LA NACION

tener un divorcio amigable y sin sorpresas

Todo lo que hay que saber: desde qué hacer cuando uno de los dos está sin trabajo hasta un posible régimen de visita para mascotas

- Laura Reina

Después de 10 años juntos, la decisión por parte de ella estaba tomada. Esta vez, no había vuelta atrás. No había reconcilia­ción posible, ni nada que fuera a cambiar eso que venía procesando internamen­te desde hacía tiempo. No bien soltó la frase “quiero el divorcio” sintió un alivio reparador. Pero también un miedo por todo lo que debía afrontar de ahí en más. Sin dudas, el divorcio marca el punto final de una relación de pareja. Pero también representa un punto de partida hacia un mundo que desconocem­os con abogados, terminolog­ía que no nos es para nada familiar y un montón de cuestiones inmediatas que debemos resolver, como quién se queda en casa mientras se decide la división de bienes, cómo se organiza el régimen de visitas y alimentos en caso de tener hijos en común o qué pasa si uno de los dos no está trabajando y no tiene ingresos propios y la pareja tramita el divorcio. El famoso “¿por dónde empiezo?” es una de las tantas preguntas que surgen luego de tomar la decisión.

“Separarse es mucho más que soque brellevar el final de una relación, de una vida compartida, con su propia lógica y su propio reparto de deberes y bienes”, dicen las abogadas de familia Sofía Harari y Leticia Kabusacki, autoras del libro Todo lo que necesitás saber sobre el divorcio (Editorial Paidós), una “guía para casarte bien y separarte mejor” que responde a cuestiones desde las más triviales hasta las más complejas. Y advierte sobre la letra chica que puede haber a la hora de romper el vínculo conyugal. “Cada caso es diferente. Aunque no haya una lista de letra chica para todos, encontramo­s a lo largo del tiempo algunas situacione­s que suelen repetirse, por eso decidimos escribir un libro”, cuentan las expertas consultada­s. En él, además, se hace especial hincapié en los cambios que el nuevo Código Civil, aprobado en 2015, introdujo en relación con los divorcios y separacion­es.

1 ¿ Qué es lo primero que una persona debe hacer una vez que decide divorciars­e?

“En primer lugar, antes de dar el portazo o armar una valija ajena, conviene consultar a un abogado para entender qué pasará con la casa donde vive, la manutenció­n de los hijos o la propia, los bienes que puedan tener –aconsejan las especialis­tas–. Es importante tener la informació­n adecuada para, de ser necesario, tomar precaucion­es. Hay que comprender que el divorcio o la separación (según estén o no casados) tendrá consecuenc­ias no solo personales y emocionale­s, sino también jurídicas. La decisión de separarse propone desarmar lo armado, y esta acción tendrá consecuenc­ias”.

2 ¿ Es el mismo trámite el divorcio unilateral que el de común acuerdo?

¿En qué puede variar una u otra modalidad? Uno de los puntos que introdujo la reforma del Código Civil es la posibilida­d de separarse de forma unilateral, es decir, sin el consentimi­ento del otro. “El trámite de divorcio previsto por nuestro actual Código Civil es más sencillo y breve que antes. Ya no se requiere el acuerdo de ambos para divorciars­e y tampoco se discutirán las causales que llevaron a la pareja a disolver el vínculo. No hay culpables ni inocentes”, dice Kabusacki. Y Harari agrega: “El de común acuerdo o presentaci­ón conjunta es un trámite más breve, pero estamos hablando de una diferencia de semanas nada más. Cualquiera de los cónyuges puede pedir el divorcio en forma unilateral, y si hay hijos o bienes, deberá efectuar una propuesta de solución a esos temas. El otro podrá estar de acuerdo o no con esa propuesta, pero lo que no podrá hacer será negarse al divorcio. Y si ambos llevan adelante el divorcio, pueden efectuar un acuerdo que elevarán al Juez para su homologaci­ón”.

3 ¿Cuánto es el tiempo promedio que tarda en salir la sentencia de divorcio?

Según las expertas, un divorcio dentro de Capital Federal no debería tardar más de 3 meses en hacerse efectivo. Aunque hay matices que pueden bajar o aumentar ese tiempo.

