La UIBB se suma a la convocatoria del Pacto Global Argentina
Lanzamiento de “Buenas prácticas empresariales en la implementación de los principios rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos”.
En el marco de la propuesta de valor del Grupo de Trabajo de Derechos Humanos y Empresas de la Red, se lanza una convocatoria abierta a todas las empresas con operaciones en el país, de carácter público o privado, sean éstas firmantes del Pacto Global o no, para presentar casos empresariales que constituyan buenas prácticas en la implementación de los pilares “Respetar” y/o “Remediar” de los Principios Rectores de las Naciones
Unidas.
Quedan excluidas las empresas que hayan sido expulsadas del Pacto Global o hayan solicitado su baja de la iniciativa.
Entre los casos a presentar se pueden incluir la aprobación de una política de derechos humanos por parte del Consejo Directivo de la compañía, la realización de un estudio de debida diligencia de todas las operaciones o una parte de las operaciones de la compañía, la inclusión de cláusulas de derechos humanos en los contratos con proveedores y otros representantes comerciales de la cadena de valor y la puesta en vigencia de un canal de denuncias ante violaciones a derechos humanos cometidos por la empresa, sus intermediarios o representantes comerciales.
También pueden sumar- se la implementación de un mecanismo de remediación ante una vulneración o impacto producido por la compañía y la inclusión de grupos vulnerables o desaventajados en la cadena de suministro, entre otros ejemplos.
Los casos seleccionados serán incluidos en una publicación a ser presentada por el Grupo de Trabajo de Derechos Humanos y Empresas, en ocasión de la conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos, el próximo 10 de diciembre.
El formulario y sus anexos deben ser enviados por correo electrónico a Flavio Fuertes, coordinador ejecutivo de la Red Argentina del Pacto Global (flavio. fuertes@undp.org), indicando como asunto “Convocatoria Buenas Prácticas Empresariales en la Implementación de los Principios Rectores – Nombre de la Empresa”.
El plazo de envío de los casos empresariales será entre el lunes 19 de agosto y el sábado 28 de septiembre de 2019.
Los casos presentados serán utilizados únicamente como fuente de información para ilustrar la publicación sobre buenas prácticas en materia de respeto a los derechos humanos. No hay un límite de casos a presentar por las empresas (se admiten tantos casos como la empresa considere conveniente).
Descargue a continuación las bases del concurso y el formulario para formalizar la presentación del caso empresarial: http://pactoglobal.org.ar/recursos/ formulario-de-presentacion-de-caso-empresarial/
¿De qué hablamos cuándo hablamos de buenas prácticas?
Cuando Pacto Global hace referencia a “Buenas prácticas” se refiere a diferentes acciones con efectos positivos en contextos determinados y que al ser replicadas en otros escenarios ofrezcan resultados similares.
La sugerencia es que se tenga en cuenta en la difusión al interior de la compañía una adecuada comprensión de lo que son los Derechos Humanos, su trascendencia para el negocio y a continuación lo que la empresa puede llevar a cabo para su abordaje en términos prácticos, para facilitar así la generación de acciones que susciten su cumplimiento.
Algunos ejemplos podrían ser: implementación de políticas relativas a la no discriminación, promoción de la diversidad en todas sus dimensiones dentro de los cuadros laborales; respeto a la privacidad de los grupos de interés; priorizar que los productos de primera necesidad sean accesibles para los sectores más vulnerables; políticas efectivas de salud y seguridad ocupacional, entre otras.
Los Derechos Humanos deben ser parte fundante de los cimientos y política de toda empresa y su implementación no requiere necesariamente un importante inversión económica, sino un compromiso genuino con los principios rectores.
Pacto Global da algunos ejemplos prácticos de cómo las empresas pueden fomentar buenas prácticas en lo cotidiano de sus operaciones:
En el lugar de trabajo, se puede: brindar condiciones laborales seguras y saludables. garantizar la libertad de asociación, velar por la no discriminación en las prácticas relativas a la administración de personal, garantizar que no se utilizará, de manera directa o indirecta, el trabajo forzoso o infantil, brindar a las y los trabajadores y sus familias acceso básico a la salud, la educación y la vivienda, cuando éstos no son garantizados por otras instancias.
Otros ejemplos son: tener un programa de acción afirmativa dirigido a contratar a víctimas de violencia doméstica y hacer los ajustes necesarios para que las y los empleados puedan observar y practicar sus creencias religiosas.
En la comunidad, se puede:
Prevenir el desplazamiento forzado de individuos, grupos y comunidades y trabajar a favor de la protección del sustento económico de las comunidades de influencia de la empresa.
Contribuir al debate público. Las compañías interactúan en todos los niveles de gobierno de los países en las que operan. Por esa razón, tienen el derecho y la responsabilidad de expresar sus puntos de vista sobre los asuntos que afectan a sus operaciones, empleados, clientes y comunidades de las que for
La fecha límite dispuesta para el envío de los casos empresariales vencerá el próximo sábado 28 de septiembre .
man parte.
Crear mercados nuevos mediante el uso de precios diferenciados y de productos en empaques más pequeños/económicos, pereducativas mitiendo así que las personas y grupos pobres accedan a bienes y servicios que de otra manera no podrían obtener.
Propiciar oportunidades para las niñas de la comunidad a modo de empoderarlas, ayudando también a ampliar y mejorar las capacidades de las y los empleados del futuro.
Quizás el aporte más importante de una empresa que brinda empleo decente y contribuye al desarrollo sostenible de la comunidad que la acoge es la producción de bienes y servicios de calidad que ayuden a mejorar las vidas de las personas, especialmente de las que viven en pobreza y aquellas pertenecientes a grupos vulnerables.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (2014) señaló:
“Las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, es decir, de evitar vulnerar los derechos de los demás en cualesquiera lugares donde realicen sus actividades e independientemente del tamaño que tengan o el sector al que pertenezcan, y de hacer frente a las consecuencias que se manifiesten.
"Esta responsabilidad existe tanto si los Estados cumplen sus obligaciones como si no”.