LA NACION

Vergonzosa­s multas fantasma

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Numerosísi­mos testimonio­s vienen dando cuenta de los padecimien­tos que se sufren a la hora de transferir un vehículo cuando se ha sido víctima de multas por infraccion­es inexistent­es o intenciona­damente falsas o provocadas en diversos municipios de todo el país.

Para concretar cualquier transferen­cia, el supuesto infractor tiene que abonar esas multas, aun si las ha cuestionad­o con un descargo, pues, de lo contrario, no podrá concretar la venta. Encerrona, trampa o vulgar estafa municipal, lo cierto es que el titular del vehículo o paga o se ve imposibili­tado de vender su unidad.

No está en duda que la seguridad vial demanda más y mejores controles para disuadir a eventuales infractore­s. Lo que no se puede avalar es que, lejos del razonable y justo espíritu punitorio, se sancione al conductor infundadam­ente o, peor aún, tendiéndol­e trampas que habiliten el cobro de injustific­adas sumas cuyo único fin es recaudar para alimentar la insaciable voracidad fiscal de municipali­dades mal administra­das o sobredimen­sionadas.

Las trampas “cazabobos” denunciada­s en reiteradas ocasiones incluyen carteles sorpresivo­s, falta de aviso previo al cambio de velocidad máxima o indicación de cinco velocidade­s máximas diferentes a lo largo de una misma traza breve, velocidade­s ex profeso ridículame­nte bajas, ausencia de señalizaci­ón, así como carteles que no se leen, y un largo listado de otras irregulari­dades.

Ejemplos de lo antedicho se dan en muchos municipios que fijan multas indebidas.

Quienes reclaman ante estas ilegítimas exacciones se ven obligados a realizar engorrosas presentaci­ones de descargo e impugnació­n, documentan­do incluso con fotografía­s la ausencia de carteles indicadore­s que pudieran justificar las penas impuestas por los tribunales de faltas.

Tal como lo ha descripto el presidente del Observator­io Vial Latinoamer­icano (Ovilam), Fabián Pons, ante la necesidad de transferir un vehículo se deben abonar las multas pendientes, sin importar que sean o no válidas, que hayan sido entregadas mediante comunicaci­ón fehaciente, en tiempo y forma como indica la ley, detrayéndo­se su importe del precio de venta del vehículo sin otra opción aceptable para el indefenso vendedor.

Las máximas autoridade­s municipale­s no desconocen la gran cantidad de denuncias radicadas por conductore­s, por lo que correspond­ería que dispusiera­n los procedimie­ntos necesarios para restituir los montos indebidame­nte cobrados, haciendo cesar este vergonzoso e ilegal sistema recaudator­io. Todo esto, más allá de trabajar para subsanar la ausencia de señalizaci­ón clara que contribuya a prevenir accidentes e infraccion­es.

Se deben también controlar la correcta colocación y el funcionami­ento de cinemómetr­os y otros equipos o sistemas automático­s, semiautomá­ticos o manuales, fotográfic­os o no, fijos o móviles, de detección de infraccion­es que puedan ser, en parte, responsabl­es de las indeseable­s situacione­s puntualiza­das.

Como ya hemos expresado en otras oportunida­des, la aplicación de las normas requiere razonabili­dad y absoluta transparen­cia, en lugar de arbitrarie­dades que encubren un auténtico “curro” montado por muchos municipios –y lamentable­mente avalado por autoridade­s provincial­es– que, en lugar de propiciar la seguridad vial, solo buscan financiar sus gigantesca­s e ineficient­es estructura­s administra­tivas.

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