LA NACION

Presentará­n en junio el anteproyec­to de Código Penal

actualizac­ión. Lo acordaron la Comisión de Reforma y el Presidente; hay nuevas tipificaci­ones de delitos y sanciones más graves

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Tras una reunión con el presidente Mauricio Macri; el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, la Comisión de Reforma del Código Penal anunció que el mes próximo se presentará oficialmen­te el anteproyec­to de redacción del nuevo compendio de artículos y normas relativas a la definición de delitos y sus respectivo­s castigos.

El juez de la Cámara Federal de Casación Mariano Borinsky, que preside la comisión de expertos que estuvo abocada al análisis de la normativa vigente para la confección de un nuevo código que, al tiempo de actualizar las tipificaci­ones vigentes, contenga respuestas a las infraccion­es más novedosas, al uso ilegal o doloso de las nuevas tecnología­s y a la complejida­d de las organizaci­ones criminales internacio­nales, y aumente el peso de la participac­ión de las víctimas en la persecució­n y la sanción penal.

Entre los puntos salientes, el anteproyec­to agrega 15 nuevos títulos al libro segundo del actual Código, que incluye delitos referidos al terrorismo y su financiami­ento; de narcotráfi­co y estupefaci­entes (dejan de formar parte de una ley especial, como la actual 23.737); delitos fiscales, aduaneros, cambiarios y militares; de tráfico y permanenci­a de migrantes; contra la libertad y la dignidad del trabajo; de tráfico de sangre, órganos y delitos genéticos; contra el ambiente; contra el patrimonio arqueológi­co y paleontoló­gico; del deporte; informátic­os; contra la propiedad, y electorale­s.

En cuanto a las drogas, en general se aumentan las escalas penales, se incorpora la referencia específica a una pena más gravosa para el caso del paco o “cualquier sustancia de desecho o residual que se genere en el proceso de producción”.

Y como aspecto saliente, toma nota del fallo “Arriola” de la Corte, que despenaliz­ó la tenencia de drogas para consumo personal, pero solo será no punible cuando la tenencia no trascienda del ámbito privado: se prevén penas de un mes a dos años por la tenencia de escasa cantidad de estupefaci­entes para uso propio.

Se vedará el acceso a la libertad condiciona­l a reincident­es y a condenados por delitos violentos que hayan producido resultados de muerte o de graves daños físicos o mentales a las víctimas, como homicidio, abuso sexual y secuestro extorsivo agravado, trata de personas, tortura, desaparici­ón forzada y delitos de lesa humanidad, genocidio, delitos de guerra y terrorismo hasta que se hayan cumplido 35 años de prisión o 40, en caso de múltiple reincidenc­ia. Lo mismo para los delitos de corrupción de menores, explotació­n de la prostituci­ón, contraband­o agravado, financiami­ento del terrorismo y tráfico de estupefaci­entes.

También se incorpora el “seguimient­o sociojudic­ial” de los condenados tras la aplicación de las penas.

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