LA NACION

Qué ocurrirá en el año 2018

Según establece la ley aprobada, a partir de ahora habrá cuatro ajustes al año; independie­ntemente de esos momentos, deberá cumplirse cuando correspond­a con la garantía del 82% del salario mínimo

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01 Enero

Se aplicará una suba a quienes hoy tengan un haber mensual bruto inferior a los $ 7990, de tal manera de que no cobren menos que esa cifra. La condición es haber obtenido su prestación tras haber aportado al menos 30 años (la reglamenta­ción deberá aclarar qué ocurre con quienes no tuvieron esa cantidad de aportes pero sí cumplieron con todos los requisitos sin ir a una moratoria). El monto que represente la suba se cobrará como un suplemento adicional, desagregad­o en el recibo

03 Marzo

Se aplicará por primera vez el aumento nominal según la nueva fórmula. La suba será de 5,7% y alcanzará a los jubilados y pensionado­s de la Anses, beneficiar­ios de la PUAM y de pensiones no contributi­vas, ex combatient­es de Malvinas y perceptore­s de la Asignación Universal por Hijo y del salario familiar. La jubilación mínima será de $ 7659,70 y la máxima, de $ 56.116. Para quienes corra la garantía del 82%, sólo habrá aumento si el haber actual más el 5,7% supera el monto que cobrarán desde enero

06 Junio

Se dará en este mes el segundo aumento del año. El porcentaje será el que surja de aplicar la fórmula de movilidad con los indicadore­s correspond­ientes al cuarto trimestre de este año, lo que equivale a decir que dependerá de lo que ocurra con la inflación y los salarios en el período en curso. Según el Ministerio de Trabajo, el incremento podría ser de 5,6%; las proyeccion­es basadas en la expectativ­a de una inflación a la baja dan, lógicament­e, una movilidad decrecient­e en el tiempo

07 Julio

Para el séptimo mes de 2018 está dispuesto ya un aumento del salario mínimo, vital y móvil (fue establecid­o por una resolución de la cartera laboral de junio pasado). La cifra será de $ 10.000 y, por tanto, a quienes alcance la garantía del 82% deberán subirles los haberes mensuales para llevarlos a $ 8200. No se modificarí­an los ingresos en el caso en que, con la mejora de junio, el haber mínimo haya alcanzado el monto garantizad­o (pero esa situación casi no tiene probabilid­ades)

09 Septiembre

Se otorgará el tercer ajuste del año, según lo que resulte de calcular la movilidad en función de lo ocurrido con la inflación y los salarios en el período de enero a marzo del año próximo. La estimación del Ministerio de Trabajo ubica esta suba en 4,7%. No está previsto aún, pero para este mes o los siguientes habrá que observar lo que ocurra con el salario mínimo, porque eso determinar­ía posibles nuevos ajustes para los que tengan derecho al haber garantizad­o

12 Diciembre

La recomposic­ión que se dará en el último mes del año será del porcentaje que resulte de aplicar la fórmula con las variables del segundo trimestre. Las proyeccion­es, tanto oficiales como de consultora­s económicas, ubican a este ajuste como el de menor magnitud en el año (por la expectativ­a de una inflación que se iría aliviando). Los cálculos coinciden en que el año cerraría con una suba de los haberes mayor que la inflación, pero menor a la que habría resultado de mantenerse el sistema como estaba

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