Bono de hasta $20.000 para incentivar el turismo
Podrán acceder a él las familias que no superen un ingreso equivalente a cuatro salarios mínimos
El Gobierno reglamentó ayer la ley de sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística nacional, que contempla una batería de medidas destinadas a estimular uno de los sectores más golpeados por la pandemia de coronavirus y prácticamente paralizado desde hace siete meses.
Si bien el punto más resonante de la ley es el plan de preventa –que genera un crédito del 50% de lo gastado en las reservas hechas este año para viajar por el país en 2021–, la norma incluye otros instrumentos, sobre los que el decreto 795/2020, publicado en el Boletín Oficial, trajo más detalles. Uno de ellos es el “bono fiscal vacacional”.
Se trata de un aporte de hasta $20.000 que se les dará a las familias con ingresos no superiores al equivalente a cuatro veces el monto del salario mínimo, vital y móvil ($16.875) para que puedan utilizarlo en servicios de turismo nacional.
Según pudo saber la nacion, este mecanismo terminará de ajustarse en los próximos meses, dado que, a diferencia del plan Previaje, que ya está activo, el bono entrará en vigor a partir de enero de 2021. En Turismo buscarán que sirva como un incentivo para viajar fuera de la temporada alta y a los destinos menos concurridos del país.
Según se desprende del decreto, el programa operará un límite máximo de $2000 millones, que se asignará conforme al orden de presentación de las solicitudes, con un monto máximo de $20.000, lo que quiere decir que podría alcanzar a 1 millón de grupos familiares. Ese monto, que será dinero electrónico y no billetes, podrá ser utilizado solo para servicios vinculados al turismo dentro del territorio nacional, contratados mediante prestadores registrados.
Acceder al beneficio no parece un trámite del todo sencillo. Para poder solicitarlo, el o la integrante del grupo familiar deberá “acreditar de modo fehaciente, o manifestar con carácter de declaración jurada” ante el Ministerio de Turismo tres condiciones. Por un lado, la composición de su grupo familiar; por otro, los ingresos mensuales netos totales del grupo (que no podrán exceder los cuatro salarios mínimos o el monto que resulte de multiplicar el valor del salario mínimo por la cantidad de integrantes del grupo familiar, el que resulte menor) y, por último, “toda otra información” que pueda requerir el ministerio.
Por otro lado, el texto detalla que se considerará grupo familiar al integrado por el o la solicitante en forma unipersonal si vive solo, o incluirá a su cónyuge e hijos menores de 18 años convivientes.
El importe de los bonos deberá ser recibido como medio de pago total o parcial del servicio contratado y será utilizado por las empresas como crédito contra obligaciones tributarias. Puntualmente, puede utilizarse para pagar IVA y contribuciones patronales. De existir un remanente que exceda esas obligaciones, el monto a favor podrá ser utilizado en los próximos pagos, hasta el 31 de diciembre de 2021. Después de esa fecha, si todavía quedara un excedente sin usar, podrá solicitarse a la AFIP que el crédito sea transferido a otras personas.