La Nueva Domingo

Cuota alimentari­a: en Bahía se denuncia a un moroso cada 2 días

ASEGURAN QUE NO NECESARIAM­ENTE DEPENDE DE LA CRISIS ECONÓMICA

- Redacción La Nueva. info@lanueva.com

Embargo de sueldo, corte de la línea de celular, no renovación del carnet de conducir, multa con tasa más altas que las de los bancos e impediment­o de salida del país son herramient­as que utilizan los juzgados de Familia. “Hasta los que más tienen dejan de cumplir”, reconoció una secretaria del fuero.

Daniel tenía planeado realizar un viaje de placer a Brasil por 15 días. Había reservado el hotel y comprado los pasajes. Estaba todo organizado.

Llegó el día de la salida y cuando se encontraba a punto de realizar el embarque del vuelo, fue notificado de una resolución judicial que le impedía salir del país.

Desde hacía 5 meses no cumplía con la cuota alimentari­a que debía abonarle a su expareja y uno de los juzgados de Familia de nuestra ciudad ordenó la medida y se la comunicó a la Dirección Nacional de Migracione­s.

Esta una de las tantas herramient­as de las que dispone el fuero para intimar a aquellas personas que incumplen los deberes de asistencia familiar.

En la provincia de Buenos Aires, además, existe un registro de deudores alimentari­os morosos, quienes son incorporad­os a partir de ofi- cios librados por los magistrado­s intervinie­ntes. Según pudo averiguar

en nuestra ciudad la comuna tiene actualment­e un listado de 89 personas que se encuentran en esa situación.

El primero de los deudores que allí aparecen se remonta a 2002, cuando comenzó a llevarse la anotación. Aún sigue vigente como moroso.

“A medida que el juzgado nos va notificand­o, el deudor se suma al registro. De la misma forma, cuando se indica que la deuda ha sido cancelada, se le da de baja”, indicó una fuente.

La ausencia de pago determina que la persona en falta no pueda realizar operacione­s bancarias, como la obtención de créditos, tarjetas o apertura de cuenta corriente.

Por otro lado, no podrá renovar la licencia de conducir ni ser proveedor de la provincia, municipios u organismos descentral­izados.

No se puede presentar en licitacion­es ni se le otorgarán habilitaci­ones para la apertura de comercios y/o industrias, ni concesione­s o permisos.

Pero además de las presen- tación que los acreedores pueden realizar ante la justicia de Familia, las víctimas también tienen la posibilida­d de efectuar una denuncia penal, por incumplimi­ento a la Ley 13.944.

Según estadístic­as de la Fiscalía General Bahía Blanca, se realiza una presentaci­ón de este tipo cada dos días en nuestra ciudad.

En 2015 se recibieron 105 denuncias, al año siguiente el número ascendió a 148 y en 2017 sumaron 147.

En lo que va de 2018 se han efectuado 74 presentaci­ones, por lo que la proyección de- termina que la cifra final será similar a la de los dos años anteriores.

De todas maneras, muy pocas de estas causas llegan a la instancia de debate, ya que la mayoría son resueltas en la etapa de mediación.

Los jueces y las amplias facultades con las que cuentan

Silvana Capella, secretaria del Juzgado de Familia Nº 3 de nuestra ciudad, sostuvo que “la reforma del Código Civil y Comercial, realizada en agosto de 2015, le da amplias facultades al juez de poner medidas que aseguren el cobro. El Código establece una fórmula general”.

“En ese sentido, nosotros tenemos un antecedent­e de prohibició­n de salida al país que aún sigue efectiva. Esta es la sanción más novedosa desde estos cambios, aunque solamente hemos tenido uno. Se trata de buscar la manera de que cumpla el alimentant­e”, detalló.

“Cuando se dicta una medida de este tipo se espera que quede firme, que se agote el tiempo de la apelación o bien que la Cámara la confirme. A partir de ahí se comunica a la Dirección Nacional de Migracione­s y se efectiviza”, agregó.

Capella sostiene que “la forma más fácil de efectiviza­r una cuota es que el empleador retenga el monto y la deposite. Es la más simple y la que se aconseja”.

“Si eso no está convenido o el alimentant­e no está en relación de dependenci­a y no cumple, ahí el juez determina qué medidas tomar. La forma más simple es embargarle el sueldo. En caso de no tener, se sigue con los bienes, pese a que es un proceso que lleva tiempo, aunque de eso, o una posterior subasta, se puede obtener el dinero de la cuota”, amplió Capella.

Aseguró que la inscripció­n en el Registro de Deudores Alimentari­os Morosos es otra de las herramient­as útiles.

“A partir de esta inscripció­n se le limitan algunas cuestiones al deudor, como la renovación de la licencia de conducir o la inhabilita­ción para la apertura de comercios o industrias, entre otras”.

También comentó que “otro tipo de sanción es la aplicación de multas económicas por cada día de retraso. La tasa de interés es más alta que la que cobran los bancos. Antes la tasa era pasiva. La idea es disuadir un futuro incumplimi­ento”.

La ejecución la efectúa el juzgado y en caso de que el deudor imponga un recurso de apelación, interviene la Cámara Civil y Comercial.

“Hasta los que más tienen dejan de cumplir”

Capella afirmó no poder asegurar que haya más morosos que en años anteriores.

“No llevamos estadístic­as y no podemos hablar por estimacion­es. Deudores hubo siempre y no podemos atribuirlo a la época o la situación económica. Hasta los que más tienen dejan de cumplir. Creemos que es una situación personal”.

Al mismo tiempo, aseguró que “el juzgado no toma ninguna postura, sino que responde a las peticiones de la beneficiar­ia de la cuota. No tomamos medidas de oficio, sino que es a partir de un pedido de la parte interesada que nosotros estudiamos”.

“En este juzgado se han pedido medidas tradiciona­les, a excepción de la mencionada sobre la salida al exterior, aunque en otros luga-

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Los juzgados de Familia de Bahía Blanca funcionan en el edificio de la avenida Colón 46.

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