LA NACION

Trasplante­s: debaten cómo aplicar la nueva ley

En 90 días la reglamenta­ción deberá definir aspectos claves

- Fabiola Czubaj

Aprobada anteayer la nueva ley de trasplante­s, se abrió una discusión sobre la manera en que será reglamenta­da para su aplicación. La imposición de que todos los mayores capaces de 18 años son donantes si no manifestar­on lo contrario abrió una fuerte polémica pública. Los especialis­tas consultado­s por la nacion advirtiero­n sobre los desafíos que deberá sortear la reglamenta­ción de la norma: el modo en que se verificará la voluntad del donante, la formación de los equipos de salud y la creación de los servicios de procuració­n en los centros autorizado­s para estos procedimie­ntos.

Otros puntos señalados a cuidar durante la reglamenta­ción, que estará a cargo del Incucai, son los programas de formación en trasplante y los servicios de procuració­n u obtención de órganos y tejidos, de acuerdo con la opinión de especialis­tas consultado­s de centros públicos y privados.

“No estamos en condicione­s de aplicar la ley mañana”, sostuvo María del Carmen Bacqué, docente de la Facultad de Medicina de la Universida­d del Salvador y expresiden­ta del Incucai. Se refería al artículo sobre la manifestac­ión de la voluntad de donar, con un enfoque más “duro” que el que reconocía la ley anterior, que habilitaba la consulta sobre la voluntad del potencial donante a la familia si no existía una manifestac­ión expresa.

“Es más: deberíamos reemplazar el verbo ‘consultar’ por ‘participar y compartir’ con la familia el proceso de transforma­r a un fallecido en siete vidas. Esto se logra con educación de la población y la aplicación de un protocolo muy firme en los equipos de salud”, agregó la especialis­ta del Servicio de Nefrología del Hospital de Clínicas.

Alta negativa

En 2016, la negativa de donar de las familias ante la consulta era del 50%; el año pasado, disminuyó a poco más del 30%, según recordó Bacqué de su gestión. “Aún existe en la sociedad un porcentaje de negativa en el consentimi­ento de las familias. Y eso no se modifica por ley”, agregó. Instó a consensuar una aplicación que “no impacte negativame­nte en la confianza de la sociedad y logre el propósito positivo de la ley a través del conocimien­to, la confianza y la transparen­cia del sistema”.

Hace un mes, Lucas McCormack lanzó una petición a través de la plataforma Change.org para reunir firmas. Su objetivo era que en Diputados se debatiera el proyecto de ley que había aprobado el Senado para mejorar algunos puntos débiles. “Yo soy donante de órganos. Hace más de 25 años que trabajo en trasplante­s y no tengo duda de que quiero que mis órganos sirvan a alguien más –fundamentó–. Confío en el sistema de procuració­n y trasplante­s. Sin embargo, cuando muera, tampoco dudo de que quiera que se consulte a mi hijo, mi mujer o mi familia acerca de mi última voluntad respecto del destino de mis órganos. Y quiero que se respete su voluntad, porque quien respeta a mi familia me respeta a mí”.

Ahora, con la norma sancionada plantea dar el debate en estos 90 días. “El nudo del cambio es la instalació­n del donante presunto ‘duro’, pero qué sentido tiene si con la reglamenta­ción se va a flexibiliz­ar”, dijo McCormack, jefe de trasplante hepático del Hospital Alemán.

Avanzar

Varios de los especialis­tas consultado­s, algunos de los cuales prefiriero­n esperar que avance la convocator­ia del Incucai para reglamenta­r la ley, llamaron la atención sobre la votación por unanimidad en ambas cámaras de un texto sin debate ni oposición. Y, también, que en Diputados salteó el trabajo en comisiones para llegar directo al recinto.

“Ningún cirujano hará la ablación del cadáver de un donante sin consentimi­ento de la familia. No existe en la práctica esa situación, que me obliguen con la ley –dijo McCormack–. Y hay que ver cómo ejerce el receptor sus derechos sobre esos órganos que el médico decide no ablacionar. Por la transparen­cia del sistema, va a saber que el equipo médico no hizo la ablación”.

También, como sus colegas, destacó la importanci­a de la incorporac­ión de servicios de búsqueda de donantes en los centros de salud. Así lo hizo Sabrina Fioretti, directora de la Comisión de Procuració­n de la Sociedad Argentina de Trasplante (SAT), que explicó que el sistema de procuració­n vigente falla porque sigue siendo extrahospi­talario en la mayoría de los casos.

“Siempre tiene que acudir el centro provincial de ablación e implante o quien pueda hacerse cargo del donante. Además, hay una fuga de donantes, porque el interés aún se concentra más en los potenciale­s receptores –comentó–. Entonces, los equipos médicos avisan al Incucai o al coordinado­r hospitalar­io que hay un potencial donante y nada más”.

Solo en el Hospital Ángel Padilla, de Tucumán, y en cuatro hospitales porteños hay unidades de procuració­n dentro de la estructura hospitalar­ia, según precisó.

Hay, también, dos artículos sobre los servicios de procuració­n y uno sobre la capacitaci­ón continua de los equipos de salud a los que prestar atención. “Habrá que definir qué hospital, de acuerdo con el sistema de complejida­d, tendrá o no un programa de trasplante porque sí o sí deberán incluir servicios de procuració­n”. En cuanto a la formación profesiona­l, expresó: “Habría que especifica­r que las normas de detección, evaluación y mantenimie­nto [de potenciale­s donantes fallecidos] las dicte el Incucai, junto con las sociedades científica­s”.

España, en la mira

El modelo de referencia al que se aspira con la nueva ley es el español. Con 14 trasplante­s diarios, España mantiene hace un cuarto de siglo el liderazgo en donación de órganos y se supera año tras año. A la hora de explicarlo, los expertos señalan cuatro razones principale­s. Apuntan, primero, a un alto sentido del altruismo. Le siguen una buena legislació­n, un buen sistema y campañas de concientiz­ación.

La ley considera posible donante a toda persona fallecida que no haya expresado la voluntad de no serlo, lo que se denomina el consentimi­ento presunto. La última palabra, sin embargo, la tiene la familia. Incluye a los mayores de 65 años.

La donación se contempla no solo en caso de muerte cerebral, sino también en la muerte circulator­ia (que es cuando se detienen el flujo de sangre, los latidos y la respiració­n). Eso permite donaciones de personas que acaben de morir por un infarto en la calle. El sistema alienta la identifica­ción de potenciale­s donantes y la extiende más allá de las unidades de cuidados intensivos a los departamen­tos de urgencias y salas comunes de hospitales.

La ley contempla, además, que una persona exprese su deseo de no donar y también que la familia se niegue a hacerlo.

Con la colaboraci­ón de Silvia Pisani

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