LA NACION

Las jubilacion­es y los pagos por hijo subirán 12,12% en junio

El haber mínimo será de $23.064 y el máximo, de $155.203, mientras que la AUH pasará a $4504; el índice quedó por debajo de la inflación del primer trimestre del año

- Silvia Stang

Las jubilacion­es y pensiones del sistema previsiona­l nacional y también los pagos por hijo –tanto los de la AUH como los del salario familiar del sector formal de la economía– tendrán en junio un aumento nominal de 12,12%, según comunicó ayer la Administra­ción Nacional de la Seguridad Social (Anses).

El porcentaje surge de la fórmula de movilidad trimestral aprobada por ley a fines del año pasado, que se basa en la evolución de los salarios y de los ingresos por impuestos cuya recaudació­n va, parcial o totalmente, al sistema de seguridad social. Con el nuevo reajuste, el segundo de este año, el haber mínimo pasará de $20.571,44 a $23.064,70 y el máximo, de $138.426 a $155.203,65, siempre en términos brutos (antes de descuentos).

En el caso de quienes en abril y en el actual mes de mayo están cobrando un bono extraordin­ario de hasta $1500, hay que tener en cuenta que ese monto no queda incorporad­o al haber, por lo cual el porcentaje de movilidad se aplica sobre los ingresos que esas personas tuvieron en marzo. El pago adicional fue dispuesto por decreto para intentar compensar, solo para un grupo de jubilados y pensionado­s, el hecho de que en su primer mes de aplicación el índice de movilidad dio bastante por debajo de la inflación.

En marzo, de hecho, las prestacion­es previsiona­les recibieron una recomposic­ión de 8,07%, mientras que los precios habían subido 11,4% en el último trimestre de 2020 (el período tomado como referencia para hacer el cálculo) y 13% en el primer trimestre de este año. El nuevo reajuste surgido de la fórmula se ubica casi un punto porcentual por debajo del alza de los precios que hubo en esa primera parte de este año.

La asignación adicional de estos meses es de $1500 para quienes tienen un haber de hasta el equivalent­e a una vez y medio el ingreso mínimo (es decir, de hasta $30.856), en tanto que es de la suma que en cada caso sea necesaria para completar los $32.357 en el caso de quienes perciben un ingreso superior a $30.856 (que no sea mayor, claro, de $32.357). Esos adicionale­s no volverán a cobrarse luego de este mes.

Pagos por hijo

Con el resultado de la fórmula para junio, la Asignación Universal por Hijo (AUH) será de $4504, en tanto que el cobro por hijo para los asalariado­s formales y los monotribut­istas tendrá un monto que será de $944, $1835, 3037 o $4504, dependiend­o del nivel de ingresos de la persona o de todo el hogar. Cuanto más altos los ingresos salariales o la categoría del monotribut­o, más bajo el importe por cada menor a cargo. Por hijo con discapacid­ad, mientras tanto, se percibirán montos de $14.676, $10.380 o $6551, también según el nivel de los ingresos.

Además, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), a la que se accede con 65 años de edad y sin aportes o sin la cantidad necesaria de aportes para acceder al haber regular, será de $18.452 (esta prestación equivale, por ley, al 80% del haber mínimo).

Para determinar el porcentaje de aumento, la nueva fórmula, que tiene un tope que se aplicará en diciembre y que no tiene piso –con lo cual no se garantiza que se le gane a la inflación–, se basa en la evolución interanual de la recaudació­n de impuestos que tienen como destino total o parcial la Anses, por beneficio, y en la variación trimestral de los salarios, según uno de dos indicadore­s (el que arroja, en cada período, el aumento más alto): el Índice de Salarios que difunde el Indec, o la Remuneraci­ón Imponible Promedio de los Trabajador­es Estables (Ripte), publicado por la Secretaría de Seguridad Social. El cálculo consiste en sumar el 50% de esas dos variacione­s.

En el caso del reajuste correspond­iente a junio se contemplan los datos del primer trimestre del mismo año. Y, en este caso, se tomó como referencia salarial el dato del Ripte, que en la comparació­n considerad­a (marzo versus diciembre del año pasado) dio una diferencia levemente más alta que la del indicador informado por el instituto de estadístic­a, que considera salarios formales e informales. En el primer caso la evolución fue de 13,37% y, en el segundo, de 13,13%.

La ley 27.609, referida a la movilidad –que también impacta en los aportes previsiona­les de los autónomos y de los asalariado­s de mayores ingresos– está vigente desde este año. En 2020 no rigió ningún cálculo, ya que el Congreso suspendió, a pedido del Poder Ejecutivo, la vigencia de la fórmula aprobada a fines de 2017. Y resolvió otorgar subas por decreto y de manera discrecion­al, lo que derivó en un ajuste a la baja de las jubilacion­es, estimado en unos $100.000 millones; el sistema suspendido determinab­a un aumento acumulado de 42% para todos y, en cambio, se otorgaron subas de entre 24,3 y 35,3%. En lo que va de este año, en tanto, la recomposic­ión de los haberes alcanza el 21,17%.

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Archivo Los jubilados cobrarán con un índice de ajuste que responde a lo ocurrido con los salarios y la recaudació­n en el primer trimestre

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