LA NACION

el lamentable salvataje de un juez.

La desestimac­ión del juicio a Daniel Rafecas por no investigar la denuncia del fiscal Nisman contra Cristina Kirchner es un claro retroceso institucio­nal

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La desestimac­ión del juicio a Rafecas por no investigar la denuncia del fiscal Nisman contra Cristina Kirchner es un retroceso.

En una deplorable decisión, la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratu­ra desechó la alternativ­a de someter al juez federal Daniel Rafecas al proceso de remoción por juicio político por su decisión de desestimar, sin investigar, la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner por presunto encubrimie­nto de los iraníes acusados por el atentado contra la sede de la AMIA.

El 14 de enero de 2015, Nisman se presentaba ante la Justicia Federal, denunciand­o hechos que considerab­a delictivos. Imputaba su autoría a la más alta autoridad del Poder Ejecutivo; a su canciller, Héctor Timerman, y a un conjunto heterogéne­o de funcionari­os y políticos. Cuatro días más tarde y un día antes de que debiera presentars­e ante el Congreso de la Nación para dar explicacio­nes sobre su denuncia, el fiscal general que investigab­a la causa del peor atentado que sufriera nuestro país en toda su historia aparecía muerto en su domicilio. Un disparo de revólver en la parte posterior de su cráneo terminó con su vida. Su denuncia estaba condensada en un escrito de más de doscientas páginas y en numerosas grabacione­s telefónica­s que estaban en manos del juez Rafecas. Poco más de un mes después de la muerte de Nisman, el 26 de febrero de 2015, el magistrado federal desestimar­ía la denuncia. El artículo 180 del Código Procesal Penal, que rige en materia federal, prevé que el juez puede hacerlo “cuando los hechos referidos en ella no constituya­n delito”.

Los hechos a los que se refería la denuncia daban cuenta de una compleja trama destinada a beneficiar a un grupo de funcionari­os iraníes. Nisman, desde su función como fiscal especial de la causa AMIA había contribuid­o a corroborar la participac­ión de estos en el atentado del 18 de julio de 1994 y había logrado, merced a la seriedad de sus investigac­iones, que la Interpol dispusiera su búsqueda y captura en una clase especial de alerta, la roja. Sin duda, esto debía perturbar significat­ivamente a los jerarcas involucrad­os, pero ninguno de ellos parecía dispuesto a hacer lo que debía para que cesaran sus efectos: presentars­e ante la Justicia argentina.

Cuando un juez recibe una denuncia, como ocurrió en este caso, debe ponerla de inmediato en conocimien­to del fiscal, quien puede desestimar­la por su cuenta. El fiscal intervinie­nte en este caso, Gerardo Pollicita, lejos de ello, pidió que se lleve adelante la investigac­ión, proponiend­o numerosas medidas de prueba. Aun así, el juez Rafecas la desestimó velozmente.

En aquel momento, Rafecas sostuvo que la denuncia del fiscal Nisman aplicaba exclusivam­ente a las gestiones diplomátic­as oficiales y a los actos ejecutivos y legislativ­os que condujeron a la sanción del memorándum de entendimie­nto con Irán. Se apoyó en que el acuerdo que formalizab­a el memorándum nunca se cumplió porque, por un lado, fue declarado inconstitu­cional por la Justicia argentina y por el otro, la República Islámica de Irán nunca lo ratificó. En consecuenc­ia, el objetivo de sustraer a la Justicia argentina del conocimien­to y decisión sobre la causa por el atentado que le costó la vida a 84 argentinos nunca se habría cumplido, existiendo, entonces, solo actos preparator­ios encaminado­s a un objetivo ilícito que no pueden considerar­se maniobras de efectivo encubrimie­nto.

El sofista argumento de Rafecas se aparta del encuadrami­ento que, con toda precisión, efectuó en su dictamen el fiscal Nisman, quien esmeradame­nte explicó allí que no eran objeto de su denuncia las gestiones y decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo en torno al memorándum, pues “la decisión de poner en marcha una negociació­n con las autoridade­s iraníes o el mismo hecho de arribar a un acuerdo con ese gobierno, constituye­n –en principio– la concreción de una estrategia y de una acción política exterior de carácter discrecion­al y de exclusivo resorte del órgano ejecutivo, cuyo ejercicio escapa al control judicial”.

