La agenda del monotributista: novedades de este mes y enero
La AFIP dispuso un mecanismo de plan de pagos para los excluidos; además, hay obligaciones que cumplir antes de fin de año, y en 2018 suben los aportes
la administración Federal de ingresos públicos (aFip) oficializó el miércoles último, con la resolución 4166, el plan de pagos de deudas para quienes sean excluidos del monotributo por exceder los límites que permiten estar en ese sistema. Es una de las novedades de esta época para este grupo de contribuyentes, algunos de los cuales deberán cumplir en los próximos días con obligaciones ya determinadas por el fisco. a continuación, una breve guía de los temas a tener en cuenta. –¿A quiénes alcanza el nuevo plan de pago de deudas? –a quienes hayan sido excluidos de pleno derecho o por acciones de fiscalización, siempre que se haya registrado tal situación a partir del 1º de octubre pasado. Según las autoridades de la aFip, se decidió dar un plan de cuotas porque las exclusiones se efectivizan, por lo general, después de un lapso de tiempo (en el cual el contribuyente puede defender su posición, por ejemplo) y así, se genera una deuda por las obligaciones correspondientes al régimen de autónomos, cuando queda determinado que allí debe estar la persona. –¿Qué motiva la exclusión del monotributo? –la detección, por parte del organismo recaudador, de situaciones que están fuera de los límites para la permanencia en el régimen simplificado. por ejemplo, haber excedido el límite máximo de facturación o de algunos de los parámetros dispuestos, haber realizado operaciones de importación, o registrar movimientos bancarios que no están justificados dados los ingresos declarados. –¿Cómo son los planes de pago? –Deberán presentarse las declaraciones juradas de iVa y Ganancias y, una vez determinada la deuda, podrán volcarse los aportes del monotributo pagados durante la controversia, a saldar parte de las obligaciones. El número máximo de cuotas será de 36, cada una de al menos $ 1000. además, habrá un pago a cuenta del 5%, porcentaje que será del 2% si la adhesión al plan se hace en forma rápida. Hay plazo para adherir hasta el último día del tercer mes posterior al registro de la exclusión. –¿Qué obligaciones, además de las habituales, deben cumplir los monotributistas este mes? –Quienes no lo hayan hecho, deben adherir al domicilio fiscal electrónico, para recibir notificaciones de la aFip en una ventanilla virtual a la que se accede ingresando con clave fiscal. El trámite de adhesión se hace en el mismo sitio. De no cumplirse con esta exigencia, se suspenderá la visualización de la constancia de opción al monotributo. además, los que están en la letra a deben hacer la confirmación de categoría si en septiembre no cambiaron su posición. Quienes están en otras categorías (tienen esa obligación vencida) pueden confirmar su estado, para que se les vuelva a habilitar la constancia. –¿Se modificarán los topes de facturación del sistema y se incrementarán los aportes? –Sí. En enero aumentarán un 28% tanto los topes de facturación para estar en el monotributo como también para estar en cada categorías. Y, además, se elevarán en el mismo porcentaje los aportes mensuales que deben pagarse, tanto por el impuesto integrado como por la contribución a la jubilación y a la salud. los topes de facturación anual serán de $ 896.000 (servicios) y $ 1.344.000 (venta de bienes muebles). El porcentaje de la suba corresponde a la recomposición que tuvieron los haberes jubilatorios por movilidad. –¿Qué es la recategorización de oficio que hará la AFIP en enero? –Es un nuevo procedimiento, por el cual la aFip observará las acreditaciones bancarias, las compras de bienes y los gastos personales. Y cuando los montos anuales superen el tope de facturación de la categoría en la que está el monotributista (y eso no se justifique), el organismo lo ubicará en otra categoría. Habrá 15 días para hacer un descargo.