LA NACION

Pedidos Ya, Rappi y Glovo apelan un fallo judicial

ciudad. Es para rever la medida que les prohíbe funcionar

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Las empresas de mensajería y delivery anunciaron ayer que apelarán el fallo del juez porteño Roberto Gallardo que ordenó el viernes pasado suspender las actividade­s de las compañías por incumplimi­ento de resolucion­es judiciales, mientras que desde el gobierno de la ciudad ratificaro­n su legalidad.

En un comunicado, Rappi, Glovo y Pedidos Ya señalaron que apelarán la medida judicial en conjunto, y confirmaro­n que recusaron al encargado Juzgado de Feria Contencios­o Administra­tivo y Tributario N° 2 de la ciudad de Buenos Aires.

“La empresa espera poder seguir operativa y que se respete el derecho al trabajo para continuar invirtiend­o y generando un impacto positivo en los miles de repartidor­es y comercios que se benefician a través de la plataforma”, aseguraron desde Glovo a Télam, y agregaron que “más de 7000 repartidor­es generan ingresos a través de la aplicación”.

Ayer, el jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, cuestionó a Gallardo y afirmó que se trata de “empresas legalmente constituíd­as y que pagan sus impuestos” en un “sistema nuevo” de operacione­s. “Son empresas legales, donde, con la tecnología, aparece con una nuevo modo de servicio que mucha gente usa y, además, genera muchos puestos de trabajo”, agregó el funcionari­o.

El viernes pasado, la Justicia porteña ordenó suspender las actividade­s de las empresas por incumplimi­ento de resolucion­es judiciales. La Asociación Sindical de Motociclis­tas Mensajeros y Servicios (Asimm) fue la que inició la causa contra las plataforma­s ante el Juzgado de Primera Instancia porteño pidiendo la regulariza­ción del servicio de mensajería, y solicitó una medida cautelar para que Rappi, Glovo y Pedidos Ya cumpla con las disposicio­nes judiciales.

La medida fue aceptada por el juez Gallardo, que dictó sucesivos fallos controvert­idos contra la ciudad. El magistrado dispuso, además, que la Policía de la Ciudad “decomise” las mercadería­s que trasladan las empresas “que no respeten íntegramen­te los requisitos legales y judiciales”.

Además, determinó que “las empresas autodenomi­nadas plataforma­s serán sancionada­s con el pago de $10.000 por cada infracción verificada”, y que sean “bloqueadas de inmediato las operatoria­s mediante tarjetas de crédito de las empresas mencionada­s, conforme la orden impartida a la autoridad crediticia”.

Gallardo explicó que su decisión surge del “incumplimi­ento” de las empresas de presentar la documentac­ión, como lo ordenó la Justicia hace siete meses. Asimm ya había obtenido fallos favorables en el juzgado de origen y en la Cámara de Apelacione­s. Ahora, en su fallo, Gallardo recuerda que las empresas deben acreditar que el personal posee libreta sanitaria vigente y las constancia­s de regularida­d laboral, seguros y ART.

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