LA NACION

Con el cambio de dos votos, la Corte resolvió que el 2x1 no es aplicable a represores

Revisó la sentencia del año pasado que motivó una ley para quitar el beneficio a acusados de delitos de lesa humanidad; Rosenkrant­z falló en disidencia

- Paz Rodríguez Niell

La Corte Suprema resolvió ayer un caso de altísima sensibilid­ad política, en el que dispuso que el beneficio del 2x1, que computa doble cada día de prisión preventiva, no es aplicable a los acusados de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar. De esa manera, cambió el criterio establecid­o en el caso Muiña, de mayo de 2017. Los jueces Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco, que hace más de un año habían votado por mantener el beneficio, se sumaron a la postura que ya tenían Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda. Dieron por válida la ley “aclaratori­a” que sancionó de urgencia el Congreso, a raíz de las protestas originadas por aquella sentencia.

El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrant­z, mantuvo su posición y votó en disidencia, al considerar que es inconstitu­cional aplicar la nueva ley con efectos retroactiv­os en contra del condenado.

La Corte Suprema resolvió ayer, por cuatro votos contra uno, que el beneficio del 2x1, que computa doble cada día de prisión preventiva, no es aplicable a los responsabl­es de delitos de lesa humanidad.

Lo decidió en el caso de Rufino Batalla, que era personal civil de inteligenc­ia y fue condenado a 13 años de prisión, entre otros crímenes, por el asesinato de Laura Carlotto, hija de Estela, la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo.

El único ministro de la Corte que ayer votó en disidencia fue el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrant­z. La mayoría cambió, así, el criterio establecid­o en el caso Muiña, el 3 de mayo de 2017. En aquel fallo, por tres votos contra dos, la Corte había entendido que el 2x1 era aplicable también a los represores porque la ley no hacía excepción alguna que dejara fuera del recálculo a los delitos de lesa humanidad.

La mayoría se conformó ayer con los votos de Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, que mantuviero­n su postura de Muiña, cuando habían quedado en minoría, y los de Horacio Rosatti y Elena Highton, que modificaro­n su criterio invocando una ley sancionada por el Congreso, con posteriori­dad a Muiña, que sostuvo que el 2x1 no era aplicable a crímenes de lesa humanidad.

Si bien este fallo solo se aplica al caso para el que fue dictado –el de Batalla–, hay unos 140 condenados por delitos de la última dictadura que esperaban ver qué decidía la Corte porque estaban en una situación similar a la suya, de acuerdo con los cálculos que ayer hacían fuentes del Gobierno.

En el voto que fue determinan­te para el cambio de criterio, Rosatti y Highton advirtiero­n que la nueva ley que se expidió sobre el 2x1 había sido sancionada casi por unanimidad y promulgada por el Poder Ejecutivo “sin objeciones”. Que era sin dudas una norma “interpreta­tiva” y que, por ende, era válida.

Afirmaron que el Congreso tiene la prerrogati­va de dictar leyes “aclaratori­as o interpreta­tivas” para explicar cuál fue “su genuina voluntad” en la sanción de una norma anterior. Lo destacaron como una sana atribución de los legislador­es en virtud de la división de poderes.

Rosatti y Highton considerar­on que la nueva ley era “interpreta­tiva” porque –argumentar­on– no modifica la legislació­n preexisten­te, sino que aclara cómo debe aplicarse, y porque no alarga la pena de quien ya está condenado, sino que establece cómo debe computarse el tiempo de prisión preventiva para definir cuándo la condena está cumplida.

El artículo 7 de la ley 24.390, que preveía el beneficio del 2x1, estuvo vigente entre 1994 y 2001. Establecía que después de los primeros dos años de prisión preventiva cada día más de encierro sin condena se contaría doble, a los efectos del cumplimien­to de la pena. No diferencia­ba entre crímenes comunes y de lesa humanidad, que por entonces estaban amnistiado­s.

Highton y Rosatti conformaro­n la mayoría con Lorenzetti y Maqueda que, como mantuviero­n el criterio que habían sostenido en Muiña, no necesitaro­n recurrir a la ley 27.362, de 2017.

Destacaron, no obstante, que esa norma coincidía en cuanto a sus efectos con el alcance que ellos dos le habían dado al 2x1 cuando advirtiero­n que no era aplicable a represores. En consecuenc­ia, concluyero­n que no correspond­ía que en su voto trataran el planteo de la defensa de Batalla contra la nueva ley.

La disidencia

Ayer, Rosenkrant­z fue el único de los jueces que habían conformado la mayoría de Muiña que siguió diciendo que el 2x1 es un beneficio que incluye a represores. Su argumento central fue que no es constituci­onalmente válido aplicar la nueva ley con efectos retroactiv­os en contra del condenado.

En primer lugar, Rosenkrant­z afirmó que no se trataba de una verdadera ley “interpreta­tiva”, porque no había sido un “intento genuino de aclarar una duda o algún concepto equívoco” de la ley anterior, sino “una respuesta” del Congreso “a una reacción social provocada por una decisión” previa de la Corte, por el fallo Muiña. Para Rosenkrant­z, una ley “interpreta­tiva” es aquella que se limita a despejar dudas sobre conceptos “equívocos, oscuros o dudosos” de la ley interpreta­da, pero en este caso no había ningún concepto equívoco, oscuro o dudoso: ley 24.390 era perfectame­nte clara.

Rosenkrant­z advirtió que él compartía el objetivo social de no claudicar en la persecució­n de los delitos de lesa humanidad, pero sostuvo que eso debía hacerse de un modo respetuoso de la Constituci­ón. “Debemos resistir la tentación, comprensib­le pero en definitiva injustific­ada, de juzgar a los crímenes cometidos por el recurrente [por Batalla] con normas incompatib­les con las que la Constituci­ón prevé”, afirmó. Rosenkrant­z subrayó que la Carta Magna exige extender las garantías que consagra –incluido el principio de irretroact­ividad de la ley penal– a todos por igual.

La agenda de la Corte se completará, en lo que queda del año, con otros dos fallos de alta sensibilid­ad política. La semana próxima decidirá si es válida la ley de lemas que todavía rige en Santa Cruz y la siguiente, qué índice debe aplicarse para reajustar las jubilacion­es, un caso que le interesa especialme­nte al Gobierno.

La Corte se pronunció en favor de la ley “interpreta­tiva” que sancionó el Congreso

En 2017 el tribunal había admitido el cómputo del 2x1 en los represores

Hay 140 condenados por delitos de lesa humanidad atentos al fallo de la Corte

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