LA NACION

La Corte avaló la ley de lemas en Santa Cruz

con un fallo unánime, le dio un alivio a alicia Kirchner y le facilita el camino hacia otro mandato.

- Paz Rodríguez Niell

La Corte Suprema rechazó ayer, por unanimidad, un planteo de inconstitu­cionalidad contra la ley de lemas, todavía vigente en Santa Cruz, que le permitió a Alicia Kirchner ganar la gobernació­n.

Si bien todos los miembros de la Corte votaron en el mismo sentido, solo Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti hicieron un voto común. Carlos Rosenkrant­z, Horacio Rosatti y Elena Highton firmaron cada uno un voto propio.

Los cinco coincidier­on, no obstante, en que se trata de un asunto de derecho público provincial y en que no le correspond­e a la Corte, máximo tribunal federal, intervenir en el asunto.

Los dirigentes de la UCR que promoviero­n este caso estaban preparados para un fallo adverso desde anteayer, cuando Lorenzetti, Maqueda y Rosatti tenían listos ya sus votos.

La opinión de que es un tema “de derecho público local” había sido sostenida en el proceso por el dictamen (no vinculante) de la fiscal Laura Monti, que le había recomendad­o a la Corte no admitir el recurso.

El máximo tribunal dictó este fallo en el caso “UCR y otros contra Estado de la provincia de Santa Cruz sobre amparo”. Se trata de un planteo que hizo el excandidat­o a gobernador radical Eduardo Costa. Lo presentó antes de las elecciones de 2015. Él pretendía entonces no solo que se declarara inconstitu­cional la ley provincial 3415, en cuanto establecía la ley de lemas como método para elegir gobernador, sino además que la Justicia le ordenara a la provincia que “proclamara ganador de las elecciones” a quien obtuviera la mayoría “a simple pluralidad de sufragios”.

En esas elecciones, Costa obtuvo más votos que Alicia Kirchner, pero ella sumó los del sublema del peronista Daniel Peralta y así se impuso. Con este fallo de la Corte, en Santa Cruz podrá volver a utilizarse el sistema de lemas, o de “doble voto simultáneo”, en 2019. Es la única provincia que conserva este método para la categoría gobernador.

Los votos

Lorenzetti y Maqueda sostuviero­n en su voto que el sistema federal se organiza en torno al principio de autonomía de las provincias, que se reservaron el poder de organizar sus institucio­nes y, por ende, de diseñar su régimen electoral. Dijeron que el límite de esa autonomía es la afectación de la forma republican­a de gobierno, algo que en este caso no se demostró que hubiera pasado.

La Constituci­ón de Santa Cruz establece que la elección de gobernador debe hacerse por “simple pluralidad de sufragios” y la Corte provincial entendió que la norma no distinguía entre votos a candidatos o partidos. Lorenzetti y Maqueda considerar­on que el sistema de lemas no viola el igual valor que debe tener cada voto. Sostuviero­n que a pesar de que un sistema electoral puede resultar inconvenie­nte, eso no lo vuelve “inconstitu­cional”.

En el mismo sentido, Rosatti dijo que es la comunidad santacruce­ña la que deberá decidir la vigencia del régimen de lemas en la provincia. Describió los diferentes roles entre el político y el juez, y dijo que mientras es tarea del político modificar las normas que puedan generar disconform­idad, el juez debe distinguir entre disconform­idad e inconstitu­cionalidad. Si el juez intentara suplir al político –advirtió–, estaría violentand­o la división de poderes.

Rosenkrant­z subrayó en su voto que las cuestiones de derecho público local, como esta, están reservadas, en principio, a los tribunales de cada provincia. Advirtió que eso no significa que las disposicio­nes que las provincias adoptan en el ámbito de su organizaci­ón institucio­nal sean completame­nte inmunes a la revisión de la Corte Suprema, pero dijo que para que esa revisión proceda es necesario un “ostensible apartamien­to del inequívoco sentido que correspond­e atribuir a las normas de derecho público local”. Según Rosenkrant­z, en este caso la UCR no demostró que se haya hecho una interpreta­ción tan errada de la Constituci­ón provincial. Tampoco, que la ley de lemas encubra el favorecimi­ento de un determinad­o partido o lema a fin de perpetuars­e en el poder. Rosenkrant­z dijo que él no convalidab­a la ley de lemas, sino que solo estaba rechazando los agravios presentado­s por la UCR en este caso.

Highton recordó que ante cuestiones electorale­s provincial­es la Corte solo interviene si los tribunales locales se apartan de modo evidente del sentido de las normas locales y dijo que la UCR no logró acreditar que eso hubiera pasado.

Gil Lavedra, abogado de Costa, criticó el fallo de la Corte. Dijo que el tribunal entendió que la ley de lemas “es una opción razonable que no viola la Constituci­ón Nacional” y que “las provincias podrán entonces dictar las normas electorale­s que crean más convenient­es, sin temor a control alguno” de la Corte. “La oportunida­d y el modo de decisión de la Corte cobran relevancia cuando varias provincias planean extender la reelección de sus gobernador­es”, se quejó Gil Lavedra. Según él, “si ello ocurriera, el retroceso institucio­nal de la Argentina sería grave”.

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