LA NACION

el impuesto complement­ario dilata La firma de Las escrituras.

Para regulariza­r la titularida­d de las tierras se exige el pago del impuesto complement­ario, un compromiso que ninguna parte quiere asumir

- Por Carla Quiroga

El mercado celebra la semilla de lo que podría representa­r el comienzo del fin de la burocracia en la escriturac­ión de los barrios cerrados. Hace poco más de un mes se conoció la noticia de que a partir del régimen para la regulariza­ción de conjuntos inmobiliar­ios consolidad­os, que entró en vigor tras la sanción de la resolución 400/19, podrá comenzar a regulariza­rse la situación de

200 desarrollo­s que no contaban con título de propiedad, lo que hacía que los tenedores de los terrenos no pudieran tomar un crédito hipotecari­o. Se estima que serán 100.000 los lotes beneficiad­os por este régimen que acelera los trámites de aprobación, subdivisió­n y escriturac­ión.

La ventaja del nuevo sistema es que contempla trámites digitales integrados en tres organismos centrales de la provincia de buenos Aires: uno es el de Desarrollo Sostenible (OPDS), otro es la autoridad del agua (APA) y la Dirección Provincial de ordenamien­to Urbano y territoria­l (Dpout). Esta decisión representa una señal clave para los desarrolla­dores sobre todo si se tiene en cuenta que hasta ahora aprobar, subdividir y escriturar un loteo no llevaba menos de 10 años. Un tiempo en el que para lograr que se aprobara la urbanizaci­ón era necesario tramitar en paralelo no menos de

20 expediente­s ante distintos organismos provincial­es y municipale­s -por ejemplo de Viabilidad, Prefactibi­lidad, Plano de Propiedad Horizontal y Estudio de impacto Ambiental, entre otros-. Además, en muchos casos se solapaban los trámites exigidos por la provincia con los municipale­s. El lado b de esta noticia es quien se hará cargo del impuesto complement­ario que se incorporó

al código Fiscal en 2013. El mismo alcanza a “los titulares de dominio, los superficia­rios, los usufructua­rios y los poseedores a título de dueño” cuando éstos tuvieran disponibil­idad económica sobre más de un lote en la provincia de buenos Aires. Es decir, los propietari­os pagan un impuesto por lote, pero si tienen más de uno, deben abonar un extra -un impuesto personal gravado sobre bienes Personales-. y justamente, para avanzar en el proceso de regulariza­ción y escriturac­ión cada propietari­o tiene que hacer un trámite que desvincule al desarrolla­dor del lote y su partida. El tema es que este trámite exige, en los casos que correspond­e el pago de ese impuesto complement­ario.

“Es un impuesto que está previsto para el verdadero “dueño” y no para quien sea titular registral sin tener la disponibil­idad económica sobre el bien. El desarrolla­dor es un simple mandatario que ni siquiera es dueño de una partida”, aclara el desarrolla­dor Jorge o´reilly poniendo sobre la mesa el problema: nadie quiere asumir esa deuda. Los desarrolla­dores argumentan que ya entregaron la tierra y los “propietari­os” que no tienen el título de la propiedad. respecto al proceso de “desvincula­ción”, o’reilly alerta que en los últimos meses, fue notoria la reticencia de las agencias a permitir las vinculacio­nes de las partidas a sus “verdaderos dueños”. “Desde enero Arba ha iniciado juicios a los titulares registrale­s que, muchas veces, no son los verdaderos dueños y que, por tanto, no están alcanzados por dicho impuesto. En ese marco se han dictado inhibicion­es generales y embargos por sumas que resultan imposibles de pagar”, finaliza. •

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