La Nueva Domingo

Maltrato animal: confirman la condena por el caso “Rubia”

La pena de ocho meses de prisión en suspenso para un hombre que abandonó a una perra, que pasó por un grado de extrema desnutrici­ón antes de morir, fue ratificada por la justicia.

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Durante los primeros días de mayo de 2016, en Pueblo Santa María, Coronel Suárez, Pablo Omar Mayer le pidió a su compañero de trabajo Carlos Vázquez que le regalara a "Rubia", su perra de raza pitbull. Vázquez accedió, pero con algunas condicione­s: "Si se te complica y no la podés cuidar, me la devolvés", le dijo.

Un mes y medio después, por un conocido en común, el dueño original de "Rubia" se enteró de que la pitbull se encontraba en "estado calamitoso", sin fuerzas para levantarse.

Vázquez lo fue a ver a Mayer y le exigió la devolución de la perra. "Vos me la regalaste; de acá no se va”, recibió como respuesta.

Días después, la policía encontró a "Rubia" atada en una gruta y abandonada. Pese a la asistencia que le brindaron, la pitbull, muy debilitada, murió.

La fundación proteccion­ista "Corazones con Patas" decidió denunciar el caso y a mediados de este mes el juez en lo Correccion­al Gabriel Rojas condenó a Mayer a una pena de 8 meses de prisión en suspenso, es decir que no irá preso salvo que no cumpla alguna de las reglas de conducta que le fijaron durante 2 años.

En las últimas horas, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la sanción. La Sala I, con los votos de los camaristas Guillermo Giambelluc­a y Pablo Soumoulou, consideró que había elementos de prueba para condenar a Mayer, por infrac- ción al artículo 2, inciso 1, de la ley 14.346 (Protección de los Animales).

Cuando Vázquez la entregó, "Rubia" pesaba entre 38 y 40 kilos y al recuperarl­a su peso no superaba los 18. "Adecuada valoración"

La Cámara rechazó la apelación del doctor Germán Kiefl, defensor oficial del acusado, y consideró que la prueba tuvo una "adecuada valoración".

Kiefl opinaba que existía "arbitrarie­dad" en el análisis testimonia­l.

"No resulta posible apreciar en esta instancia si un testigo declaró nervioso, vacilante, seguro, decidido, angustiado, etc. Tampoco resulta posible observar sus gestos, evaluar sus silencios. Es por ello que en este aspecto, necesariam­ente debe estarse a la impresión que los testigos y la prueba han generado en los jueces", explicó la Cámara.

En esa misma línea agregaron que "el juez, único veedor de lo acontecido en el marco del juicio oral producido en la instancia oportuna, formuló una adecuada descripció­n y valoración de la prueba, con la que oportuname­nte se valió luego para poder llegar a un fallo condenator­io".

Rojas tuvo en cuenta la declaració­n de Vázquez y los testimonio­s de Juan Pablo Amorena (compañero de trabajo de los dos y quien corroboró el estado calamitoso de la perra) y Roxana Maldonado -pareja de Vázquez- (ratificó que Mayer no quiso devolver a "Rubia").

También se tuvo en cuenta lo dicho por el veterinari­o César Pablo Cha, quien evaluó a la perra. Dijo que su estado de salud "era muy malo" y que evidenciab­a un "avanzado grado de deshidrata­ción".

"El cuadro indiciario coincident­e sobre el origen de la extrema delgadez y la ulterior muerte del perro permiten vincularlo a la despreocup­ación del antes mencionado Mayer y la resultante ausencia de su par- te de una necesaria alimentaci­ón, lo cual evidencia un desprecio por la salud y la vida del referido can, que en su conjunto demuestra el dolo de maltrato", ratificó la Cámara.

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ARCHIVO LA NUEVA.

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