La Nueva

En un fallo polémico, la Corte Suprema reconoció el derecho a la muerte digna

Fue en el caso de un neuquino que llevaba 20 años inválido y sin conocimien­to. No se trata de eutanasia, por cuanto el fallo solo permite desconecta­r medios artificial­es de superviven­cia sin suministra­r drogas que provoquen la muerte.

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La Corte Suprema reconoció ayer el derecho de todo paciente a decidir su "muerte digna", al resolver en un caso donde un hombre se encuentra en estado irrversibl­e desde hace 20 años.

La decisión del máximo tribunal se basó en el caso de Marcelo Diez, quien se encuentra con "intervenci­ón terapéutic­a" desde 1995 a raíz de un accidente automovilí­stico en la provincia de Neuquén.

Al resolver, la Corte tuvo en cuenta que su estado es irreversib­le y que sus familiares atestiguar­on por él a su voluntad de acogerse a una "muerte digna".

El primero

El tema es de una enorme trascenden­cia puesto que se trata del primer caso jurídico en resolverse en toda la región y sólo hay un antecedent­e que consta en la comunidad Europea.

A sus 30 años, el 23 de octubre de 1994, Marcelo Diez sufrió un accidente con su moto cuando fue atropellad­o por un auto en la ruta 22 y desde entonces quedó postrado en una cama, y su familia, sus hermanas (una que vive en Ecuador y la otra en la Capital Federal) iniciaron el pedido ante la Justicia para reclamar su muerte digna.

A raíz del accidente, el hombre sufrió pérdida de conocimien­to, politrauma­tismos graves y epilepsia postraumát­ica, y fue internado en el instituto Luncec de Neuquén, luego de pasar por la Fundación Favaloro.

Petición expresa

Justamente, la Corte Suprema de Justicia tuvo en cuenta para fallar a favor que consta una petición expresa del paciente, por medio del testimonio de su hermana, de querer tener una muerte digna y que le fue transmitid­o desde antes que tuviera lugar el accidente.

El caso generó muchas idas y vueltas en la Justicia: en una primera instancia se rechazó el pedido de la familia y lo propio hizo la Cámara de Apelacione­s de Neuquén, en tanto que el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia decidió revertir la situación.

Pero no todo terminó ahí, sino que el defensor oficial de Marcelo apeló el fallo ante la Corte Suprema, sumada a la oposición que expresaron tanto la iglesia como la propia clínica donde internaron a Diez.

Fundamento­s

La Corte tuvo en cuenta en primeralug­ar que expertos del Cuerpo Médico Forense y del Instituto de Neurocienc­ias de la Fundación Favaloro concluyero­n que el estado de Diez es irreversib­le e incurable.

En su fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton (Carlos Fayt no votó por estar en desacuerdo), la Corte aclaró que "la decisión de aceptar o rechazar un tratamient­o médico constituye un ejercicio de la autodeterm­inación que asiste a toda persona por imperio constituci­onal".

El tema es de una enorme trascenden­cia, puesto que se trata del primer caso jurídico en resolverse en toda la región.

No es eutanasia

Además, la Corte aclaró que el fallo no permite una diferencia­ción entre "vida dignas e indigna de ser vividas" ni tampoco que haya restricció­n del "derecho de acceder a las prestacion­es médicas o sociales destina- das a garantizar su calidad de vida".

Al resolver en el caso de Diez, los jueces tuvieron en cuenta que no se está en presencia de un caso de eutanasia, ya que esa implica que al paciente se le suministre al- guna sustancia para causar la muerte, en tanto que la práctica en este caso es dejar de mantenerlo artificial­mente con vida mediante la provisión de fármacos.

Los jueces de la Corte pidieron que la muerte digna se lleve a cabo bajo "recaudos necesarios para el adecuado control y alivio de un eventual sufrimient­o del paciente". Comentá esta crónica en lanueva.com

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ARCHIVO LA NUEVA. Desde hace veinte años, Marcelo Diez (arr.), está inmóvil. Ahora tiene el derecho a morir.

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