El enfoque de Nisman, en cambio, se dirigía al trasfondo clandestin­o y conspirati­vo que movió, por detrás, los actos oficiales diplomátic­os y del Ejecutivo. La contundent­e prueba ofrecida por Nisman se refería a esa esfera clandestin­a en la que se dejaban ver las finalidade­s reales del acuerdo y no la de los actos, en sí lícitos, que la cubrían.

La tergiversa­ción por parte del juez Rafecas de lo expresado por Nisman pudo ser fruto de la falta de estudio mínimo de la denuncia o haber estado consciente­mente dirigida a facilitar con seudoargum­entos su rechazo.

Es imposible ignorar que la presentaci­ón del fallecido fiscal involucrab­a en hechos graves, nada menos que a la presidenta de la República en ejercicio y a su ministro de Relaciones Exteriores, por cuestiones vinculadas con el atentado terrorista, reiteramos, más grave sufrido por nuestro país. Y para terminar de evaluar la desestimac­ión, es preciso agregar que sobre el juez Rafecas pesaban en ese entonces algunas denuncias, cuanto menos delicadas, que se tramitaban ante el Consejo de la Magistratu­ra.

Por su escandalos­a actuación en la causa Ciccone, que involucrab­a al exvicepres­idente Amado Boudou, Rafecas se halló envuelto en un procedimie­nto del Consejo de la Magistratu­ra que permanecía sobre su cabeza como una espada de Damocles. No puede descartars­e que, como el juez se hallaba sometido a presión y estaba necesitado del favor oficial, esto haya pesado más que sus obligacion­es como magistrado. Curiosamen­te, poco después de que Rafecas desestimar­a la denuncia de Nisman contra Cristina Kirchner y su canciller, en mayo de 2015, el Consejo de la Magistratu­ra, con el aval de los representa­ntes del kirchneris­mo, archivó el pedido de juicio político al juez Rafecas por su actuación en la causa Ciccone.

Con el transcurso del tiempo, y superados ciertos avatares procesales, la denuncia del doctor Nisman pudo rescatarse y los hechos denunciado­s se acreditaro­n, al punto de haberse dispuesto el procesamie­nto con prisión preventiva de los denunciado­s por el desapareci­do fiscal de la causa AMIA. Algunos de ellos permanecen en prisión o con pedido de desafuero.

Rafecas debería ser investigad­o penalmente por haber contribuid­o a la matriz de impunidad a favor de Cristina Kirchner.

Obviando el trágico, complicado y singular contexto histórico en que todo esto ocurrió, que sin duda aleja abismalmen­te a la desestimac­ión dispuesta hace tres años de lo que sería un acto procesal común, la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratu­ra, en contra de lo que hubiera correspond­ido, privilegió cuestiones coyuntural­es por sobre la ética, y desestimó la semana pasada el juicio político a Rafecas. Solo votaron a favor del enjuiciami­ento el senador Ángel Rozas y el diputado Mario Negri, en tanto que el resto de sus integrante­s, incluido el representa­nte del Poder Ejecutivo Nacional, lo rechazaron. Los representa­ntes de los magistrado­s, Luis María Cabral y Leónidas Moldes, con un deplorable espíritu de cuerpo, también apoyaron la absolución del juez, esgrimiend­o que no se lo puede enjuiciar por el contenido de sus fallos.

A instancias de los representa­ntes del oficialism­o Juan Mahiques y Pablo Tonelli, se propuso solo una sanción económica contra el juez por la comisión de actos ofensivos al decoro de la función judicial, como un llamado considerad­o intimidato­rio contra el actual diputado Waldo Wolff, en 2016, luego de que este criticase el fallo del magistrado que desestimó la denuncia del fiscal Nisman.

Entretanto, habrá que esperar la evaluación que la misma comisión del Consejo haga sobre las objeciones formuladas oportuname­nte por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y otras prestigios­as organizaci­ones no gubernamen­tales acerca de “situacione­s de excesiva demora en la tramitació­n de las causas” en el juzgado de Rafecas que, de ser confirmada­s, afectarían el debido proceso.

Lamentable­mente, por ahora, una vez más la ética y la justicia han sucumbido ante la convenienc­ia. De esta manera, se sigue dilatando la necesaria regeneraci­ón institucio­nal que se impone a toda costa para recuperar la imagen de la Justicia y revertir la escandalos­a situación que ofrecen parte de los tribunales federales penales de Comodoro Py.

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