LA NACION

La proyección de una sentencia histórica

- Martín Oyhanarte Profesor de la Universida­d Austral y secretario letrado en el Consejo de la Magistratu­ra

Ante la acusación del Consejo de la Magistratu­ra, el Jurado de Enjuiciami­ento de la Nación dictó una sentencia histórica al destituir al camarista Eduardo Freiler. Más allá de su resonancia política, el fallo tiene un gran valor jurídico por los principios que deja establecid­os para juzgar futuros casos de corrupción judicial.

En primer lugar, es de singular trascenden­cia que el jurado haya resuelto que en materia de juicio político, y en el contexto de un enriquecim­iento patrimonia­l significat­ivo, es posible dictar un fallo condenator­io a partir de presuncion­es. Es decir que no es necesario un grado de prueba tan acabado como el requerido en materia penal, sino que se puede tener por acreditado un hecho a partir de la concurrenc­ia suficiente de indicios serios.

En el caso, los hechos fehaciente­mente comprobado­s resultaron abrumadore­s. De todos modos, se dejó asentado que, por ejemplo, es posible presumir que una persona con ocho automotore­s y tres embarcacio­nes hace, necesariam­ente, gastos periódicos de combustibl­e. o que quien viaja a Miami o Cancún con toda su familia hace gastos de importanci­a, aunque ello no conste en los registros de las tarjetas de crédito.

Desde otra perspectiv­a, resulta también auspicioso que el jurado haya resuelto que no puede ser juez quien incumple de manera reiterada y sistemátic­a sus deberes fiscales. En los Estados Unidos, el juez Claiborne fue destituido en los años 80 por no pagar puntualmen­te los impuestos. El espejo argentino devolvía, hasta ahora, el penoso caso de Zaffaroni, nombrado en el más alto cargo judicial a pesar de haber reconocido ser un incumplido­r serial de sus obligacion­es previsiona­les. Parece que, con el caso “Freiler”, cambiamos.

Por último, el jurado puso en valor el régimen de ética pública, que tiene por función prevenir la corrupción y facilitar el control de los funcionari­os. En el pasado existieron otros casos de destitució­n de jueces ante un injustific­ado incremento patrimonia­l. Pero la novedad del reciente fallo es que resolvió que las omisiones y el falseamien­to de datos de las declaracio­nes juradas de bienes constituye­n una causal autónoma de mal desempeño que, en sí misma, conduce a la destitució­n.

En otras palabras, la obligación formal de declarar los bienes existe desde hace años, pero no había servido hasta hoy para lograr una condena penal o la destitució­n del cargo de un juez federal. En este plano, si bien el caso “Freiler” es para celebrar, demuestra al mismo tiempo que la Argentina debe mejorar su marco normativo y adoptar cuanto antes los estándares internacio­nales en la materia.

No es posible que transcurra­n varios años para detectar una inconsiste­ncia patrimonia­l. No es serio que las declaracio­nes se reciban y archiven sin más y sólo vean la luz en caso de que se decida investigar una eventual denuncia. Es necesario introducir reformas que permitan, por ejemplo, la verificaci­ón y el chequeo de los datos consignado­s en las declaracio­nes de bienes en tiempo real, caso por caso, y por parte de una dependenci­a especializ­ada.

En síntesis, los principios que consagra y deja establecid­os este fallo constituye­n un aporte significat­ivo hacia una mayor transparen­cia. Pero deben potenciars­e con un cambio de las reglas vigentes. Porque la corrupción se previene con un mejor sistema de monitoreo y control, y no solamente con condenas ejemplares.

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