La fiscalía fijó criterios para los pedidos de penas
Establecieron pautas para los representantes del Ministerio Público al momento de solicitar sanciones.
Una serie de consideraciones y parámetros estableció el fiscal general Juan Pablo Fernández con el objetivo de unificar criterios al momento que los representantes del Ministerio Público soliciten penas para los imputados en un juicio.
La Instrucción Fiscal 129 establece pautas que deberán contemplar, como por ejemplo tener en cuenta el término medio entre el monto mínimo y máximo que establece el Código Penal, para luego analizar las circunstancias probadas, y reducir o aumentar la condena requerida si concurren agravantes o ate- nuantes.
“El pedido de pena de un fiscal es la primera pauta mensuradora que tiene un juez”.
Fernández también sostuvo que "desde hace mucho tiempo se aplica la pena condicional de una forma automatizada, pero el artículo 26 del Código Penal establece que cuando se trata de una primera condena a menos de tres años de prisión, es una excepción que debe fundarse, bajo sanción de nulidad, en determinadas circunstancias que tornen inconveniente el cumplimiento efectivo”.
Por eso, decidió que al requerir la aplicación de una pena de ese tipo, los fiscales tendrán que mencionar las agravantes o atenuantes que consideran para individualizar la clase y monto de la condena.
“Apuntamos a corregir esa automatización y, sobre todo, a tener en cuenta que las penas tienen fin preventivo y están hechas para cumplirlas. Había disparidad de criterios no sólo en lo jurisdiccional, sino también respecto de las sanciones solicitadas”, indicó.
Luego mencionó que en la instrucción se establecen límites para la contemplación del acuerdo de juicio abreviado como un atenuante.
“Se debe valorar dentro de parámetros lógicos y no llevar automáticamente al mínimo la pena solicitada. Cuando hay atenuantes y agravantes, como por ejemplo ser reincidente, el hecho no puede estar en el mínimo de la escala penal”.
Más adelante se refirió a la existencia de “prejuicios” sobre la imposición de penas a raíz de la “prédica” del exjuez de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Zaffaroni, acerca de que las condenas de poca duración “no cumplen ningún fin y generan un efecto criminógeno mayor”.
“En realidad eso no está demostrado y lo que plantea, sobre todo el derecho comparado, es que sucede lo contrario”.
“Lo que se sostiene en base a estos prejuicios es que toda pena no cumple ningún fin y es un ejercicio arbitrario del poder de grupos dominantes dentro de la sociedad sobre aquellos grupos vulnerables”, agregó.
Según Fernández, la única manera que un país mejore sus niveles de seguridad es te- ner un “sistema de reglas claras y hacerlas cumplir”.
“Quien comete un delito debe tener consecuencias que a veces se vinculan con algo escrito en un papel pero no tiene una trascendencia práctica en la vida del sancionado. Esto hay que cambiarlo”, finalizó.