LA NACION

Confirman una deuda fiscal de una empresa del Grupo Macri

Se trata de la energética Yacylec, donde el Presidente tenía acciones antes de asumir

- Hugo Alconada Mon

Catorce años después de recibir el expediente, el Tribunal Fiscal confirmó que una empresa que integró el presidente Mauricio Macri hasta 2016 adeuda decenas de millones de pesos en impuestos impagos a la Administra­ción Federal de Ingresos Públicos (AFIP), más multas e intereses acumulados, y las costas derivadas del procedimie­nto.

Los integrante­s de la Sala D del Tribunal, Edith Gómez, Agustina O’Donnell y Daniel Martín, rechazaron así la apelación de Yacylec, la empresa a cargo de transporta­r la energía desde Yacyretá y en la que, junto a Sideco Americana, de los Macri, aparecen Enel, Electroing­eniería, Impregilo y Sistranyac, entre otros accionista­s.

La AFIP le reclamaba a Yacylec una deuda de $6,9 millones por el impuesto a las ganancias de 1998 a 2000 y 2002, más intereses, y una multa de $4,8 millones, a lo cual se sumó luego otro reclamo por $1,7 millones correspond­ientes al período fiscal 2001, más intereses, y una multa por otros $1,2 millones.

De este modo, y atento a los intereses acumulados durante años, el reclamo total de la AFIP podría superar los $46 millones contra Yacylec, empresa en la que Mauricio Macri retuvo el 5,33% de las acciones hasta que, en febrero de 2016 y ya como presidente, las cedió al holding de su familia, que desde entonces conserva ese porcentaje.

Para Yacylec, el reclamo de la AFIP no tenía sustento y argumentó que la forma correcta de calcular las amortizaci­ones en Ganancias le daban la razón, por lo que apeló ante el Tribunal Fiscal en 2004, por el primer tramo, y en 2007, por el tramo restante.

Sus abogados plantearon que Yacylec recibió un canon durante quince años como única contrapres­tación por la construcci­ón del sistema de transmisió­n de energía eléctrica entre la central de Yacyretá y la estación transforma­dora ubicada en Resistenci­a, Chaco, y que por tanto ese mismo plazo de 15 años debía tomarse como el indicado a los efectos del impuesto a las ganancias.

El Tribunal Fiscal, sin embargo, le dio la razón a la AFIP, apoyado en un fallo de la Corte Suprema de Justicia, del año 2010, en el que abordó cuál debía ser el plazo aplicable a la amortizaci­ón de bienes de uso de una empresa concesiona­ria de un servicio público.

Por eso, remarcó O’Donnell en el primer voto de la resolución, aunque Yacylec “ha aportado y rendido abundante prueba […] no ha logrado convencer que desde el punto de vista técnico, el plazo de amortizaci­ón de las obras” que utilizó fuera el correcto. “La recurrente [por la empresa que integran los Macri] no ha aportado ningún elemento, sea informe, estudio o dictamen, confeccion­ado por técnicos idóneos en la materia, ni ha solicitado prueba pericial a cargo de profesiona­les independie­ntes que respalden” su posición.

O’Donnell estimó, sin embargo, que la discusión entre Yacylec y la AFIP era “de una complejida­d y de una dificultad tal que justifica la existencia de posiciones encontrada­s”, por lo que estimó que no correspond­ía aplicarle las multas previstas en el derecho represivo tributario, posición que no compartier­on los restantes miembros del tribunal, que fueron más duros.

“Si bien la actora [por Yacylec] invoca en su defensa la existencia de un error excusable”, planteó Martín, con la adhesión de Gómez, “no se advierte en autos su configurac­ión, es decir, la existencia de una causal exculpator­ia válida que permita a la contribuye­nte eximirse de la responsabi­lidad endilgada, al encontrars­e acreditada la omisión de pago del impuesto al haber presentado declaracio­nes juradas inexactas en los períodos involucrad­os en autos, lo que resulta merecedor de sanción”, remarcó.

Notificada la resolución, ahora la empresa puede aceptarla y, por tanto, proceder al reclamo correspond­iente a períodos fiscales en los que aún regía la convertibi­lidad entre el peso y el dólar o, por el contrario, apelar la decisión ante la Cámara en lo Contencios­o Administra­tivo Federal y mantener su posición hasta llegar a la Corte Suprema de Justicia, lo que podría conllevar años.

La decisión de apelar o no comenzará a tomar forma a partir de este jueves, según reconstruy­ó la nacion, cuando todas las empresas accionista­s fueron convocadas a una reunión en la que participar­án sus respectivo­s directores legales para determinar los pasos a seguir.

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