En un fallo polémico, la Corte Suprema reconoció el derecho a la muerte digna
Fue en el caso de un neuquino que llevaba 20 años inválido y sin conocimiento. No se trata de eutanasia, por cuanto el fallo solo permite desconectar medios artificiales de supervivencia sin suministrar drogas que provoquen la muerte.
La Corte Suprema reconoció ayer el derecho de todo paciente a decidir su "muerte digna", al resolver en un caso donde un hombre se encuentra en estado irrversible desde hace 20 años.
La decisión del máximo tribunal se basó en el caso de Marcelo Diez, quien se encuentra con "intervención terapéutica" desde 1995 a raíz de un accidente automovilístico en la provincia de Neuquén.
Al resolver, la Corte tuvo en cuenta que su estado es irreversible y que sus familiares atestiguaron por él a su voluntad de acogerse a una "muerte digna".
El primero
El tema es de una enorme trascendencia puesto que se trata del primer caso jurídico en resolverse en toda la región y sólo hay un antecedente que consta en la comunidad Europea.
A sus 30 años, el 23 de octubre de 1994, Marcelo Diez sufrió un accidente con su moto cuando fue atropellado por un auto en la ruta 22 y desde entonces quedó postrado en una cama, y su familia, sus hermanas (una que vive en Ecuador y la otra en la Capital Federal) iniciaron el pedido ante la Justicia para reclamar su muerte digna.
A raíz del accidente, el hombre sufrió pérdida de conocimiento, politraumatismos graves y epilepsia postraumática, y fue internado en el instituto Luncec de Neuquén, luego de pasar por la Fundación Favaloro.
Petición expresa
Justamente, la Corte Suprema de Justicia tuvo en cuenta para fallar a favor que consta una petición expresa del paciente, por medio del testimonio de su hermana, de querer tener una muerte digna y que le fue transmitido desde antes que tuviera lugar el accidente.
El caso generó muchas idas y vueltas en la Justicia: en una primera instancia se rechazó el pedido de la familia y lo propio hizo la Cámara de Apelaciones de Neuquén, en tanto que el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia decidió revertir la situación.
Pero no todo terminó ahí, sino que el defensor oficial de Marcelo apeló el fallo ante la Corte Suprema, sumada a la oposición que expresaron tanto la iglesia como la propia clínica donde internaron a Diez.
Fundamentos
La Corte tuvo en cuenta en primeralugar que expertos del Cuerpo Médico Forense y del Instituto de Neurociencias de la Fundación Favaloro concluyeron que el estado de Diez es irreversible e incurable.
En su fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton (Carlos Fayt no votó por estar en desacuerdo), la Corte aclaró que "la decisión de aceptar o rechazar un tratamiento médico constituye un ejercicio de la autodeterminación que asiste a toda persona por imperio constitucional".
El tema es de una enorme trascendencia, puesto que se trata del primer caso jurídico en resolverse en toda la región.
No es eutanasia
Además, la Corte aclaró que el fallo no permite una diferenciación entre "vida dignas e indigna de ser vividas" ni tampoco que haya restricción del "derecho de acceder a las prestaciones médicas o sociales destina- das a garantizar su calidad de vida".
Al resolver en el caso de Diez, los jueces tuvieron en cuenta que no se está en presencia de un caso de eutanasia, ya que esa implica que al paciente se le suministre al- guna sustancia para causar la muerte, en tanto que la práctica en este caso es dejar de mantenerlo artificialmente con vida mediante la provisión de fármacos.
Los jueces de la Corte pidieron que la muerte digna se lleve a cabo bajo "recaudos necesarios para el adecuado control y alivio de un eventual sufrimiento del paciente". Comentá esta crónica en lanueva.com