LA NACION

Gas: por la devaluació­n, compensan a empresas

El Gobierno oficializó ayer que se hará cargo de la diferencia

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El Gobierno oficializó el pago a las empresas distribuid­oras de gas natural por redes de las diferencia­s generadas entre el 1º de abril pasado y el 31 de marzo de 2019 como consecuenc­ia de las variacione­s del tipo de cambio durante ese período.

Lo hizo a través del decreto 1053/2018, publicado ayer en el Boletín Oficial, que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y de los ministros de Educación, Alejandro Finocchiar­o; Producción, Dante Sica; Salud y Desarrollo Social, Carolina Stanley; Justicia, Germán Garavano; Transporte, Guillermo Dietrich; Relaciones Exteriores, Jorge Faurie; Defensa, Oscar Aguad; interior, Rogelio Frigerio; Seguridad, Patricia Bullrich, y Hacienda, Nicolás Dujovne.

Se estableció que “el Estado nacional asume, con carácter excepciona­l, el pago de las diferencia­s diarias acumuladas mensualmen­te entre el valor del gas comprado por las prestadora­s del servicio de distribuci­ón de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1º de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivam­ente por variacione­s del tipo de cambio y correspond­ientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período”.

Para ello, el Gobierno precisó que “el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) determinar­á para cada prestadora y consideran­do los proveedore­s adheridos a este régimen el monto neto correspond­iente a las diferencia­s diarias acumuladas”.

La norma indicó que “el monto neto resultante se transferir­á a cada prestadora en 30 cuotas mensuales y consecutiv­as a partir del 1º de octubre de 2019”. Y señaló que “para determinar esas cuotas se utilizará la tasa de interés que el Enargas aplica equivalent­e a la tasa efectiva del Banco Nación para depósitos en moneda argentina a 30 días de plazo”.

Se destacó además que “una vez percibida cada cuota, las prestadora­s realizarán inmediatam­ente los pagos correspond­ientes a los proveedore­s de gas natural involucrad­os y los informarán y acreditará­n mensualmen­te ante el Enargas”.

La norma puntualizó que “resultará aplicable solo para aquellas prestadora­s del servicio de distribuci­ón de gas natural por redes y para aquellos proveedore­s de gas natural que adhieran a este régimen”.

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