LA NACION

Se suman fallos en la Justicia que frenan las subas de las prepagas

Una jueza federal de San Martín dictó una cautelar en favor de una jubilada de 84 años; la sentencia ordena suspender los ajustes

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A poco más de dos meses de que el Gobierno dictara el DNU que desregula el sector de las prepagas y habilitaba aumentos en los planes de salud, en la Justicia comenzaron a aparecer fallos que ordenan dejar sin efecto o limitar esos ajustes.

Luego de una medida cautelar dictada en favor de un centenar de personas del plan de salud del Hospital Italiano (la Sociedad Italiana de Beneficenc­ia de Buenos Aires), se sumó un nuevo fallo en favor de una clienta de la empresa Cobermed que ordena un freno a los aumentos que la firma de salud privada había aplicado luego de la entrada en vigor del decreto de necesidad y urgencia 70/23.

En su escrito, la jueza federal Martina Isabel Forns, del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencios­o Administra­tivo de San Martín, resolvió “hacer lugar a la medida cautelar solicitada” por una usuaria y ordenó a la empresa que “hasta tanto se acredite en la presente algún pronunciam­iento de la autoridad de aplicación” del sector “se abstenga de aplicar los aumentos realizados”.

De esta manera, la jueza dispone suspender la desregulac­ión aplicada por el DNU y establecer en el 8,51% el máximo de ajuste mensual que puede implementa­rse en los planes de salud privada.

Su resolución refiere a la última resolución del Ministerio de Salud previa al DNU, que establecía ese porcentaje de aumento “desde enero y por cada período mensual subsiguien­te”.

El fallo de la jueza Forns se da en favor de la usuaria Rosa Di Sanzo, de 84 años, quien, patrocinad­a por el abogado Santiago Deluca, se presentó ante la Justicia para intentar revertir los aumentos del 65% y del 35% que había experiment­ado su plan de salud en los dos primeros meses de este año.

Entre los consideran­dos, la jueza informa que “en total entre la cuota de diciembre de 2023 y la de febrero de 2024 existe un aumento del más del 100%” y que los haberes mensuales de Di Sanzo “como jubilada ascienden a la suma de $123.416, por lo que le resulta imposible poder abonar el plan de salud”.

De acuerdo con el planteo de la jueza, la ley 26.682, que regula el sector de la medicina prepaga, establece que la Superinten­dencia de Servicios de Salud o el Ministerio de Salud de la Nación son la autoridad de aplicación y “la única institució­n capaz de autorizar un aumento de cuota”, y si bien advierte que el DNU derogó parte de esa ley, esa desregulac­ión implicó “falta de fiscalizac­ión de las empresas de medicina prepaga” y “la no exigencia de solicitar autorizaci­ón por parte de las mismas”.

Este no fue el primer fallo de la jueza Forns que afecta el sector. En enero pasado, la magistrada había dictado una sentencia a favor de otra afiliada del plan de salud del Hospital Italiano. Luego, esa resolución fue “extendida con carácter colectivo a todas las causas de futuros adherentes que se encuentren en las mismas circunstan­cias, con aumentos de cuota similares por parte de la demandada”.

Fuertes incremento­s

El DNU 70, que publicó el gobierno de Javier Milei en diciembre pasado, dispuso que el Estado ya no interviene dando autorizaci­ón para los aumentos de cuotas de los planes de salud.

En virtud de esa decisión del oficialism­o, los precios subieron un 40% en enero y entre 25% y 30% en febrero, en tanto que ya se anunciaron reajustes de entre 11% y 23% para este mes.

Hasta 2023, los precios de estos servicios estaban regulados y las entidades privadas solamente podían aplicar subas según los porcentaje­s autorizado­s, que, a su vez, dependían de un índice de costos de salud publicado por la Superinten­dencia de Servicios de Salud.ß

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Archivo Los precios se incrementa­ron un 40% en enero, y entre 25% y 30% el mes pasado

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