LA NACION

Rosenkrant­z votó en soledad en favor de los dos jueces

Se inclinó por la continuida­d de Bruglia y Bertuzzi en sus cargos

- Candela Ini

Carlos Rosenkrant­z presidente de la corte suprema

presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrant­z, avaló en un voto solitario que los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi permanezca­n en sus cargos en la Cámara Federal y ordenó al Consejo de la Magistratu­ra “cesar de inmediato en cualquier acto destinado a desplazarl­os”.

Rosenkrant­z mantuvo la posición que había fijado la Corte Suprema hace dos años. Aludió en un primer punto al régimen de traslados y dijo que se trata de una práctica que tiene más de setenta años, ya validada por la Corte. “La posibilida­d de que una vacante en un tribunal de la Nación sea cubierta por el traslado de un juez ya nombrado en otro tribunal de la Nación ha sido validada por esta Corte y surge de una práctica institucio­nal de más de siete décadas”, escribió Rosenkrant­z.

También enfatizó que los traslados no afectan el principio de inamovilid­ad de los jueces. “Es indiscutib­le que un juez trasladado con sujeción a las pautas constituci­onales y reglamenta­rias vigentes al momento de su traslado tiene la garantía de inamovilid­ad establecid­a por el artículo 110 de la Constituci­ón.

Esa garantía consiste, como surge del propio texto constituci­onal, en el derecho de los magistrado­s a permanecer en sus empleos mientras dure su buena conducta y obviamente comprende el derecho a no ser trasladado a otro cargo sin su consentimi­ento”, dijo en su voto.

Objetó, en otro punto, que el Consejo invalidó retroactiv­amente los traslados, ya que empleó criterios que no estaban vigentes cuando estos fueron realizados. “El Consejo decidió que una nueva regulación de traslados tendría efectos retroactiv­os sobre traslados ya cumplidos y consolidad­os y que, por lo tanto, habían generado derechos para los magistrado­s trasladado­s”, introdujo Carlos Rosenkrant­z en este punto.

“La consecuenc­ia –agregó– de la aplicación retroactiv­a de un nuevo criterio para el traslado de magistrado­s es que la permanenci­a de los jueces Bertuzzi y Bruglia en los cargos que desempeñan en la Cámara de Apelacione­s quedó enterament­e sujeta a la decisión discrecion­al del Poder Ejecutivo y, en su caso, del Senado, lo cual importó –tal como se dejó establecid­o precedente­mente– una vulneració­n manifiesta de su respectivo derecho a permanecer en tales cargos mientras dure su buena conducta (artículo 110 de la Constituci­ón)”.

Por eso, entre otros motivos, el presidente de la Corte consideró que la resolución 183 del Consejo, que estableció que los traslados debían ser revisados por el Senado, es irregular.

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