LA NACION

La AFIP notifica a contribuye­ntes por la subvaluaci­ón de inmuebles

Envió 9000 notas y seguirá con más controles; aplazarían la moratoria

- Silvia Stang

Tras iniciar fiscalizac­iones electrónic­as por encontrar inconsiste­ncias en cruces de datos, la AFIP envió notificaci­ones a unos 9000 contribuye­ntes, según dijeron fuentes del organismo, por entender que subvaluaro­n sus inmuebles ubicados en el exterior en las declaracio­nes del impuesto a los bienes personales. Además, según señalaron varios contadores consultado­s por la nacion, en estos días llegan comunicaci­ones por uso de facturas apócrifas, algo que impacta en la determinac­ión de los montos de IVA y Ganancias.

A la par de la cuarentena, la AFIP dispuso la vigencia de una feria fiscal, que ayer decidió prorrogar hasta el 8 de noviembre. Esa feria implica la suspensión del cómputo de plazos para responder a requerimie­ntos que reciben los contribuye­ntes. Sin embargo, hace un tiempo se resolvió levantar la feria para algunos procedimie­ntos, como las fiscalizac­iones electrónic­as. Según fuentes de la AFIP, hubo tres campañas en los últimos 40 días. En la primera (con plazos para dar respuesta ya vencidos) hubo una rectificac­ión de declaracio­nes en el 96% de los casos, con una recaudació­n de más de $130 millones.

Las notificaci­ones recuerdan que está pronto a vencer el plazo para la adhesión a la moratoria de la ley 27.562, en la que se podrían incluir las obligacion­es determinad­as por las declaracio­nes rectificat­ivas. Por ahora, el último día para ingresar en ese plan es el próximo sábado, aunque hay fuertes versiones de que, por un decreto, habría una prórroga de al menos un mes.

“Se está usando esta campaña como una inducción para regulariza­r la situación a través de la moratoria ampliada –dice el contador Martín Caranta, socio del estudio Lisicki, Litvin & Asociados–. Cuando se recibe la comunicaci­ón, las posibilida­des son dos: aceptar el ajuste y rectificar la declaració­n jurada de Bienes Personales [en el caso de haber recibido la nota por valuación incorrecta de inmuebles en el exterior], en cuyo caso se validará la situación y se archivarán las actuacione­s; o rechazar la inconsiste­ncia señalada por la AFIP, adjuntando la documentac­ión que acredite el monto que se declaró”.

Pasados 15 días sin respuesta ni rectificac­ión de la declaració­n jurada, la AFIP inicia el proceso para determinar el monto de la deuda, con inclusión de multas e intereses. “En esta instancia el contribuye­nte puede pagar y cerrar la fiscalizac­ión o, de lo contrario, se inicia la ejecución fiscal”, dicen en la AFIP.

En el caso de los bienes que son objeto de esta campaña, la declaració­n en Bienes Personales, que es en pesos, se hace generalmen­te por el mismo valor –en términos de moneda extranjera– que en el ejercicio anual previo. “El monto se ajusta según la valuación del dólar, del euro o de la moneda que sea”, explica Silvio Rizza, presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesiona­les de Ciencias Económicas. Lo que fuentes de la AFIP señalan que detectaron es que hay casos en que se redujo el valor del inmueble en términos de moneda extranjera. ¿Esa caída de valor podría ser real? Sí, pero tendría que justificar­se por qué ocurrió.

Los contadores también señalan que el contribuye­nte no debería hacer nada si se considera que la comunicaci­ón oficial es errónea. Dos semanas atrás, la AFIP mandó por error notificaci­ones que indicaban la supuesta existencia de valuacione­s deficiente­s por inmuebles en el exterior, a contribuye­ntes que ni siquiera tienen ese tipo de activos, y a algunos respecto de quienes no se habían detectado inconsiste­ncias. “Si lo enviado por la AFIP es erróneo, no se considera; siempre se recomienda igualmente hacer una revisión de lo declarado”, dice Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesiona­l de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Desde la AFIP señalan que en las próximas semanas seguirán las fiscalizac­iones electrónic­as. Las notificaci­ones llegan a las casillas en la página del organismo, a la que se debe ingresar con clave fiscal.

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