4 Mientras el trámite está en curso, ¿se pueden comprar o vender bienes?

Según las expertas consultada­s, en teoría se pueden hacer operacione­s de compravent­a ya que la sentencia de divorcio retrotraer­á sus efectos a la fecha en que la pareja se separó, por lo que técnicamen­te los bienes comprados durante ese período serán de aquel que los haya adquirido. “De todas maneras, uno debe ser cauto y cuidadoso con esas decisiones, porque, por ejemplo, deberá probarse de dónde provino el dinero utilizado en la compra”, advierten.

5 ¿ Qué pasa si uno de los dos está sin trabajo? ¿El otro está obligado a garantizar su manutenció­n?

En estos casos –dicen las abogadas de familia–, la primera distinción hay que realizar es si la pareja está divorciada o solo separada de hecho. “En el segundo caso, él o la cónyuge podrá pedir alimentos, ya que los cónyuges se deben asistencia. Luego de divorciado­s, solo podrá pedirse alimentos entre cónyuges para las necesidade­s básicas y urgentes de aquel que no las pueda afrontar. Este es un derecho alimentari­o de excepción y no podrá ser por una cantidad de años mayor a la duración del matrimonio”.

6 ¿Cómo se decide la división de bienes? ¿Qué pasa si también hay deudas?

Sin duda, una de las cuestiones más conflictiv­as de todo divorcio está centrada en la división de bienes. Para saldar este punto no queda otra que sentarse a negociar. “La división de bienes se resuelve mediante una negociació­n en la que las partes deberán efectuar concesione­s mutuas para tratar de conciliar posiciones. Si no lo hacen, deberá resolverlo el juez del divorcio en un proceso por separado”, sostienen Harari y Kabusacki. En cuanto a las deudas, las especialis­tas sostienen que es un tema bastante complejo. las deudas, es un tema complejo, “pero en términos generales, depende de qué tipo de deuda sea. Si es una deuda para el mantenimie­nto del hogar o de los hijos puede ser una deuda común. Si es de otro tipo, responderá quien la contrajo con los bienes que estén a su nombre”.

7 En caso de tener hijos en común: ¿sí o sí hay que pautar legalmente un régimen de visitas y manutenció­n? Si se pauta legalmente, ¿cuán flexible puede ser?

Otro de los puntos en los que suelen presentars­e mayores desacuerdo­s es en el caso de los hijos. Si hay hijos menores de edad, en general los juzgados y los defensores de menores piden conocer las pautas acordadas para el cuidado de los niños –dicen las abogadas–. Lo ideal es que este acuerdo se ponga por escrito para una mayor salud en la relación. Y hacer de este acuerdo lo más flexible que las partes quieran”.

8 Si antes del divorcio uno aportaba económicam­ente el 70% de los ingresos y el otro el 30, ¿ese porcentaje debe mantenerse cuando se trata de arreglar la cuota alimentari­a o es 50 y 50?

Aunque fijar la cuota alimentari­a de los menores puede parecer un simple cálculo matemático, la realidad indica que dista mucho de eso. “La fijación de la cuota alimentari­a es la concreción de un delicado equilibrio entre la capacidad económica de los padres, las necesidade­s de los hijos y la manera en que han decidido distribuir el tiempo de cuidado de estos. No se puede a priori determinar, sin conocer los detalles de cada caso, cuánto y como deberán abonar cada uno”, sostienen las abogadas.

9 ¿ A qué edad los hijos están en condicione­s de decidir con quién vivir?

Otro de los cambios introducid­os por el nuevo Código es la posibilida­d de escuchar a los niños acerca de con quién desean vivir. Sin embargo, Harari y Kabusacki sostienen que es una decisión que es mejor que no recaiga en los menores. “En realidad quienes deben tomar estas decisiones son los padres –plantean–. Los niños tienen derecho a ser oídos durante los procesos en los que se discuten cuestiones de su interés, y cuanto mayor sea el hijo, más autonomía irá adquiriend­o. No es lo mismo un niño de 5 años que un adolescent­e de 16. Pero atribuirle­s a ellos la decisión puede ser endilgarle­s una responsabi­lidad que no pueden ni deben asumir.”

10 ¿Existe un régimen de visitas para mascotas? ¿Suele ser un tema conflictiv­o cuando no hay hijos y sí un animal?

“En principio no se equiparan hijos y mascotas. Ha habido algunos casos en que han ido a Tribunales por esto. Pero son tan pocos que salen en los medios”, sostienen.

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Pepe serra/ ménsula estudio

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