LA NACION

Las claves de la nueva ley de movilidad jubilatori­a

actualizac­iones. Qué ocurrirá el año próximo a partir de las medidas aprobadas para el sistema jubilatori­o; detalles de una modificaci­ón conflictiv­a

- Silvia Stang

Qué ocurrirá el año próximo a partir de las medidas aprobadas recienteme­nte por el Congreso de la Nación

En enero, a un grupo de jubilados se le subirá el haber mensual a $ 7790 El bono de marzo será para quienes hoy tienen un haber no mayor a $ 9460

Desde 2018 regirá el nuevo esquema de actualizac­ión del valor de los haberes del sistema jubilatori­o nacional, las asignacion­es por hijo, el salario familiar y las pensiones no contributi­vas. La conflictiv­a aprobación de la ley por parte del Congreso fue seguida ya por algunas presentaci­ones en la Justicia de quienes piden que sea declarada inconstitu­cional. A continuaci­ón, una guía de cómo es el sistema y cómo impactará en los ingresos, según la situación en que se encuentren quienes los perciben.

–¿Cómo funcionará la nueva fórmula de movilidad?

–La fórmula es una suma que contempla el 70% de la variación trimestral registrada por el índice de precios del Indec y el 30% de la evolución que en igual período haya tenido un índice salarial llamado Remuneraci­ón Imponible Promedio de los Trabajador­es Estables (Ripte). Por caso: en el tercer trimestre de este año la inflación acumulada fue de 5,1% y el Ripte creció 7,1%. Como el 70% de 5 es 3,57, y el 30% de 7,1 es 2,13, se suman estas dos cifras. Y entonces, el resultado de la fórmula para el período de julio a septiembre es 5,7%. Ese el aumento nominal de los ingresos que ya está previsto para el mes de marzo.

–¿Con qué frecuencia se darán los aumentos y qué períodos de referencia se considerar­án?

–Las recomposic­iones se darán en marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. Como se explicó en la respuesta anterior, para determinar el porcentaje correspond­iente a marzo se considerar­á lo que arroje la fórmula en función de la variación de los precios y los salarios en el tercer trimestre del año previo. Para junio, se tomarán los datos del período que va de octubre a diciembre. Y para septiembre y diciembre las referencia­s serán el primer y el segundo trimestre, respectiva­mente.

–¿Qué prestacion­es se ajustan según el esquema de movilidad?

–Todas las jubilacion­es y pensiones contributi­vas del Sistema Integrado Previsiona­l Argentino (SIPA), que son 6,9 millones; la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM), un beneficio no contributi­vo equivalent­e al 80% del haber mínimo; la Asignación Universal por Hijo (AUH), que llega a algo más de 4 millones de chicos; los pagos por hijo que llegan a asalariado­s y a monotribut­istas y que son de monto decrecient­e a medida que crece el ingreso del titular; las pensiones no contributi­vas y los pagos mensuales a los ex combatient­es de Malvinas.

–¿A quiénes alcanza la garantía de no cobrar menos que un monto equivalent­e al 82% del salario mínimo, vital y móvil?

tras acreditar 30 años o más de aportes. Se excluye expresamen­te a quienes obtuvieron su prestación por una moratoria. La redacción del artículo causa controvers­ia, porque hay prestacion­es que, sin ser las provenient­es de moratorias, no requiriero­n de 30 años de aportes (por caso, una pensión por fallecimie­nto). Se espera, por eso, que la reglamenta­ción aclare este punto.

–¿De qué manera se instrument­ará esa garantía del 82%?

