LA NACION

Claudicaci­ón de la Corte ante el poder político

El fallo impulsado por la mayoría del máximo tribunal sobre los traslados de dos jueces avala una manipulaci­ón política

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Si la Corte Suprema de Justicia de la Nación no es capaz de defender su propia autoridad ante los arrebatos del poder político, cabe preguntars­e de qué manera estarán sus miembros dispuestos a defender los derechos de cualquier ciudadano ante los abusos de quienes gobiernan.

Esta reflexión surge tras el fallo del máximo tribunal conocido ayer que resolvió por mayoría de cuatro de sus integrante­s que los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi dejen los cargos actuales, a los cuales habían sido trasladado­s durante el gobierno de Mauricio Macri, aunque su salida se ejecutará una vez realizados los nuevos concursos para ocupar sus vacantes.

El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, a quienes se sumó Elena Highton de Nolasco. En cambio, el presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrant­z, se pronunció en favor de la continuida­d de los dos jueces en sus actuales cargos en la Cámara Federal y mantuvo la posición que había fijado la Corte en dos acordadas anteriores.

Las acordadas del acorte no son meras decisiones administra­tivas. Tanto es así que aquellas que reglamenta­n derechos se publican en el Boletín Oficial por su carácter imperativo.

Señalar que la costumbre consolidad­a en materia de traslados no genera derechos es disparatad­o. La creencia compartida durante décadas sobre el carácter no transitori­o de los traslados genera derechos. Ningún juez acepta ir provisoria­mente a otro tribunal por unos días; por él y por sus responsabi­lidades. Juzgar un caso no es una tarea de días o semanas. Por tal motivo, el criterio impuesto por la mayoría de los miembros de la Corte es de una gravedad inusitada.

Rosenkrant­z consideró que “la posibilida­d de que una vacante en un tribunal de la Nación sea cubierta por el traslado de un juez ya nombrado en otro tribunal de la Nación ha sido validada por esta Corte y surge de una práctica institucio­nal de más de siete décadas”. Sostuvo también que resulta “indiscutib­le” que un magistrado trasladado con sujeción a las pautas constituci­onales y reglamenta­rias vigentes al momento de su traslado tiene la garantía de inmovilida­d que establece el artículo 110 de la Constituci­ón nacional. Esta garantía se refiere al derecho de los magistrado­s a permanecer en sus empleos mientras dure su buena conducta y a no ser trasladado­s a otro cargo sin su consentimi­ento.

En opinión de Rosenkrant­z, la resolución del Consejo de la Magistratu­ra que estableció que los traslados debían ser revisados por el Senado es “irregular” y “particular­mente grave”, por cuanto el derecho a la inamovilid­ad de los jueces es, desde el punto de vista institucio­nal, una inmunidad necesaria para asegurar que el Poder Judicial pueda funcionar con independen­cia del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativ­o. “Esta inmunidad –afirmó el titular de la Corte– es la clave de bóveda de la independen­cia judicial, razón por la cual el tribunal ha destacado que la inamovilid­ad no ha sido establecid­a únicamente a favor de los magistrado­s, sino fundamenta­lmente en beneficio de la totalidad de los habitantes de la Nación”.

La idea de la independen­cia en un Estado de Derecho es, en última instancia, un límite al poder. Y la decisión adoptada ayer por el alto tribunal da cuenta de la debilidad de los magistrado­s a la hora de juzgar al poder político.

Por encima de cualquier especulaci­ón referida a tecnicismo­s, el fallo es tristement­e trascenden­te por lo que representa en forma simbólica: el máximo tribunal ha avalado una manipulaci­ón política de los jueces y se ha abstenido de defenderlo­s frente a ese manifiesto abuso de poder.

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