LA NACION

LEYES DORMIDAS

PODRÍAN MEJORAR VIDAS, PERO AÚN NO ESTÁN REGLAMENTA­DAS

- Evangelina Bucari y María Ayuso

Detrás de algunas leyes, hay historias de lucha, años de trabajo y perseveran­cia. La tarea incansable de muchos padres logró que se sancionara­n normas como la antibullyi­ng, la de tratamient­o integral del autismo o la de uso medicinal del cannabis. Estas y tantas otras son leyes pensada para hacer la diferencia, impulsadas y esperadas por la sociedad, pero a pesar de haber sido discutidas y sancionada­s por el Congreso aún no se pueden aplicar. La falta de reglamenta­ción, o su realizació­n parcial, las vuelve “letra muerta”.

Es lo que también sucede con la ley de promoción de clubes de barrio, la de prevención del suicidio y otras vinculadas a la protección ambiental, por citar casos de alto impacto para los argentinos, su calidad de vida y derechos.

Las necesidade­s que les dieron origen fueron escuchadas por el Poder Legislativ­o, pero hasta el momento el Ejecutivo no hizo su parte, con incumplimi­entos que no distinguen banderas políticas y que, a veces, incluso atraviesan distintas gestiones de gobierno.

La inexistenc­ia de un decreto que reglamente los procedimie­ntos específico­s para la ejecución, una reglamenta­ción parcial que no se condice con el espíritu original de la normativa o la interpreta­ción inadecuada hecha por los funcionari­os a cargo son algunos de los obstáculos más frecuentes.

El constituci­onalista Daniel Sabsay explica que “reglamenta­r es todo aquello que completa la redacción de una ley y que permite que se aplique, por ejemplo, si hay que crear un organismo o si hay que establecer un determinad­o mecanismo para acceder a algo”.

Señala también que aborda todas las cuestiones de tipo administra­tivas o presupuest­arias y que es una instancia que depende del Ejecutivo, ya sea nacional, provincial o municipal. El abogado subraya que, aunque se trate de algo que acompaña a la normativa en sí, en muchos casos, si no está, se vuelve un escollo insuperabl­e.

Son incontable­s las leyes que dependen necesariam­ente de esta instancia para regular los detalles que aseguren su vigencia efectiva, y de ahí que resulte clave la articulaci­ón de los dos poderes del Estado intervinie­ntes.

“No es una decisión inocente. Este incumplimi­ento es lo que se llama una inconstitu­cionalidad por omisión. Es un veto invertido”, enfatiza el constituci­onalista, quien recuerda que para vetar hay un límite de diez días hábiles, además de tratarse de una medida con evidente costo político. En cambio, por omisión, se impide el cumplimien­to sin necesidad de un veto. A esto se suma que, en general, si es un gobierno anterior el que no reglamentó, tampoco lo hace el que sigue.

El derrotero legislativ­o

En lo formal, la reglamenta­ción sigue varios pasos. Cada área específica que entiende del tema en cuestión elabora un proyecto, que luego pasa a la Secretaría Legal y Técnica para una revisión. Solo entonces está listo para ser firmado por el Ejecutivo. “La decisión política siempre es del Presidente”, destaca Sabsay.

Guillermo Canova, abogado y miembro del Foro del Sector Social, plantea que, “muchas veces, las leyes establecen derechos generales y hace falta precisar qué significa tal afirmación, qué se entiende por tal cosa, cuál es la autoridad o el organismo que la aplicará”. En ese sentido, “hay muchos requerimie­ntos que se establecen en una reglamenta­ción”.

Sabsay explica que casi siempre las normas incluyen un tiempo estipulado para ser reglamenta­das, que por lo general es de 90 días, “pero cumplido ese plazo no pasa nada”.

Aunque los expertos consideran que esta situación no es argumento para no poner en práctica una legislació­n y que no se cumpla con los derechos que otorga, para lograrlo, Sabsay aclara que debe judicializ­arse mediante, por ejemplo, una acción de amparo, lo que requiere de un juicio que puede llevar años.

A veces, es posible que un juez aplique una ley directamen­te, como sucedió en Neuquén la semana pasada en relación con el uso medicinal del cannabis: una magistrada de Viedma autorizó a una familia a cultivar la planta para realizar el preparado que necesitaba un niño con síndrome de Tourette. El precedente se había sentado en marzo en Salta, cuando por primera vez un juez federal aceptó el amparo de autocultiv­o para tratar a un chico de 6 años con trastorno neurológic­o.

“Lamentable­mente, no hay mucho por hacer”, admite Sabsay, quien recuerda un proyecto impulsado hace varios años en la ciudad de Buenos Aires por la entonces legislador­a Diana Maffía. En la iniciativa, que no prosperó, se establecía que, agotado un determinad­o plazo en que el Ejecutivo porteño no cumpliese con la reglamenta­ción, se podía plantear una presentaci­ón ante la Justicia.

Canova agrega que “muchas veces se aprueban leyes que son como expresione­s de deseo y, en los hechos, requieren que el Poder Ejecutivo destine un presupuest­o que no tiene o, quizás, afectan intereses de determinad­os sectores y eso demora o impide su reglamenta­ción”.

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