El fallo puede desatar un incierto efecto dominó en medio centenar de jueces
La sentencia alcanza a decenas de magistrados que fueron movidos de un lugar a otro desde la década del noventa hasta el presente
La Corte Suprema de Justicia tiró ayer la primera ficha de un dominó que puede causar un amplio sacudón en el Poder Judicial. Por mayoría, determinó que donde hasta ahora decía “traslado” ahora debe leerse “subrogancia”. Y donde decía “inamovible” ahora debe leerse lo contrario: “Trasladable”. ¿Cómo? ¿Por qué? Porque la sentencia de ayer aborda la situación particular de los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, pero sus disposiciones van mucho más allá de ellos y alcanzan a todos los magistrados trasladados durante las últimas décadas. Hablamos de decenas desde los ya lejanos años 90.
El fallo dice, textual: “Los magistrados recurrentes en esta causa, y todos aquellos que ocupan transitoriamente cargos de la judicatura por traslado, continuarán ejerciéndolos y gozando de la garantía de inamovilidad hasta el momento en que sean designados por nombramiento los magistrados que ocupen de modo definitivo dichos cargos, luego de cumplido el proceso constitucional”. Es decir, concursos tramitados por el Consejo de la Magistratura, posterior propuesta del Presidente y acuerdo del Senado.
¿Qué significa en la práctica? Que habrá que revisar la situación de al menos 56 traslados dispuestos durante las últimas décadas. ¿Significa que todos ellos deberán volver a sus estrados originales? Habrá que analizar caso por caso. Para empezar, porque varios de esos magistrados optaron por el retiro cuando vieron que sus jubilaciones corrían un serio riesgo con la reforma previsional más reciente. Pero también hay otros factores: hay algunas vacantes que ya fueron ocupadas por nuevos jueces, por concurso. ¿Qué hacer en esos casos? ¿Habría que esperar a que estos nuevos jueces renuncien, mueran o ganen nuevos cargos por concurso para que los anteriores ocupantes de esos cargos vuelvan a sus estrados originales?
Allí no se acaban las preguntas. ¿Qué pasará con los siete jueces trasladados a los que el Senado sí dio el acuerdo, a diferencia de lo ocurrido con Bruglia, Bertuzzi y Germán Castelli? Porque ayer, la Corte también consideró inconstitucional el Reglamento de Traslado de Jueces que el Consejo de la Magistratura reformó con la resolución 270/2019. A estas dudas y particularidades se suman otras. Es el caso de los jueces que registraron varios traslados. El caso más icónico acaso sea el de Bertuzzi: Cristina Fernández de Kirchner dispuso su primer traslado en 2010, cuando pasó de un tribunal oral federal de La Plata al N° 4 de la ciudad de Buenos Aires, para ocho años después, en 2018, juntar sus cosas otra vez para pasar a la Sala I de la Cámara Federal de Comodoro Py con la firma de Macri. ¿A cuál de los despachos debe volver Bertuzzi?
Allí no se acaba la letra chica. Porque entre los jueces trasladados también figuran algunos conocidos, como Federico Villena, el juez federal que hoy trabaja en Lomas de Zamora y que instruyó una de las causas por espionaje macrista, o Eduardo Farah, el entonces camarista vinculado al auditor general y operador judicial Javier Fernández, que en 2018 pidió su traslado tras haber dispuesto la excarcelación de Cristóbal López. Pero también otros tres magistrados que hoy ocupan los juzgados con la siempre sensible competencia electoral en Jujuy, Chaco y Misiones. Dentro de la Corte reconocían anoche que el fallo que tanto esfuerzo le costó urdir –sin lograr que saliera por unanimidad– podía conllevar “efectos colaterales”, como lo caracterizaron junto a un ministro del tribunal, o un verdadero “terremoto”, como lo calificaron de manera más dramática en otro de los máximos despachos del Palacio de Tribunales.