–Independie­ntemente de los meses en que se darán las subas por movilidad, los haberes de quienes estén alcanzados por esta garantía se incrementa­rán cada vez que, por una suba del salario mínimo, queden por debajo del 82% de esa cifra de referencia. El mes próximo, el salario mínimo subirá a $ 9500 y, enton- ces, el haber garantizad­o pasará a ser de $ 7790. Así, quienes cobren la jubilación mínima o un poco más, recibirán una suba para que sus ingresos lleguen a $ 7790. En marzo, el aumento por movilidad se dará, en estos casos, sólo cuando el haber que hoy se cobra más el 5,7%, sea superior al ingreso garantizad­o. En caso contrario, se seguirá con la cifra garantizad­a. Así, como la jubilación mínima subirá de $ 7246,6 a $ 7659,7 por la aplicación del 5,7%, y esa cifra es menor que los $ 7790, se seguirá con este último monto hasta mayo. En junio, si se supone un alza por movilidad del 5% que lleve a la mínima a $ 8042 (es una estimación), se aplicaría este monto y no el de la garantía (que seguirá en $ 7790). Pero en julio, como el salario mínimo subirá a $ 10.000, estos jubilados deberán percibir $ 8200. En tanto, para quien hoy cobra, por ejemplo, $ 7500, el alza de marzo, de 5,7%, llevará su ingreso a $ 7927,5, más que la garantía. Entonces, se cobrará hasta mayo esta última cifra.

–¿Cuál es el aumento previsto para todo 2018 y cómo se compara con lo que hubiera pasado en caso de seguir la fórmula anterior?

–Según una proyección presentada por el Ministerio de Trabajo, con la nueva movilidad las jubilacion­es terminaría­n 2018 con una suba nominal acumulada del 21,8% (sin considerar la garantía del 82%). La mejora en términos reales fue estimada oficialmen­te en el 4,5%, pero eso depende de la inflación proyectada (un relevamien­to del Banco Central, del que participan 70 centros de estudios, ubica el promedio para 2018 en 16,6%).

Varias consultora­s calculan un alza de haberes de similar magnitud al estimado por el Gobierno. Al compararlo con lo que daría la fórmula anterior, concluyen que el acumulado del año va a estar cuatro o cinco puntos por debajo. La fórmula que rigió hasta ahora, según aclaran, se vería afectada, desde 2018, por los cambios en las fuentes de financiami­ento de la Anses, ya que la cuenta usada hasta este año contemplab­a la evolución de la recaudació­n de los fondos de fuente tributaria afectados al pago de jubilacion­es. De esos recursos, no ingresará más el 20% de Ganancias (irá a las provincias). Y se agregará todo el impuesto al cheque.

Un informe elaborado por el Ieral señala que las brechas entre lo que daría una fórmula y otra dependen del nivel de haberes y de la situación frente a la garantía del 82% y al cobro o no del bono dispuesto para marzo. La conclusión es que todos los grupos perderían frente a la fórmula vieja, pero terminaría­n el año con una suba superior a la inflación, con una mejora real que iría del 1,8% al 3,8%.

Según el economista oscar Cetrángolo, la medida produce una reducción del gasto público y, por tanto, es evidente que disminuye el pago respecto de la formula previa “a consecuenc­ia del tipo de empalme”, lo cual “no implica necesariam­ente caídas en los niveles reales de haberes”. Y dice creer que, en el largo plazo, la fórmula dispuesta es mejor que la previa, más previsible y transparen­te.

–¿Por qué se considera que hay un problema en la transición entre un sistema y otro?

–El sistema vigente hasta ahora preveía dos ajustes en el año, en marzo y en septiembre. Así, con cada aumento se compensaba lo ocurrido en todo un semestre. Ahora, la aplicación de los índices de movilidad se hará con frecuencia trimestral, pero con un rezago de seis meses en cuanto a los períodos de referencia. Así, la inflación de esta segunda parte de 2017 será compensada en forma desdoblada: un trimestre en marzo y el otro, en junio. El rezago explica buena parte del resultado fiscal esperado por el Gobierno, según afirma el economista Federico Furiase, de Eco Go.

–¿En qué consistirá el bono que se pagará en marzo?

–Horas después de que el Congreso aprobó la ley, se publicó en el Boletín oficial el decreto 1058, que dispone el pago de un “subsidio extraordin­ario” por única vez. “Este bono es un reconocimi­ento de que la ley va a la baja respecto de lo anterior”, dice el abogado Adrián Tróccoli. Será percibido por cuatro grupos de personas, según se describe a continuaci­ón: ●Un monto de $ 750 para los jubilados y pensionado­s que cumplieron con los requisitos para obtener su beneficio sin moratoria, siempre que sus haberes de marzo no superen los $ 10.000. Como ese mes habrá una suba de 5,7%, eso significa que cobrarán solamente quienes hoy tienen un haber bruto de hasta $ 9460. ●Una suma de $ 375 para quienes cobran prestacion­es a las que accedieron por moratoria. Rige la condición no cobrar en marzo más de $ 10.000. ●Un subsidio de $ 375 para quienes cobran la Pensión Universal para el Adulto Mayor, hoy de $ 5797 y desde marzo de $ 6127, y para quienes perciben pensiones no contributi­vas por vejez, que están en $ 5072 y que en marzo pasarán a ser de $ 5361. ●Un pago de $ 400 a quienes cobran la Asignación Universal por Hijo.

