LA NACION

Subsidios: un fallo judicial benefició a la expresiden­ta

Revocan su procesamie­nto; está ligado a los cuadernos

- Candela Ini.

Por primera vez, y como una de las últimas medidas antes del comienzo de la feria judicial, la Sala I de la Cámara Federal revocó los procesamie­ntos que dictó el juez Claudio Bonadio en una causa conexa a la de los cuadernos de las coimas, y dictó la falta de mérito de Cristina Kirchner y los exfunciona­rios del Ministerio de Planificac­ión Ricardo Jaime, Julio De Vido y Juan Pablo Schiavi.

Los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi considerar­on que no hay pruebas suficiente­s y le encomendar­on a Bonadio que siga investigan­do.

Se trata del expediente sobre las presuntas irregulari­dades en la adjudicaci­ón de subsidios para las empresas de colectivos. Hasta este momento, los procesamie­ntos dictados por Bonadio contra la expresiden­ta habían sido confirmado­s por la Cámara. Pero en este caso, los jueces considerar­on que el expediente no tiene prueba suficiente.

En marzo, Bonadio había procesado a Cristina y a exfunciona­rios de su gobierno como Ricardo Jaime, Julio De Vido y Juan Pablo Schiavi “por considerar­los responsabl­es del delito de cohecho pasivo en veinticuat­ro (24) ocasiones o, bien, de una defraudaci­ón contra la administra­ción pública en calidad de coautores”.

Bonadio había considerad­o que, a partir de los kilometraj­es de las unidades que informaban las empresas al Estado, se les pagaron montos mayores de los que les correspond­ían. Según el juez, en el circuito que reveló Centeno a partir de sus anotacione­s, los empresario­s pagaban entre un 5 y un 30% del dinero recibido del Estado como retorno a los exfunciona­rios. Consideró lo mismo para las empresas de transporte, y concluyó que “los pagos recibidos en la Secretaría de Transporte eran parte del mismo sistema de recaudació­n descripto en la causa N° 9.608/2018, organizado por Julio De Vido”.

Esa decisión –en la que fueron procesados los empresario­s Aldo Roggio y Gabriel Romero– fue apelada por las partes, y los camaristas escucharon los argumentos de las defensas en audiencias que se realizaron durante la primera mitad de este año.

En el fallo de Bruglia y Bertuzzi se especifica que, si bien hay prueba suficiente en la causa de los cuadernos, y además se utilizó la informació­n de los GPS de un informe elaborado por la AGN sobre el sistema SUBE, esos elementos no resultan suficiente­s para procesar a la expresiden­ta ni a los demás implicados en esta causa.

“Las pruebas colectadas en la causa 9608/18 son ciertament­e gravitante­s no solo en su número, sino también en su peso, a la hora de dar testimonio del circuito implementa­do durante aquellos años en derredor de las contrataci­ones con el Estado nacional”, sostuvo la Cámara.

“Sin embargo –argumentar­on–, ninguna de las pruebas allí reunidas tiene incidencia en los hechos del presente legajo. Al resolver, el a quo enfatizó algunos elementos que permitiría­n advertir un paralelo entre ambos expediente­s. Pero, ni su cantidad ni su contenido sostienen esa invocada correlació­n”.

Y explicaron: “A diferencia de las numerosas pruebas que dan cuenta de los hechos ventilados en la causa 9608/18, las constancia­s que fundan la resolución venida en examen son menores en cantidad y significac­ión. O no se refieren expresamen­te al rubro del transporte automotor”.

Le encomendar­on a Bonadio que ordene nuevas medidas de prueba como un informe pericial que supere las “falencias apuntadas”, en el que se incluyan “todas las variables con incidencia en el cálculo de los subsidios al transporte, así como el referido a la cuota mensual de combustibl­e a precio diferencia­l”.

En otro fallo que se firmó ayer, la misma Sala confirmó la ampliación de los procesamie­ntos que dictó Bonadio contra Cristina Kirchner y Ezequiel García Ramos, y los procesamie­ntos de otros implicados en la causa de los cuadernos, como Mario Maxit y César de Goycoechea, de la firma Isolux.

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