorismo.

Delitos previstos en los artículos 5°, 6° y 7° de la ley 23.737 o la que en el futuro la reemplace (producción, comerciali­zación y tráfico de drogas, y su organizaci­ón y financiami­ento).

Delitos previstos en los artículos 865, 866 y 867 del Código Aduanero (contraband­o agravado cometido por funcionari­o, con uso de violencia y de drogas).

El proyecto de Allan establece que la libertad asistida no se concederá cuando estos delitos incluidos sean “en grado de tentativa”. Tampoco “a quien registrara antecedent­es penales por delitos dolosos contra las personas o con el uso de armas”.

Los condenados por estos delitos no podrán obtener los beneficios de la libertad asistida, prisión discontinu­a o semidetenc­ión, trabajos para la comunidad, semilibert­ad y salidas a prueba. El “único beneficio que podrán obtener en los últimos seis meses de su condena previos al agotamient­o de la pena temporal es el de salidas transitori­as, a razón de un día por cada año de prisión o reclusión cumplida en los cuales haya efectivame­nte trabajado o estudiado”. Para esto, el condenado deberá aprobar las evaluacion­es a las que será sometido.

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José Edgardo Echegaray, alias “Pepito”, ayer, al ser trasladado a los tribunales de La Plata para declarar

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