Paso a paso del expediente judicial
2012 Resolución del Ministerio de Salud porteño
la resolución 1251/2012 fijó como límite para los abortos no punibles en hospitales porteñ os las 12 semanas de embarazo. también dio a los directores de hospitales potestad para confirmar la decisión del médico tratante y obligó a contar con el aval de un representante legal en el caso de menores de edad que pidieran la práctica.
Presentación de un amparo
la entonces legisladora María rachid y el abogado andrés Gil Domínguez interpusieron un amparo para solicitar la inconstitucionalidad de varios artículos de la resolución y que se suspendiera la aplicación del protocolo.
Fallo de primera instancia
la jueza lópez vergara impugnó cautelarmente varios artículos de la resolución. eliminó el límite de 12 semanas, dejó la decisión sobre la práctica exclusivamente en manos del médico y estableció requerir a los adolescentes su propio consentimiento a partir de los 14 años.
Apelación de la cautelar
el gobierno porteño apeló la sentencia. atacó el criterio de verosimilitud al derecho invocado y de peligro en la demora, impugnó la legitimación de la parte actora y rechazó la vía del amparo como idónea.
2013 Fallo de primera instancia
el juez Gallardo rechazó que la parte actora no estuviera legitimada y definió la cuestión de fondo al considerar inconstitucional la resolución.
Apelación del fallo de fondo
el gobierno porteño apeló la sentencia. insistió en la falta de legitimación de los actores y sostuvo que hubo falta de acreditación de un interés legítimo, ya que los derechos invocados no eran colectivos, sino individuales. 2015
Fallo de segunda instancia la sala iii de la cámara de apelaciones en lo contencioso administrativo revocó las sentencias.
Apelación
la asesoría tutelar ante la cámara y Gil Domínguez presentaron recursos de inconstitucionalidad ante el tribunal superior de Justicia (TSJ).
2018
Fallo del máximo tribunal
el TSJ rechazó los recursos contra el fallo de la cámara.