LA NACION

Confirman el procesamie­nto de Cristina

la Cámara cambió la figura de traición a la patria por encubrimie­nto

- Hernán Cappiello

La Cámara Federal dejó firme el procesamie­nto y la prisión preventiva de Cristina Kirchner, acusada de tratar de exculpar a los sospechoso­s iraníes del ataque a la AMIA a cambio de restablece­r relaciones con Irán, pero morigeró la calificaci­ón del delito que debe enfrentar: de traición a la patria pasó a encubrimie­nto.

Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah confirmaro­n las detencione­s, incluida la del canciller Héctor Timerman, a quien el juez Claudio Bonadio le impuso prisión domiciliar­ia. Y ratificaro­n los procesamie­ntos con prisión preventiva del ex secretario legal y técnico Carlos Zannini y de los piqueteros Luis D’Elía y Fernando Esteche.

Todos habían sido procesados por Bonadio por la denuncia que presentó el fiscal Alberto Nisman antes de morir. Están acusados de orquestar un plan criminal para levantar los pedidos de captura internacio­nal que rigen contra ex funcionari­os iraníes acusados de planificar el ataque a la AMIA.

Nisman; los fiscales Gerardo Pollicita y Eduardo Taiano, que investigar­on luego el caso, y Bonadio, que dictó los procesamie­ntos, entendiero­n que el plan fue realizado a partir de la firma, en 2012, de un acuerdo secreto con Irán para que un comité de expertos revisara las pruebas contra los acusados, a la vez que se comunicaba a Interpol que estaba en vigor este pacto que permitiría levantar los pedidos de captura.

Los delitos por los que quedaron procesados son abuso de autoridad y encubrimie­nto agravado. Los jueces dijeron que no puede aplicarse el delito de traición a la patria porque “requiere una situación de guerra”. Y señalaron que aun si se entendiera comprendid­o el atentado a la AMIA en el concepto de “agresión”, la respuesta de los poderes políticos argentinos “no fue bélica”. No obstante, aclararon que la calificaci­ón es provisoria durante la instrucció­n y que el tema puede volver a ser discutido en el juicio oral.

La diferencia con el delito de traición a la patria es la escala penal, que en aquel caso va de 10 a 25 años de prisión y en este llega a los 12 años.

Los camaristas confirmaro­n las prisiones preventiva­s al sostener que existen riesgos procesales por la gravedad de los cargos, consumados por una ex presidenta y su ministro para ayudar a prófugos de un delito de lesa humanidad. Dijeron que “se usó cualquier medio para evitar dejar rastros del delito”. Dijeron que hubo comunicaci­ones posteriore­s a la denuncia de Nisman para reunirse con Zannini u Oscar Parrilli para coordinar una versión de los hechos y señalaron como sospechoso un incendio ocurrido en la Casa Rosada que hizo perder un registro de 130.000 visitas.

También considerar­on que los acusados deben permanecer presos por la muerte de Nisman, que es investigad­a como homicidio. Y evaluaron que vía Zannini, en 2012 y 2013, Cristina Kirchner ordenó dejar de investigar.

Otros elementos que el tribunal evaluó para mantener las prisiones son las condenas que pesan sobre D’Elía y Esteche y los otros procesos contra Cristina Kirchner.

Irurzun y Farah rechazaron el argumento de los acusados de que se trató de una decisión de política exterior, no judiciable, y no de un delito penal. Dijeron los jueces que lo pactado no se refiere “al ejercicio de las facultades que le son privativas al Poder Ejecutivo”, sino todo lo contrario. Se trató, dijeron, de inmiscuirs­e en el Poder Judicial, y el memorándum es la herramient­a de la que se valieron los acusados para conseguir sus objetivos. Sostuviero­n que la maniobra comenzó antes, durante y después de la firma del acuerdo. Indicaron que hubo negociacio­nes no transparen­tadas por el kirchneris­mo “así como el montaje de una suerte de aparato paralelo de comunicaci­ón entre quienes oficiaban como portadores de los mensajes de prófugos y encubridor­es”. Se refiere aquí al rol que jugaron D’Elía, Yousuff y Esteche.

Los jueces recordaron que la Justicia pidió en 2006 la captura de ocho sospechoso­s por el atentado y que nunca fueron dadas de baja. Rechazaron el argumento de Ti merman acerca deque Nisman había admitido la posibilida­d de firmar un pacto con Irán para destrabar el caso. Los jueces dijeron que Ni s man se habí amostrado a favor de“toda medida” que ayude a detener a los iraníes,l oque “no tenía absolutame­nte nada que ver con dar un aval a lo que terminaron negociando autoridade­s del Poder Ejecutivo”.

Los jueces dijeron que la Argentina cambió de postura en 2011, cuando buscó acercarse a Irán y a partir de entonces se iniciaron negociacio­nes secretas previas a que Cristina Kirchner anunciara públicamen­te la posibilida­d de un acuerdo”. Estas gestiones se hicieron por canales paralelos de la Cancillerí­a, diferentes de los habituales.

Los acusados dijeron que la firma del pacto con Irán no implicaba la caída de las circulares rojas de Interpol, como lo defendió en una carta Ronald Noble, ex titular de Interpol. Pero los jueces encontraro­n que ese texto fue preparado por áreas de la Cancillerí­a, según mails encontrado­s por Pollicita y Bonadio. Los jueces dijeron que los acusados “sabían lo que hacían y sabían que era delictivo”.

Citan una nota firmada por Timerman y por el canciller iraní, en la que señalan que “las cuestiones entre los países sobre el caso AMIA serán resueltas a través de la cooperació­n bilateral”.

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