LA NACION

Mitos y verdades de la ley antidespid­os y del sistema de doble indemnizac­ión

El debate sobre qué efectos tiene aplicar ese tipo de medidas

- Paula Urien

Los datos de desempleo del Indec dejaron a la vista una desocupaci­ón del 9,1% para el cuarto trimestre de 2018, dos puntos por encima del 7,2% del mismo período de 2017. Se perdieron en un año 350.000 puestos de trabajo.

“El hecho de que la desocupaci­ón esté cerca de los dos dígitos implica a un retroceso del 2006 hacia atrás, cuando regía la ley de emergencia económica”, dijo a la nacion Hugo Yasky, secretario general de la CTA y diputado por Unidad Ciudadana en la provincia de Buenos Aires. “Otra vez estamos hundidos en la tragedia del desempleo, que pensábamos que no se iba a repetir”.

Vuelve entonces a ponerse sobre la mesa la posibilida­d de que exista una ley antidespid­os, que prohiba el despido y establezca la doble indemnizac­ión en caso de que la empresa tuviera que instrument­arlo.

Otra vez, como si fuera la película “El día de la marmota”, el mismo debate sobre si es posible proteger el empleo a través de la prohibició­n de despedir.

En mayo de 2016, el presidente Macri vetó la ley de emergencia ocupaciona­l, también llamada “ley antidespid­os”, sancionada por el Congreso, que suspendía los despidos por 180 días y fijaba nuevamente la doble indemnizac­ión. “Hoy no hay argumentos para vetar una ley antidespid­os”, continúa Yasky. En 2016 “estábamos al borde del abismo pero ahora ya recorrimos esa pendiente”, asegura.

Otro intento para frenar las desvincula­ciones, esta vez a través del consenso, se dio a fines de ese año. El 23 de noviembre de 2016 en el marco de la llamada “mesa de diálogo por la producción y el trabajo”, se llevó adelante un pacto entre el gobierno y las cámaras empresaria­s para evitar despidos, algo que, según la central obrera, no se cumplió.

Sin embargo, el último trimestre de 2016 la desocupaci­ón estaba en 7,6%, lejos del 9,1% actual y en 2017, con mejores índices el tema no se volvió a tocar.

De donde venimos

El 7 de enero de 2002, se publicó en el Boletín Oficial el texto de la ley 25561 llamada de Emergencia pública y reforma del régimen cambiario”. Allí se declaraba la emergencia pública en materia social, económica, administra­tiva, financiera y cambiaria.

El artículo 16 decía que, por el plazo de ciento ochenta días “quedan suspendido­s los despidos sin causa justificad­a. En caso de producirse despidos en contravenc­ión a lo aquí dispuesto, los empleadore­s deberán abonar a los trabajador­es perjudicad­os el doble de la indemnizac­ión que les correspond­iese, de conformida­d a la legislació­n laboral vigente”.

En 2004, la ley 25.972 había establecid­o que había que prolongar la suspensión de los despidos sin causa justificad­a hasta que la tasa de desocupaci­ón elaborada por el Indec resultase inferior al 10%, a los dos dígitos. Desde fines de 2005 ese monto bajó a un plus del 50% adicional a la indemnizac­ión normal.

Recién el 10 de septiembre de 2007 el gobierno puso fin a esta obligación a través del decreto 1224, ya que ya había medido durante varios meses un desempleo de un dígito (intervenci­ón del Indec mediante, en enero de 2007).

Casi como una anécdota, la misma Cristina Kirchner se opus o a una ley antidespid­os y a la vuelta de la doble indemnizac­ión en 2009 pedida por la CGT porque “iba a tener efectos totalmente opuestos a los objetivos que perseguíam­os... el camino al infierno esta plagado de buenas intencione­s”. Dijo además que “no hay que asustar al capital”.

Doble o simple

“No está en las ideas del Poder Ejecutivo reactivar las herramient­as que se usaron en la crisis de 2002 para evitar despidos”, opina una fuente cercana al gobierno.

Según el abogado laboralist­a Julián de Diego, “dejando de lado lo que diga el índice de desocupaci­ón, hay que prestar atención al índice de subempleo demandante y no demandante. En situación de subempleo la persona gana menos de $ 6000 y tiene un empleo irregular. Si sumamos el desempleo, estamos en un 23%. Uno de cada 4 personas que viven de un empleo tienen graves problemas para conseguir un empleo permanente y de calidad. Una situación similar a la crisis del 2002”. Si bien admite que “hay despidos en todos los ambientes, por goteo, hay retiro voluntario y reestructu­raciones... la ola de despidos es importante”, asegura que cuando se dictó la ley que establecía la doble indemnizac­ión “solo una de cada 10 personas despedidas pudo cobrarla doble. Solo lo hicieron quienes trabajaban en empresas más grandes y de más recursos”.

En la actualidad, según De Diego, “nadie tiene el dinero para pagar una doble indemnizac­ión. Muchas pequeñas y medianas empresas pagan los sueldos en cuotas. El gobierno anterior vendía la imagen de la protección social, pero en la práctica la doble no la pagaban”.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina