Fuertes convenios colectivos
El régimen laboral italiano por lo general se establece en los convenios colectivos nacionales y en los contratos individuales, sin que estos puedan contener cláusulas menos favorables que las establecidas por convenio. Los convenios nacionales se actualizan cada tres años para cada sector.
Un contrato de trabajo por escrito es obligatorio por ley en Italia. La legislación actual abre paso a la flexibilidad de los tipos de contratos, de acuerdo con las directivas comunitarias. Hay un distinción básica entre contratos permanentes y temporales, con tareas, lugar de trabajo y horas determinadas. Incluyen la posibilidad de ser prorrogados por una sola vez. Todas las variaciones posibles deben ser acordados previamente con el empleador.
La edad mínima laboral en Italia es de 15 años. El fin de un contrato puede ser de mutuo acuerdo o por voluntad de una de las partes. Si es el trabajador quien de manera unilateral deja el empleo, debe respetar el período de preaviso. Si es la empresa, se trata de un despido. Los despidos deben ser justificados y notificados correctamente.
La jornada laboral es de 40 horas a la semana, aunque se puede mejorar. El período mínimo de vacaciones es de cuatro semanas. La ley no fija un salario mínimo, sino que este se establece en el convenio colectivo de cada sector. Las retribuciones se establecen por convenio colectivo. En el caso de los operarios, la retribución suele establecerse por hora efectiva trabajada. Salvo pacto en contrario, el pago del salario es mensual.