Rosenkrantz votó en soledad en favor de los dos jueces
Se inclinó por la continuidad de Bruglia y Bertuzzi en sus cargos
Carlos Rosenkrantz presidente de la corte suprema
presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, avaló en un voto solitario que los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi permanezcan en sus cargos en la Cámara Federal y ordenó al Consejo de la Magistratura “cesar de inmediato en cualquier acto destinado a desplazarlos”.
Rosenkrantz mantuvo la posición que había fijado la Corte Suprema hace dos años. Aludió en un primer punto al régimen de traslados y dijo que se trata de una práctica que tiene más de setenta años, ya validada por la Corte. “La posibilidad de que una vacante en un tribunal de la Nación sea cubierta por el traslado de un juez ya nombrado en otro tribunal de la Nación ha sido validada por esta Corte y surge de una práctica institucional de más de siete décadas”, escribió Rosenkrantz.
También enfatizó que los traslados no afectan el principio de inamovilidad de los jueces. “Es indiscutible que un juez trasladado con sujeción a las pautas constitucionales y reglamentarias vigentes al momento de su traslado tiene la garantía de inamovilidad establecida por el artículo 110 de la Constitución.
Esa garantía consiste, como surge del propio texto constitucional, en el derecho de los magistrados a permanecer en sus empleos mientras dure su buena conducta y obviamente comprende el derecho a no ser trasladado a otro cargo sin su consentimiento”, dijo en su voto.
Objetó, en otro punto, que el Consejo invalidó retroactivamente los traslados, ya que empleó criterios que no estaban vigentes cuando estos fueron realizados. “El Consejo decidió que una nueva regulación de traslados tendría efectos retroactivos sobre traslados ya cumplidos y consolidados y que, por lo tanto, habían generado derechos para los magistrados trasladados”, introdujo Carlos Rosenkrantz en este punto.
“La consecuencia –agregó– de la aplicación retroactiva de un nuevo criterio para el traslado de magistrados es que la permanencia de los jueces Bertuzzi y Bruglia en los cargos que desempeñan en la Cámara de Apelaciones quedó enteramente sujeta a la decisión discrecional del Poder Ejecutivo y, en su caso, del Senado, lo cual importó –tal como se dejó establecido precedentemente– una vulneración manifiesta de su respectivo derecho a permanecer en tales cargos mientras dure su buena conducta (artículo 110 de la Constitución)”.
Por eso, entre otros motivos, el presidente de la Corte consideró que la resolución 183 del Consejo, que estableció que los traslados debían ser revisados por el Senado, es irregular.