La Nueva Domingo

Un fallo salomónico

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SE DICE, con una gran cuota de certeza, que la justicia tardía no es justicia. La aseveració­n tiene mucho de valedero, aunque tampoco puede negarse que nunca es tarde cuando la dicha es buena. Ese es el caso, de alguna manera, del reciente fallo que favoreció a la actriz Beatriz Salomón, en un juicio iniciado en 2004, en un caso que en su momento alcanzó gran difusión en el país.

La Justicia ordenó compensar a Beatriz Salomón por un sonado episodio ocurrido en el año 2004.

NO SE puede decir que se trató de un fallo salomónico, en el sentido de haberlo resuelto de una manera tajante para dirimir un conflicto entre partes (el adjetivo deriva del personaje bíblico Salomón, hijo de David) pero finalmente puso punto final a un problema que parecía no encontrar una solución justa y necesaria.

LA DISCUSIÓN comenzó en 2004, cuando el programa periodísti­co Punto.doc puso al aire un informe con cámara oculta en el que se vio al marido de Salomón, el medido cirujano Ferriols, ofreciendo una rebaja en sus honorarios a una paciente a cambio de favores sexuales. Un hecho de índole privada, más allá del juicio ético o moral que cada uno pueda ensayar.

LA FILMACIÓN fue presentada en el mencionado programa, y luego fue puesta al aire por los periodista­s Jorge Rial y Luis Ventura, quienes además lo hicieron con el matrimonio presente en el estudio. Ambos desconocía­n la existencia de ese material y debieron sufrir una situación bochornosa.

LO OCURRIDO tuvo consecuenc­ias nefastas para la pareja, ya que derivó en su separación. También puso en riesgo la situación de las dos hijas del matrimonio, adoptadas unos años antes, cuya tenencia todavía no era firme.

EL JUZGADO en lo Civil intervinie­nte condenó ahora a la productora y a los mencionado­s periodista­s al pago de 14 millones de pesos, monto que casi se duplica tomando en cuenta los intereses. Un fallo que fue definido como “ejemplar” por la abogada de Salomón, al mencionar que “le reconoce a la familia la violación a la intimidad, el daño moral y el daño que los niños han sufrido. La libertad de expresión no tiene que ver con la intimidad y con agraviar a las personas”.

NO DEJA de ser interesant­e el fallo, el límite que la justicia en muchos casos debe establecer a la intromisió­n de ciertas personas en las vidas de las otras, a hacerlas públicas y a no medir el daño que ocasionan movidos por ansia de escándalo y audiencia. Menos, cuando sobre esos mismos periodista­s trasciende­n conductas mucho más condenable­s y enfrentada­s con la ética.

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