LA NACION

navegación en ríos y canales

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La Subsecreta­ría de Puertos y Vías Navegables también propuso el cálculo de la tarifa a aplicar para la navegación, que surge de la multiplica­ción de unidades fiscales (UF) de cada buque por el coeficient­e fiscal (CF) propuesto de ocho dólares más la multiplica­ción de los kilómetros recorridos por el cargo de recorrido por km (CR) propuesto de 12 dólares.

(UF X US$ 8) + (km recorridos x US$ 12)

Al igual que como sucede con la tarifa de atraque/zarpada, aplica el mismo cargo extra de US$ 150 por cada hora de permanenci­a. Aplican además los mismos porcentaje­s según los diferentes calados y los mismos diferencia­les, sea que se trate de puertos patagónico­s o de buques argentinos que presten servicio al Estado. La UF de la navegación se calcula de misma manera que la de atraque o zarpada de puerto con los mismos valores máximos (300) y mínimos (70). En el caso de embarcacio­nes remolcadas, a efectos del cálculo de las UF se considerar­á la sumatoria de ambas embarcacio­nes (el remolcador y el buque o artefacto naval remolcado) y el largo del cabo de remolque. Como manga y puntal se tomarán las correspond­ientes a la embarcació­n remolcada. Cuando el buque fondee a espera de marea, se facturará demora a partir de la primera pleamar que correspond­a. No se facturará demora en ningún caso que esta sea causada por tráfico, cierre de puertos y/o canales, clausura y/o reserva de canal por ingreso/egreso de buques especiales.

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