Santa Cruz y una ley a medida de las urgencias kirchneristas
Lamentablemente, se perdió la oportunidad de terminar con una perimida, retrógrada y amañada norma electoral
Con la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazar un planteo de inconstitucionalidad contra la ley de lemas en Santa Cruz, esa provincia seguirá aplicando un método electoral desprestigiado, injusto, vetusto y amañado, que permite que pueda llegar a convertirse en gobernador un candidato que no haya recibido la mayor cantidad de votos.
Es lo que ocurrió con la actual mandataria Alicia Kirchner. La hermana del expresidente y exgobernador de esa provincia se alzó con el cargo habiendo obtenido en las elecciones de 2015 el 34% de los votos, contra el 41% logrado por el postulante de Cambiemos, Eduardo Costa, autor de la presentación de inconstitucionalidad ahora rechazada.
Sucede que, por imperio de la ley de lemas, los votos obtenidos por Alicia Kirchner terminaron sumándose al 17% alcanzado por el candidato Daniel Peralta. Es decir, se contabilizaron juntos los votos de los sublemas peronistas que concurrieron entonces a comicios, cuando, en los hechos, Kirchner y Peralta habían sido contendientes en la puja interna por acceder al mismo cargo.
Se trata de una ley que funciona a la medida de las necesidades del kirchnerismo en una provincia a la que este maneja como si se tratase de un feudo. Distintas acciones tendientes a modificar ese estado de cosas resultaron abortadas sucesivamente, tanto por la Justicia provincial, apéndice del Poder Ejecutivo local, como por la Legislatura distrital, donde el peronismo maneja los hilos parlamentarios, pues cuenta con mayoría de votos.
En 2015, por caso, la Cámara Civil santacruceña revocó una sentencia de primera instancia, con lo que dio luz verde a la aplicación de la ley de lemas para los comicios de aquel año. Hace pocas semanas, la Legislatura provincial, con el voto mayoritario del kirchnerismo, se negó a derogar la ley de lemas, incluso después de que el Poder Ejecutivo provincial ofreció esa posibilidad al gobierno nacional como prenda de negociación para el envío de fondos frescos a la provincia de modo de intentar paliar el descalabro en el que la sumieron años y años de gestiones kirchneristas.
Hubiera sido una muestra importante de transparencia y madurez que los legisladores kirchneristas santacruceños sellaran esa promesa derogando la ley. Pero hicieron lo contrario.
Ahora, el fallo de la Corte, suscripto por unanimidad y cuyo eje principal se basa en que no corresponde al más alto tribunal del país inmiscuirse en asuntos provinciales, vuelve a dejar el camino despejado para que los electores santacruceños queden nuevamente a expensas de otra maniobra política, destinada a desconocer la voluntad popular.
La Constitución provincial es muy clara cuando dispone que el gobernador y el vicegobernador deben ser elegidos directamente por el pueblo a simple pluralidad de sufragios. La ley de lemas para la categoría de gobernador ha sido erradicada de todos los distritos, menos en Santa Cruz. Se trata de un sistema perimido, conocido como “doble voto simultáneo”.
El hecho de que, como ocurrió en 2015, “gane el perdedor” individual de una elección no admite explicación razonable. Solo la inadmisible justificación basada en la desesperación de algunos dirigentes por conseguir mediante distorsiones institucionales eternizarse en un poder al que no pueden llegar por las suyas, de manera directa, respetando la voluntad popular en su sentido más amplio y concreto.
Al decir la Corte que no se inmiscuye en temas distritales, no está avalando la ley de lemas. De hecho, el juez Rosatti sostuvo en su voto que hay que distinguir entre la disconformidad que puede causar una ley y su constitucionalidad, y que el juez no puede sustituir al político, al que le compete la sanción de las normas.
Sin embargo, cabe cuestionar si no se está afectando gravemente el principio de igualdad del sufragio, resguardado en los tratados internacionales sobre derechos humanos refrendados por nuestro país, cuando el que gana no es el candidato más votado.
Por otro lado, con este fallo no sería extraño que, además de Santa Cruz, aparezcan otras provincias en las que candidatos poderosos en el manejo autoritario de la cosa pública entiendan que cada distrito tiene libre albedrío para sancionar las leyes electorales que quiera sin temor a ser controlado desde lo más alto del Poder Judicial. Constituye un riesgo mayor, precisamente en estos momentos en que varios gobernadores que están impedidos de volver a presentarse a elecciones buscan echar mano de cualquier recurso con tal de resultar habilitados para seguir compitiendo.
Las reglas electorales no son elásticas ni pueden estar atadas a intereses particulares de eventuales candidatos. Es obligación de las provincias garantizar la transparencia republicana.
Tal como ha quedado planteada la situación, los protagonistas del mayor saqueo realizado a la provincia de Santa Cruz podrían seguir tranquilos en su afán de garantizarse la continuación de la impunidad que forjaron cooptando instituciones y vulnerando el mandato popular.
Como ya hemos dicho desde estas columnas, se trata de una versión mal entendida de federalismo electoral, que, en realidad, conduce a una innecesaria “balcanización” del sistema político.