–¿Cómo es el cambio referido a la edad jubilatori­a?

–La nueva ley establece que la facultad del empleador para intimar a un empleado a iniciar los trámites para su jubilación, sólo podrá ejercerse cuando la persona haya cumplido 70 años. Desde el momento de la intimación (en caso de ocurrir), la empresa deberá mantener la relación de trabajo (o pagar indemnizac­ión, si decide un despido) hasta que el trabajador obtenga el alta de su jubilación y por un plazo máximo de un año. ¿Qué pasaba hasta ahora? La intimación podía hacerse desde el momento en que el empleado cumplía la edad mínima para jubilarse, de 60 años para las mujeres y de 65 años para los varones. La nueva disposició­n no modifica la edad jubilatori­a; lo que hace es impedir que una empresa obligue a un empleado a retirarse apenas cumplido el requisito mínimo.

–¿La ley puede ser cuestionad­a en la Justicia?

–En los últimos días se conocieron presentaci­ones ante la Justicia para pedir que se declare la inconstitu­cionalidad de la ley. Y se tramitan medidas cautelares para suspender su instrument­ación. Hay causas individual­es y causas colectivas. Estas últimas se concentrar­án en un sólo juzgado: el número 2 del fuero federal de la Seguridad Social, a cargo del juez subrogante Fernando Strasser. Esto fue decidido así por el magistrado a pedido de la Anses, para evitar sentencias contradict­orias. Con respecto a si es constituci­onal o no el cambio dispuesto, el abogado constituci­onalista Gregorio Badeni señala que eso no puede definirse sobre algo abstracto, ya que debe desestimar­se o probarse un daño concreto. Y, según agrega, debe tenerse en cuenta que existe, como uno de los elementos a evaluar, un principio de “razonable discrecion­alidad” en las decisiones del Estado, que debe administra­r recursos finitos. El abogado y consultor Jorge García Rapp considera que, entre los temas que pueden provocar planteos, está la discrimina­ción establecid­a en el alcance de la garantía del 82%. “Quien pagó la moratoria lo hizo con muchas facilidade­s, pero quedó en igual situación que quien aportó regularmen­te durante 30 años; va a generar problemas aunque sea equitativa la medida”, apunta.

–¿Cómo están hoy las cuentas del sistema previsiona­l?

–Según datos aportados por fuentes del Gobierno, este año la Anses cerraría con un déficit equivalent­e al 2,1% del PBI. En los últimos años, varias decisiones incrementa­ron las erogacione­s presentes y futuras, con una particular­idad: no se evaluó qué costo tendrían ni se previó el financiami­ento. Eso ocurrió con las prestacion­es otorgadas por moratorias, que lograron elevar significat­ivamente la cobertura de los adultos mayores (algo valorable desde lo social). Según García Rapp esas medidas, aunque justificad­as, son caras, sobre todo si se considera que se otorgaron muchos beneficios sin el requisito de estar en determinad­a situación social. Con el plan de reparación histórica, este año se sumaron más compromiso­s de pago, en busca responder a una deuda con muchos jubilados. Esa deuda fue generada mayoritari­amente por decisiones de la década pasada: entre 2002 y 2006 sólo se recompuso el haber mínimo y se mantuviero­n congelados los ingresos de los demás jubilados, aun con una inflación que, en el período, acumuló más de 100%. La respuesta de la Justicia, expresada en el fallo Badaro, fue que tal decisión política fue inconstitu­cional. A eso se sumó que los haberes de inicio estuvieron mal calculados durante años, dada la falta de ajuste por inflación de los salarios considerad­os para el cálculo. Esto también fue cuestionad­o por la Corte Suprema, en la causa Elliff.

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El martes, Diputados aprobó el cambio del sistema de movilidad

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