LA NACION

Confirman la inhabilita­ción a Guillermo Moreno

La Cámara de Casación rechazó un recurso que había presentado el exsecretar­io.

-

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó ayer un recurso extraordin­ario presentado por el exsecretar­io de Comercio Guillermo Moreno, a raíz de la condena a dos años y medio de prisión en suspenso e inhabilita­ción absoluta perpetua para desempeñar cargos públicos, por los ataques contra Clarín.

El exfunciona­rio peronista pretendía que la Corte Suprema de Justicia revisara la condena que le aplicó el máximo tribunal penal del país por destinar unos $185.000 del Estado para comprar banderitas, volantes, globos y otros elementos, con frases como “Clarín miente”.

La Cámara de Casación cerró por mayoría el camino para llegar a la Corte, al rechazar por “inadmisibl­e” el recurso extraordin­ario. Igual suerte corrieron las presentaci­ones similares presentada­s por las defensas de dos exdirectiv­os del Mercado Central Fabián Dragone y el exgerente Guillermo Cosentino, quienes recibieron la misma pena.

Los hechos juzgados ocurrieron entre enero de 2011 y diciembre de 2013 cuando, según pruebas evaluadas en la causa, Moreno y los demás imputados habrían organizado con fondos del Estado el armado del cotillón contra Clarín.

En octubre de 2017 el Tribunal Oral Federal (TOF) N° 5 consideró a Moreno “coautor penalmente responsabl­e del delito de peculado” y le aplicó la condena, junto a Dragone y a Cosentino. La sentencia contra Moreno y los exfunciona­rios del gobierno kirchneris­ta incluye la obligación de restituir los fondos sustraídos al erario público.

El 17 de mayo pasado, los camaristas Mariano Borinsky y Juan Gemignani ratificaro­n el fallo, en tanto que Ana María Figueroa votó por la absolución del exfunciona­rio, al sostener que los hechos imputados no constituía­n delito y estaban amparados por el derecho a la libertad de expresión.

Ahora, los camaristas Borinsky y Javier Carbajo desestimar­on los argumentos de las defensas, que pretendían llegar a la Corte por considerar que las sentencias habían sido arbitraria­s y violatoria­s de garantías constituci­onales, como el derechos al debido proceso y la libertad de expresión.

El supuesto de arbitrarie­dad “no se ha demostrado, ni se advierte en este caso”, argumentar­on los jueces Borinsky y Carbajo. Para la camarista Figueroa, en cambio, se debieron conceder los recursos extraordin­arios para que la sentencia del TOF 5 sea revisada por la Corte Suprema.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Argentina