Para el tribunal, prevaleció la explicación más sencilla del hecho: la primera
En una investigación criminal, muchas veces se cumple el postulado básico expresado hace casi ocho siglos por el fraile franciscano y filósofo Guillermo de Ockham: “En igualdad de condiciones, la explicación más sencilla suele ser la más probable”. Eso encaja como un guante en lo que ocurrió en Gualeguaychú, donde un tribunal condenó a Nahir Galarza por el homicidio de Fernando Pastorizzo en un contexto que solo puede entenderse en la certeza de que los unía una relación sentimental.
Es el meollo del fallo: el vínculo era la carta decisiva. Su inexistencia –postulada por la defensa– quitaba un agravante a la acusación e incluso, en caso de un veredicto condenatorio, abría la posibilidad de una pena fuerte, aunque no abrumadora. En cambio, la verificación de la relación –que el tribunal dio por probada– selló el peor de los destinos para Nahir: para ella, la única pena posible fue la máxima prevista en el Código Penal, la prisión perpetua, sin posibilidad de salidas anticipadas, según la ley vigente.
¿Por qué se cumple en este caso el principio conocido como “navaja de Ockham”? Porque casi desde el primer minuto se dio como un hecho que Nahir y Fernando tenían una relación de la que él, muy reexplicación había resuelto salirse definitivamente; porque la muerte, producto de dos tiros efectuados a quemarropa, fue causada por la chica, de madrugada y en una calle de tierra desolada; porque ella, en lugar de quedarse en el lugar de la tragedia junto a la víctima, volvió a su casa, dejó la pistola de su padre de nuevo sobre la heladera de la cocina, y se fue a su cuarto a esperar... mientras su exnovio se moría.
En esas primeras horas ya sobresalía una hipótesis a la que no le aparecían grietas: en el contexto de una tortuosa relación signada por la posesividad y los celos, Nahir segó la vida de Fernando con el arma de su padre, policía en actividad.
A partir de esos datos la defensa comenzó a construir una estrategia de varios capítulos. Debía intentar diluir el vínculo entre Nahir y Fernando, y al mismo tiempo, y aunque parezca una contradicción, instalar la hipótesis de que era ella, en realidad, la víctima de la violencia del joven.
Luego, debía instalar como un hecho verosímil que quien había tomado de la casa de los Galarza la pistola reglamentaria del padre de Nahir había sido Pastorizzo y no la chica; eso daría pie a la defensa, en un segundo movimiento, para construir un relato en el que los disparos se hubiesen producido accidentalmente al querer ella sacarle a Fernando la pistola del bolsillo.
En definitiva, tenían que partir de datos conocidos para llegar a una contraria a la de los acusadores de Nahir y debían, también, introducir otros elementos incidentales para hacer crecer un escenario de duda capaz de agrietar aquellas primeras certezas.
La hora de las evidencias
El principio de la navaja de Ockham, así como postula que la explicación más simple y suficiente es la más probable, exige que prevalecerá aquella posición que cuente con mayores evidencias, aun cuando fuese la teoría más compleja.
La defensa procuró construir la hipótesis de los disparos accidentales. Para eso contó con los testimonios de compañeros de armas del padre de Nahir, quienes afirmaron en el juicio que Marcelo Galarza siempre dejaba su pistola reglamentaria sin seguro colocado y con una bala en la recámara, presta para su uso; un arma que, en definitiva, podría descontrolarse en manos de alguien no idóneo en su manejo. Tamaña irresponsabilidad de parte de un policía y padre de familia –para quien dejar el arma lejos del alcance de terceros debería ser un dogma– resultaba útil a los intereses de la defensa.
Pero los peritos balísticos y forenses destruyeron esa postura. El primer tiro fue a quemarropa, por la espalda. El segundo, de frente y a una distancia de entre 20 y 50 centímetros. No fueron un “accidente”.
La hipótesis de la violencia de género como trampolín de las circientemente, cunstancias y acciones que precipitaron el crimen también fue objeto de la construcción de la posición de la defensa. No solo era útil a la hora de buscar un atenuante: también debía servir para desacreditar la postura de la fiscalía y de la querella, que a partir de testimonios y de mensajes de texto de celulares pretendía dar por hecho que era Fernando quien sufría la ira y la violencia física de Nahir, y no al revés.
La defensa nunca pudo probar fehacientemente que marcas de lesiones que la chica dijo tener en su entrepierna fueran fruto de la violencia de Pastorizzo. Y las afirmaciones de la psicóloga de parte, que sostuvo que Nahir era víctima de violencia de género y sufría un cuadro de trastorno psicológico grave capaz de desembocar en un brote psicótico –lo que, según su criterio, se habría producido exactamente en el momento del hecho–, chocaron con los postulados del perito psiquiatra oficial que entrevistó a la acusada tres veces con posterioridad al homicidio.
Este profesional dijo que la chica “no presentó alteraciones en la memoria, manifestó siempre conciencia total de sí misma y de la situación. No presentó trastornos, discernía lo bueno de lo malo, lo aceptable de lo no aceptable, lo lícito de lo que no lo es”, y dijo que Nahir tenía “baja tolerancia a la frustración, con tendencia a la irritabilidad y a la desregulación emocional”.