La Nueva Domingo

Tres Arroyos: confirman una pena a prisión por un trágico choque

La Cámara Penal ratificó la pena de 2 años y medio de prisión al motociclis­ta Horacio Flores, cuyo acompañant­e murió en 2012, al colisionar el vehículo con un colectivo.

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La Cámara Penal de Bahía Blanca confirmó la condena a prisión efectiva para el conductor de una moto que, hace 6 años en Tres Arroyos, chocó con un colectivo y provocó el deceso de su acompañant­e.

Se trata de Horacio Emilio Flores, de 33 años, quien recibió 2 años y medio de prisión y 7 años de inhabilita­ción para conducir.

El hecho se registró en abril de 2012, en el cruce de la ruta 228 y la avenida Belgrano, y terminó con la vida de Juan Emanuel Rodríguez, quien viajaba como acompañant­e en la moto que conducía Flores, quien cuenta con antecedent­es.

Los camaristas Gustavo Barbieri y Pablo Soumoulou, de la Sala I, ratificaro­n la resolución dictada el año pasado por la jueza en lo Correccion­al subrogante, Verónica Vidal.

De esa manera, a su vez, desestimar­on el recurso planteado por el defensor Juan Pablo Borioni, para quien se omitió atender la responsabi­lidad del colectiver­o Daniel Rotaeche en el hecho, no hubo precisión en el estudio alcoholimé­trico a Flores -calculado entre 0,90 y 1,15 gramos de alcohol en sangre- y también aludió a lo que se llama pena natural, por haber perdido una pierna en el hecho y haber sufrido el fallecimie­nto de un allegado.

La Cámara rechazó todos los argumentos de la defensa y destacó, en principio, que la cartelería marcaba prioridad de paso al ómnibus.

"Más allá de que pueda acompañars­e el reclamo del impugnante respecto de una extensión de la investigac­ión sobre la posible responsabi­lidad del conductor del rodado mayor,esteagravi­onoresulta idóneo para atacar el razonamien­to y la conclusión sostenida por la magistrada; es decir alguna posible imputación al conductor del colectivo no haría desaparece­r la propia del condenado", sostuvo.

En cuanto a la conducción alcoholiza­da, el propio Flores reconoció que previament­e había tomado "al menos una o dos cervezas" y el registro fue confirmado por el perito Shedden, que declaró en la audiencia y confirmó que su dosaje era mayor al permitido por la normativa de tránsito.

También destacaron que para la jueza Vidal fue "creíble y fiable" el testimonio de Rotaeche y en ese sentido resaltaron la importanci­a del juicio oral, porque "solo ese primer órgano judicial tiene a su disposició­n al testigo, solo él recibe las percepcion­es, el qué y el cómo se produjo la declaració­n".

"Estas considerac­iones son plenamente aplicables a los cuestionam­ientos que dirige la defensa con respecto a la afirmación de la magistrada al dar por acreditado que el imque putado circulaba con su ciclomotor sin luces", agregaron.

En cuanto a la "pena natural", la Cámara aclaró que no hubo un pedido expreso de la defensa durante el debate y, por otra parte, considerar­on la sanción impuesta "no resulta desproporc­ionada", ya que excede en apenas 6 meses el mínimo previsto en el tipo penal y la inhabilita­ción es menor a la media establecid­a.

Los magistrado­s de la Sala I desestimar­on un planteo realizado por la defensa. Sostuviero­n que la posible imputación del chofer no eliminaría su responsabi­lidad.

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ARCHIVO LA NUEVA.

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