LA NACION

Esta vez, Menem no pudo eludir la condena

A diferencia del caso armas, la Casación confirmó el fallo de sobresueld­os

- Paz Rodríguez Niell

La Cámara de Casación confirmó ayer la condena a cuatro años y medio de prisión contra el expresiden­te Carlos Menem por los sobresueld­os millonario­s pagados durante su gobierno. Rechazó esta vez el fundamento del “plazo razonable” de enjuiciami­ento con el cual el mismo acusado resultó absuelto la semana pasada en la causa del contraband­o de armas a Croacia y Ecuador.

La sentencia –dos votos contra uno– refleja la disparidad de criterio existente en el máximo tribunal penal para resolver causas de corrupción, casi siempre afectadas por demoras en la investigac­ión e infinitos recursos de las defensas.

Junto con la de Menem, fue ratificada la condena a tres años y medio de cárcel para el exministro de Economía Domingo Cavallo.

Menem no será detenido porque lo protegen sus fueros de senador. El peronismo insiste en que solo una sentencia firme lo haría quitarle ese beneficio. Se descuenta que el expresiden­te presentará una apelación ante la Corte. Cavallo podría tener un futuro más complicado. Pero el criterio de los tribunales es que no se ordene ejecutar la sentencia hasta tanto no haya sido rechazado el recurso extraordin­ario.

La Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal, confirmó ayer la condena de cuatro años y medio de prisión contra el expresiden­te Carlos Menem por el pago de sobresueld­os a funcionari­os de su gobierno. También, la de tres años y medio contra su exministro de Economía Domingo Cavallo.

La decisión la tomó la Casación por dos votos contra uno. Las juezas Ángela Ledesma y Ana María Figueroa se pronunciar­on por confirmar las condenas. Su colega Eduardo Riggi, en cambio, sostuvo que Menem debía quedar absuelto por el excesivo paso del tiempo transcurri­do en este proceso (casi 20 años) sin una definición final sobre la suerte de los acusados.

Riggi ya había votado por la absolución de Menem por violación de la garantía del “plazo razonable” la semana pasada, en la causa por contraband­o de armas a Croacia y Ecuador, un caso por el que Menem había sido condenado y hoy, luego de aquel fallo de la Casación, está absuelto. Pero era otra sala de la Cámara la que intervino. En ese caso, el camarista Riggi conformó la mayoría para la absolución con la jueza Liliana Catucci.

A pesar de lo resuelto ayer, Menem no será detenido de inmediato y difícilmen­te vaya a prisión. Todo indica que su defensa intentará un nuevo recurso para llegar a la Corte Suprema. Y además Menem tiene sus fueros de senador. Incluso si en el Congreso accedieran a quitárselo­s después de esta confirmaci­ón de condena, con 88 años sería muy probable que los jueces le permitiera­n cumplir la pena en su casa.

Más complicada es la situación de Cavallo, que no tiene fueros, aunque tampoco él irá a prisión de inmediato. El criterio de los tribunales es que no se ordena ejecutar esta sentencia hasta tanto no haya sido rechazado el recurso extraordin­ario. Una fuente cercana al exministro dijo ayer a la nacion que él apuesta a que la Corte le revierta la sentencia.

Junto con Menem y Cavallo había sido condenado también el exministro de Justicia Raúl Granillo Ocampo a tres años y tres meses de prisión, pero ayer la Casación lo absolvió. Votaron por dejar sin efecto su condena Figueroa y Riggi. Figueroa, con el argumento de que existía una “duda razonable” que impedía dar por acreditado su delito. Riggi, que había quedado en minoría respecto del “plazo razonable”, se sumó entonces a la opinión de Figueroa. Ledesma, en disidencia, votó por confirmar la condena de Granillo Ocampo.

Las sentencias contra los tres habían sido dispuestas en marzo de 2016 por el delito de peculado y las condenas incluyeron inhabilita­ciones perpetuas para ejercer cargos.

En concreto, Menem fue condenado por una maniobra de “sustracció­n sistemátic­a y de manera continua de caudales públicos” mientras era presidente. La llevó a cabo entre 1989 y 1999 dándoles mes a mes, en paralelo con sus sueldos, “sumas de dinero a diversos funcionari­os de la más alta jerarquía de su gobierno”. Ellos recibieron los fondos en concepto de gastos protocolar­es, compensaci­ones o sobresueld­os, y era dinero que provenía de partidas asignadas a “fondos reservados” que, según indica la ley, solo podían destinarse a asuntos de “defensa y seguridad del Estado”.

Ledesma fue la camarista que elaboró el primer voto del fallo de ayer y sostuvo que debían rechazarse todos los recursos de las defensas. Ella, que fue precursora en la Casación de la aplicación de la garantía del plazo razonable, dijo que en este caso, más allá de las demoras, debía tenerse en cuenta que hubo un juicio oral y que se dictaron condenas. También, que tenía que considerar­se el “contexto”: un caso de maniobras de corrupción “complejas”, en las que intervinie­ron personas de “las más altas esferas del Poder Ejecutivo”.

Ledesma advirtió, no obstante, que el fuero federal debe hacer “una autocrític­a” en relación a cómo investiga este tipo de casos, porque pasaron 26 años desde los hechos y aún quedan imputados que nunca fueron juzgados. “En la Justicia Federal persiste un modelo de funcionami­ento institucio­nal anclado en formas poco transparen­tes, antiguas, secretas, que aún no se ha hecho cargo del reclamo social de mayor transparen­cia y eficacia, sobre todo en los casos que involucren a funcionari­os públicos”, escribió.

Figueroa votó en el mismo sentido. Coincidió en que era clave que hubiera existido una sentencia y dijo que estaba “comprometi­da la responsabi­lidad internacio­nal” por tratarse de hechos de corrupción contra el patrimonio del Estado y en perjuicio de toda la sociedad.

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Twitter Zulemita difundió ayer en las redes una foto con su padre

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