Revocaron la prisión domiciliaria de Miguel Etchecolatz
El represor, de 88 años, volverá a la cárcel tras haber obtenido el beneficio a fin de año por problemas de salud
La Cámara Federal de Casación Penal revocó ayer el beneficio del arresto domiciliario del que gozaba el represor Miguel Etchecolatz. El excomisario de la policía bonaerense deberá ahora volver a la cárcel, informaron calificadas fuentes judiciales a la nacion.
Etchecolatz gozaba del beneficio del arresto domiciliario desde fines de diciembre pasado. La decisión, adoptada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) Nº 6, se basaba en razones de salud, ya que el exdirector de investigaciones de la policía bonaerense, que tiene 88 años, padeció dos accidentes cerebrovasculares (ACV) y presenta problemas cardíacos y circulatorios, entre otras dolencias.
La decisión de revocar la prisión domiciliaria fue tomada por la Sala IV del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani.
Etchecolatz gozaba del arresto domiciliario en una casa del Bosque Peralta Ramos, en Mar del Plata. Según informaron fuentes judiciales, la decisión se tomó por mayoría con los votos de Hornos y Borinsky. Ambos jueces entendieron que “el estado de salud que presenta Etchecolatz no impide que permanezca alojado en el establecimiento penitenciario recibiendo la atención y los controles médicos adecuados para el tratamiento de sus patologías”.
Se celebró ayer una extensa audiencia oral y pública en la que participaron, además de los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, cuatro fiscales, las querellas y organismos de derechos humanos. La defensa de Etchecolatz no fue al encuentro.
En su voto, Borinsky afirmó: “En cuanto al estado de salud de Etchecolatz, cabe señalar que los informes confeccionados por el Cuerpo Médico Forense dan cuenta de las patologías que padece el imputado. Sin embargo, tal como fue señalado por los impugnantes en sus recursos de casación, de dichos informes no se advierte impedimento alguno para que el nombrado permanezca en un establecimiento penitenciario, recibiendo la atención médica, el tratamiento y los controles que sean necesarios para atender sus patologías”.
De esta manera, la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a los recursos presentados por la fiscal María Ángeles Castro, a cargo de cargo de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, y por el abogado de una de las querellas, Pablo Llonto. Al fundamentar su voto, Hornos explicó: “Debe señalarse que más allá de la edad que tiene el interno y de las patologías que sufre, el otorgamiento de la prisión domiciliaria es una decisión jurisdiccional que no puede tomarse de manera automática o irreflexiva mediante la exclusiva invocación de que concurre en el caso alguno de los presupuestos legales que, en principio, habilitan su concesión”.
En su voto, Gemignani afirmó: “En pleno entendimiento de los valores en pugna, en causas como la que nos ocupa, resulta menester conjugar prudentemente la obligación internacional de juzgamiento y castigo de los delitos de lesa humanidad, con el respeto al derecho a la salud de los imputados”.