Pedidos Ya, Rappi y Glovo apelan un fallo judicial
ciudad. Es para rever la medida que les prohíbe funcionar
Las empresas de mensajería y delivery anunciaron ayer que apelarán el fallo del juez porteño Roberto Gallardo que ordenó el viernes pasado suspender las actividades de las compañías por incumplimiento de resoluciones judiciales, mientras que desde el gobierno de la ciudad ratificaron su legalidad.
En un comunicado, Rappi, Glovo y Pedidos Ya señalaron que apelarán la medida judicial en conjunto, y confirmaron que recusaron al encargado Juzgado de Feria Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 de la ciudad de Buenos Aires.
“La empresa espera poder seguir operativa y que se respete el derecho al trabajo para continuar invirtiendo y generando un impacto positivo en los miles de repartidores y comercios que se benefician a través de la plataforma”, aseguraron desde Glovo a Télam, y agregaron que “más de 7000 repartidores generan ingresos a través de la aplicación”.
Ayer, el jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, cuestionó a Gallardo y afirmó que se trata de “empresas legalmente constituídas y que pagan sus impuestos” en un “sistema nuevo” de operaciones. “Son empresas legales, donde, con la tecnología, aparece con una nuevo modo de servicio que mucha gente usa y, además, genera muchos puestos de trabajo”, agregó el funcionario.
El viernes pasado, la Justicia porteña ordenó suspender las actividades de las empresas por incumplimiento de resoluciones judiciales. La Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (Asimm) fue la que inició la causa contra las plataformas ante el Juzgado de Primera Instancia porteño pidiendo la regularización del servicio de mensajería, y solicitó una medida cautelar para que Rappi, Glovo y Pedidos Ya cumpla con las disposiciones judiciales.
La medida fue aceptada por el juez Gallardo, que dictó sucesivos fallos controvertidos contra la ciudad. El magistrado dispuso, además, que la Policía de la Ciudad “decomise” las mercaderías que trasladan las empresas “que no respeten íntegramente los requisitos legales y judiciales”.
Además, determinó que “las empresas autodenominadas plataformas serán sancionadas con el pago de $10.000 por cada infracción verificada”, y que sean “bloqueadas de inmediato las operatorias mediante tarjetas de crédito de las empresas mencionadas, conforme la orden impartida a la autoridad crediticia”.
Gallardo explicó que su decisión surge del “incumplimiento” de las empresas de presentar la documentación, como lo ordenó la Justicia hace siete meses. Asimm ya había obtenido fallos favorables en el juzgado de origen y en la Cámara de Apelaciones. Ahora, en su fallo, Gallardo recuerda que las empresas deben acreditar que el personal posee libreta sanitaria vigente y las constancias de regularidad laboral, seguros y ART.