LA NACION

La Anses extendió el plazo para aceptar el plan de reparación histórica

Quienes ya cobran una mejora podrán hacer el trámite hasta el 31 de agosto

- LA NACION Silvia Stang

La Anses extendió hasta el 31 de agosto próximo el plazo para que den su adhesión al plan de reparación histórica los jubilados y pensionado­s que cobran un incremento de su haber mensual por la aplicación de ese programa sin haberlo avalado previament­e. En caso de no hacerse el trámite de la aceptación, y según lo que disponen las normativas, el organismo previsiona­l dará de baja las subas otorgadas después de la nueva fecha dispuesta.

La nueva prórroga fue establecid­a por la resolución 100 de la Anses, publicada ayer en el Boletín Oficial. La medida deja sin efecto la fecha tope del 30 de este mes, fijada por una extensión anterior del plazo original.

Esta fecha de vencimient­o no abarca a las personas que aún no hicieron el trámite para avalar la propuesta de pago de la Anses y que, a la vez, no cobran ningún beneficio.

Según la ley de reparación histórica, al tratarse de un plan de acuerdos transaccio­nales entre el jubilado y el Estado, el cobro de la mejora del haber requiere de una aceptación y de la renuncia formal a un juicio (en trámite o futuro) por reajuste de haberes. Sin embargo, apenas iniciada la instrument­ación del programa, la Anses dispuso mecanismos de pagos anticipado­s para personas que cumplieran con determinad­as condicione­s (como tener cumplidos los 80 años), por los cuales comenzó a liquidar los ingresos mensuales con un aumento y dejando para después el trámite de aceptación por parte del jubilado.

Para concretar el trámite se debe ingresar en el sitio www.anses.gob.ar con la clave de seguridad social e ir a “Reparación histórica”. Allí, tras marcar la opción de aceptar (en caso de así decidirlo), es posible que se informe que hace falta dar otro paso: la firma del acuerdo con huella digital en una oficina de la Anses o en un banco habilitado. En tal caso, se debe informar qué abogado intervendr­á (los honorarios están a cargo del Estado).

El plan, vigente desde 2016, reconoce que a los jubilados incluidos se les pagaba (o se les paga) menos de lo correspond­iente (según criterios de la Corte Suprema). Al acordar, el jubilado renuncia al reclamo judicial y, por eso, hay que tener en cuenta que en muchos casos una sentencia dispondría un incremento superior al del plan, siempre que los jueces no cambien el criterio respecto de los índices a utilizar en los reajustes.

En los últimos días se conocieron fallos en los que se le ordenó a la Anses no dar de baja subas dadas por la reparación a personas que no aceptaron el plan.

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