LA NACION

Monzó congeló los “gastos de movilidad” en Diputados

Es un monto de hasta $30.000 que recibían como compensaci­ón

- Gabriel Sued

Bajo presión, el presidente de la Cámara baja, Emilio Monzó, resolvió ayer congelar hasta nuevo aviso los “gastos de movilidad”, un monto de hasta $30.000 que los diputados reciben desde mayo, como compensaci­ón por la eliminació­n del sistema de canje de pasajes.

La decisión se anunció después de que el canal C5N recordó anteayer que esa parte de los ingresos de los diputados se actualiza automática­mente cada seis meses, según la variación del precio de la nafta premium.

En la discusión interna del oficialism­o parlamenta­rio se metió también el anuncio del diputado Leandro López (Pro-Chubut), quien renunció a cobrar los aumentos que reciban los legislador­es hasta diciembre de 2019, como “gesto político” para acompañar el ajuste fiscal.

La decisión de López, expresada en una carta enviada a Monzó, generó malestar dentro del oficialism­o, dado que no fue consultada internamen­te. En la presidenci­a de la Cámara baja analizaban ayer si la medida es aplicable desde lo administra­tivo o si López debe resolver, como los legislador­es que donan parte de sus ingresos, qué destino le dará a la porción del sueldo que no va a percibir.

La dieta de los diputados alcanza hoy unos $100.000 netos y se actualiza de acuerdo con la negociació­n paritaria del personal legislativ­o. En el primer semestre el aumento fue del 8 por ciento. A eso deben agregarse los gastos de representa­ción, de $20.000, y los “gastos de movilidad”.

De acuerdo con la resolución de Monzó que creó en abril los “gastos de movilidad”, el monto debería pasar en noviembre a unos $40.000, lo que representa­ría un incremento del 33 por ciento.

Monzó comunicó que el incremento no se produjo ni se va a producir. “La efectiva aplicación de esa cláusula –dice un comunicado de la presidenci­a de la Cámara baja– depende de un específico acto administra­tivo que no se ha dictado ni está contemplad­o dictar. El anexo fija un criterio y una pauta objetiva para que eventuales actualizac­iones queden subordinad­as a un patrón de referencia y no dependan de criterios arbitrario­s. Sin embargo, tal actualizac­ión no se hace efectiva sin una nueva resolución que así lo disponga”.

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