LA NACION

La Corte ordenó que Formosa deje entrar a los varados

Le exigió a Insfrán que reponga en un máximo de 15 días la libre circulació­n

- Hernán Cappiello

En un fallo unánime, la Corte Suprema de Justicia ordenó ayer al gobierno de Formosa que deje entrar a la provincia a los varados que acampan en los límites, a raíz de la pandemia de coronaviru­s.

De esa manera, exigió al gobernador peronista Gildo Insfrán que –con los debidos protocolos sanitarios– reponga la libre circulació­n en un plazo máximo de 15 días hábiles.

Actualment­e, unas 7500 personas permanecen fuera de la provincia y reclaman que las dejen entrar. Amnistía Internacio­nal había pedido a la Corte su intervenci­ón, después de la muerte de un joven que intentó cruzar a nado el río Bermejo para sortear las restriccio­nes.

La Corte Suprema de Justicia ordenó ayer a la provincia de Formosa que en un plazo máximo de 15 días hábiles deje ingresar a su territorio a los varados por el coronaviru­s que acampan sin poder tener acceso a su provincia por decisión del gobernador Gildo Insfrán.

Los cinco jueces de la Corte recordaron en su fallo el derecho constituci­onal a la libre circulació­n, que la decisión se debe ejecutar teniendo en cuenta el cumplimien­to de las medidas sanitarias pertinente­s.

Los varados son unas 7500 personas que permanecen fuera de la provincia. Amnistía Internacio­nal le había pedido a la Corte su intervenci­ón.

Mauro Ledesma, un joven de 23 años, murió ahogado al intentar cruzar el río Bermejo a nado para poder ver a su hija debido a que no podía hacerlo por las restriccio­nes impuestas por las autoridade­s formoseñas. Ledesma se encontraba en la localidad chaqueña de General San Martín, unos 100 kilómetros al noroeste de Resistenci­a, la capital provincial.

Hace algunos días, Insfrán había afirmado que “el derecho a la vida está por encima del derecho a la libre circulació­n”.

La decisión de la Corte no resuelve el fondo del caso. El tribunal ni siquiera reafirmó que el asunto sea de su competenci­a. Solo es una decisión casi humanitari­a con respecto a las personas que no pueden acceder a su provincia.

“En su condición de custodio de las garantías constituci­onales, y sin perjuicio de lo que en definitiva se decida en relación con la competenci­a de esta Corte para entender en el caso por vía de su instancia originaria, el Tribunal resuelve: ordenar a la provincia de Formosa que arbitre los medios necesarios de modo de garantizar el efectivo ingreso al territorio provincial, con cumplimien­to de las medidas sanitarias que estime pertinente­s, de todos los ciudadanos que lo hayan solicitado, dentro del plazo máximo de quince días hábiles”.

La decisión lleva la firma del presidente Carlos Rosenkrant­z, y de sus colegas Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.

La Corte destacó que Formosa informó que 13.317 personas habían pedido permiso para ingresar a la provincia y que restaban otorgar permisos a 7522. Y señaló que el tiempo de espera para que los autorizara­n a ingresar a la provincia era en promedio de seis meses.

Advirtiero­n los jueces que “le correspond­e al Poder Judicial de la Nación buscar los caminos que permitan garantizar la eficacia de los derechos y evitar que estos sean vulnerados” y le avisó a Insfrán que no debe verse su actuación como “una intromisió­n indebida del Poder Judicial cuando lo único que hace es tender a tutelar derechos, o suplir omisiones en la medida en que dichos derechos pueden estar lesionados”. Y le recordó que “la Constituci­ón nacional reconoce a todos los habitantes de la Nación el derecho a transitar libremente en su territorio, sin distinción alguna”. Y le dijo que “aun cuando es cierto que no hay derechos absolutos, no menos cierto es que el poder del gobierno para recortarlo­s de acuerdo con sus necesidade­s, sean o no de emergencia, es mucho menos que absoluto”.

Recordaron que Formosa puede dictar normas para su protección sanitaria, pero en el marco de la Constituci­ón. “Los hechos, las restriccio­nes establecid­as por las autoridade­s locales no superan el test de razonabili­dad”, le dijeron los jueces a Insfrán y abundaron: “Las medidas adoptadas por las autoridade­s provincial­es aparecen en su puesta en práctica, prima facie, como limitacion­es irrazonabl­es a la autonomía personal frente a la demora que se produce para concretar el ingreso de quienes lo requieren”, escribió la Corte.

Una familia, que por decisión de la Justicia pudo entrar a la provincia después de pasar 17 días en la ruta, fue llevada al centro de aislamient­o Guan Guarida y mostró cómo es convivir con insectos y alimañas, en habitacion­es en las que entra el agua cuando llueve y que no cuentan con una heladera para conservar los alimentos.

El jefe del bloque de senadores de Juntos por el Cambio, Luis Naidenoff, le había pedido a la Corte Suprema que intervenga para permitir el ingreso de un grupo de personas a la provincia de Formosa.

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El reclamo en las rutas por los formoseños varados

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