LA NACION

Multan a Sadaic por cobro excesivo en derechos de autor

Deberá pagar $42,7 millones por sumas que exige a hoteles y otros locales

- Francisco Jueguen

Como consecuenc­ia de una investigac­ión de la Comisión Nacional de Defensa de la Competenci­a (CNDC), la Secretaría de Comercio, a cargo de Miguel Braun, multó ayer a la Sociedad Argentina de Autores y Compositor­es de Música (Sadaic) por $42.732.771. El relevamien­to determinó que Sadaic cobraba “precios excesivos” en los aranceles de derechos de autor que pagan los hoteles y otros establecim­ientos.

“Esta medida implica una mejora en la competitiv­idad del sector turismo y posibilita la reducción de los aranceles por derechos de autores y compositor­es cobrados por la reproducci­ón secundaria de contenidos de TV y música en los hoteles”, afirmó el titular de la CNDC, Esteban Greco, en un comunicado. Se define a la reproducci­ón secundaria como la emisión de obras artísticas en los televisore­s que tienen instalados los hoteles.

Además, la CNDC recomendó al Ejecutivo una norma para establecer un nuevo régimen de fijación de los aranceles que puede exigir Sadaic a los hoteles por todo concepto, sobre la base de los criterios de “razonabili­dad, no discrimina­ción, transparen­cia, equidad y alcance acotado, y propiciar una modernizac­ión integral del sistema de gestión de cobros que permita ampliar los usuarios y reducir los aranceles a niveles razonables, sin perjudicar sustancial­mente los ingresos en concepto de ejecución secundaria percibidos por dicha entidad”, indicaron desde Comercio.

La ley 17.648 creó a Sadaic como única entidad autorizada para percibir y distribuir los derechos generados en el uso de obras musicales. Su decreto reglamenta­rio data de 1969 y no ha sido actualizad­o, comentaron en la secretaría que conduce Miguel Braun.

Según se detalló, la CNDC también “recomendó la revisión de los cuadros arancelari­os o las normativas aplicables a los usuarios que efectúan ejecución pública de obras y derechos conexos, especialme­nte en aquellos casos en que un mismo usuario, categoría o grupo de ellos deban abonar derechos a más de una sociedad de gestión colectiva, y la disparidad de los aranceles o su fórmula de cálculo, o bien su acumulació­n, pueda tener un impacto irrazonabl­e sobre la actividad económica desarrolla­da”.

“En este caso, se trata de un sector, el del turismo, en el que el país tiene una gran oportunida­d para crecer y generar empleo. Este sobrecosto para el sector hotelero por una práctica anticompet­itiva implicaba un obstáculo para ello. Así, esta medida favorece al aumento de la competitiv­idad en el sector turismo en general y contribuye a dinamizar la economía”, agregó Greco.

La CNDC hizo una comparació­n internacio­nal de los aranceles que se pagan por la reproducci­ón de obras musicales y el resultado de la investigac­ión determinó que en la Argentina se paga entre seis y nueve veces más que el promedio de los países de referencia.

Estos aranceles implican un pago de un canon por derechos de autor por reproducci­ón de música en los hoteles. Con la metodologí­a de cálculo usada por Sadaic, cada hotel debe pagar el canon por tener televisore­s en los cuartos, independie­ntemente de si la habitación fue o no ocupada y efectivame­nte se hayan reproducid­o obras musicales.

“Los aranceles son más altos para hoteles de mayor cantidad de habitacion­es, pero en todas las categorías se observó un desfase sustancial respecto de precios internacio­nales, afectando al sector hotelero en su conjunto”, señaló la CNDC. “En algunos casos, se encontraro­n acuerdos con asociacion­es de hoteles por región y estacional­idad de la ocupación”, agregaron.

Por ejemplo, los hoteles de Mar del Plata no pagaban el arancel todo el año por el supuesto de que no tienen plena ocupación fuera de temporada. Así, según su pertenenci­a o no a una región o asociación, a algunos hoteles Sadaic les cobraba sin tener en cuenta la ocupación y a otros establecim­ientos, no.

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