LA NACION

La agenda del monotribut­ista: novedades de este mes y enero

La AFIP dispuso un mecanismo de plan de pagos para los excluidos; además, hay obligacion­es que cumplir antes de fin de año, y en 2018 suben los aportes

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la administra­ción Federal de ingresos públicos (aFip) oficializó el miércoles último, con la resolución 4166, el plan de pagos de deudas para quienes sean excluidos del monotribut­o por exceder los límites que permiten estar en ese sistema. Es una de las novedades de esta época para este grupo de contribuye­ntes, algunos de los cuales deberán cumplir en los próximos días con obligacion­es ya determinad­as por el fisco. a continuaci­ón, una breve guía de los temas a tener en cuenta. –¿A quiénes alcanza el nuevo plan de pago de deudas? –a quienes hayan sido excluidos de pleno derecho o por acciones de fiscalizac­ión, siempre que se haya registrado tal situación a partir del 1º de octubre pasado. Según las autoridade­s de la aFip, se decidió dar un plan de cuotas porque las exclusione­s se efectiviza­n, por lo general, después de un lapso de tiempo (en el cual el contribuye­nte puede defender su posición, por ejemplo) y así, se genera una deuda por las obligacion­es correspond­ientes al régimen de autónomos, cuando queda determinad­o que allí debe estar la persona. –¿Qué motiva la exclusión del monotribut­o? –la detección, por parte del organismo recaudador, de situacione­s que están fuera de los límites para la permanenci­a en el régimen simplifica­do. por ejemplo, haber excedido el límite máximo de facturació­n o de algunos de los parámetros dispuestos, haber realizado operacione­s de importació­n, o registrar movimiento­s bancarios que no están justificad­os dados los ingresos declarados. –¿Cómo son los planes de pago? –Deberán presentars­e las declaracio­nes juradas de iVa y Ganancias y, una vez determinad­a la deuda, podrán volcarse los aportes del monotribut­o pagados durante la controvers­ia, a saldar parte de las obligacion­es. El número máximo de cuotas será de 36, cada una de al menos $ 1000. además, habrá un pago a cuenta del 5%, porcentaje que será del 2% si la adhesión al plan se hace en forma rápida. Hay plazo para adherir hasta el último día del tercer mes posterior al registro de la exclusión. –¿Qué obligacion­es, además de las habituales, deben cumplir los monotribut­istas este mes? –Quienes no lo hayan hecho, deben adherir al domicilio fiscal electrónic­o, para recibir notificaci­ones de la aFip en una ventanilla virtual a la que se accede ingresando con clave fiscal. El trámite de adhesión se hace en el mismo sitio. De no cumplirse con esta exigencia, se suspenderá la visualizac­ión de la constancia de opción al monotribut­o. además, los que están en la letra a deben hacer la confirmaci­ón de categoría si en septiembre no cambiaron su posición. Quienes están en otras categorías (tienen esa obligación vencida) pueden confirmar su estado, para que se les vuelva a habilitar la constancia. –¿Se modificará­n los topes de facturació­n del sistema y se incrementa­rán los aportes? –Sí. En enero aumentarán un 28% tanto los topes de facturació­n para estar en el monotribut­o como también para estar en cada categorías. Y, además, se elevarán en el mismo porcentaje los aportes mensuales que deben pagarse, tanto por el impuesto integrado como por la contribuci­ón a la jubilación y a la salud. los topes de facturació­n anual serán de $ 896.000 (servicios) y $ 1.344.000 (venta de bienes muebles). El porcentaje de la suba correspond­e a la recomposic­ión que tuvieron los haberes jubilatori­os por movilidad. –¿Qué es la recategori­zación de oficio que hará la AFIP en enero? –Es un nuevo procedimie­nto, por el cual la aFip observará las acreditaci­ones bancarias, las compras de bienes y los gastos personales. Y cuando los montos anuales superen el tope de facturació­n de la categoría en la que está el monotribut­ista (y eso no se justifique), el organismo lo ubicará en otra categoría. Habrá 15 días para hacer un descargo.

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