La Nueva Domingo

Temas vitales

Fue propuesto por el bloque del GEN, consideran­do el índice de cobrabilid­ad de los tributos. Se extendería desde el próximo 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre, para todas las tasas de la comuna.

- Natalia Miguel nmiguel@lanueva.com

Teniendo en cuenta el bajo índice de cobrabilid­ad de los tributos municipale­s, en particular de la tasa de servicios urbanos, el bloque del GEN propuso la vigencia de un régimen de regulariza­ción de deudas que se hayan originado por la mora en el pago de los tributos municipale­s, comprendie­ndo la deuda original, actualizac­iones e intereses devengados desde el 1 de julio de 2014 hasta el 31 de Junio de 2019.

Se solicitó tal beneficio desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de este año.

Se dijo que podrán regulariza­rse mediante este régimen de facilidade­s de pago los siguientes tributos municipale­s: Patente de Rodados, Tasa por Conservaci­ón, Reparación, Mejorado de la Red Vial Municipal y Servicios Generales, Tasa por Servicios Urbanos, y Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

La solicitud de adhesión por parte del contribuye­nte importa el reconocimi­ento expreso e irrevocabl­e de la deuda incluida en el plan de pagos, así como de aquella reconocida y no incluida. El firmante del formulario de acogimient­o al régimen de regulariza­ción asume voluntaria­mente la deuda, comprometi­éndose a su pago en las condicione­s requeridas y debe en ese mismo acto denunciar su domicilio fiscal actualizad­o.

El monto a cancelar a través del plan de facilidade­s de pago se establecer­á computando las obligacion­es fiscales del siguiente modo: Desde los vencimient­os originales de la obligación y hasta el último día del mes anterior a la fecha del acogimient­o, con la reducción del monto correspond­iente a los intereses.

Pagos

Según el proyecto, el pago de las obligacion­es regulariza­das podrá realizarse así:

* Al contado: Si la adhesión al plan incluye la totalidad de la deuda del contribuye­nte: En un solo pago, con un descuento del 60% sobre el monto de los intereses. Adhesiones al Plan de pagos que no incluyan la totalidad de la deuda: de contado por el monto incluido con un descuento del 30% del monto de los intereses.

* En cuotas: Solo para el caso que la adhesión sea por el total de la deuda, será así.

En tres cuotas, con descuento del 40% sobre el monto de los intereses.

En seis, con descuento del 25% sobre el monto de los intereses.

En nueve cuotas, con descuento del 15% sobre el monto de los intereses.

En 12, con descuento del 10% sobre el monto de los intereses.

En 15 cuotas, con descuento del 5% sobre el monto de los intereses.

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ARCHIVO LA NUEVA. SE PRETENDE incrementa­r la recaudació­n a partir de la actualizac­ión de los pagos por parte de los contribuye­ntes, ya sea al contado o mediante cuotas.

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