Rechazaron la libertad condicional a un condenado por homicidio
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó el fallo por el que se negó el beneficio a Pablo Oscar Acosta, sentenciado a 15 años de cárcel por la muerte de Gastón Tarabelli, cometida en el barrio Latino.
OCURRIÓ EN MARZO DE 2004 La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó una resolución en la que se negó el beneficio de libertad condicional a Pablo Oscar Acosta (32), condenado a 15 años de cárcel por el crimen de Gastón Tarabelli (17), cometido en marzo de 2004 en el barrio Latino.
El fallo correspondió a la Sala I del cuerpo y contó con el voto de los magistrados Pablo Hernán Soumoulou y Guillermo Giambelluca.
De esa forma, no hicieron lugar a la apelación planteada por el defensor oficial Nicolás Alvarez y ratificaron la decisión del juez de Ejecución Penal Nº 1, doctor Claudio Brun.
En la resolución se indicó que si bien el plazo temporal se encuentra reunido para solicitar el beneficio, las reservas planteadas en algunos informes y ciertas circunstancias particulares avalan el rechazo del mismo.
Los jueces consignaron la opinión del Departamento Técnico Criminológico de la Unidad Penal Nº 4 de Villa Floresta, en el que se indica la “inconveniencia” de incluir a Pablo Acosta en el régimen solicitado.
Se destacó también la fuga que protagonizó en abril de 2011, cuando logró escapar de la cárcel y pocas horas después fue recapturado en una vivienda del barrio Los Almendros.
“Resulta demostrativo de un abuso de confianza y de la imposibilidad de sostener en el tiempo el sentido de responsabilidad, y la presencia de reservas cautelares surgidas del informe psicológico”, se indicó en la resolución. 18/4/2011. Esa fecha Pablo Acosta escapó de la cárcel de Villa Floresta. Admitió que había tomado vino con otros internos en el Casino de Suboficiales y al sacar la basura vio una puerta abierta y decidió escapar y dirigirse a la casa de un familiar. Disculpas. El prefecto mayor Alberto Vargas, quien por entonces estaba al frente de la U4, declaró que el detenido “nos pidió disculpas, dijo que fue un momento de debilidad, que por circunstancias personales decidió tomar esa actitud".
Respecto de esto último, los profesionales que evaluaron al detenido hallaron en su estructura psíquica “escasos recursos para arribar a procesos de abstracción y síntesis, obstaculizando ello su capacidad reflexiva”.
Determinaron además la presencia de una personalidad “tendiente a la acción, lo que facilitaría la irrupción de componentes hostiles y agresivos en situaciones percibidas como amenazantes”.
Por otra parte, sostuvieron que no se acreditó un vínculo entre el detenido y la persona que lo recibiría, la que nunca lo visitó en el penal, no se halló un informe socio- ambiental, y sólo se sabe que es pareja de su hermana.
Por estas razones los jueces entendieron que no hay razón para apartarse de lo sostenido en los informes elaborados por las autoridades del Servicio Penitenciario y confirmaron el fallo en el que se rechazó la libertad condicional solicitada por el sujeto.
Desarrollo del juicio
El 10 de abril de 2007, el Tribunal en lo Criminal Nº 1, integrado por los jueces Mario Lindor Burgos, Enrique José Montironi y Hugo Alberto De Rosa, condenó a Acosta por los delitos de “homicidio, lesiones leves, abu- so de arma y tenencia ilegítima de arma de guerra”.
Fue hallado culpable del hecho ocurrido el 26 de marzo de 2004, en la vereda lindante a la vivienda de Lugones 59, cuando Tarabelli recibió un disparo en la cabeza con un revólver calibre 38.
En esas mismas circunstancias, José Luis Figueroa, allegado a la víctima fatal, fue golpeado con el arma, resultando con lesiones, y también se efectuaron dos disparos cerca suyo.
La autoría de Acosta no fue materia de discusión, ya que la misma defensa del acusado la admitió, aunque aseguró que no actuó con dolo, si- no que se trató de un acto meramente accidental.
Al menos tres testimonios ratificaron detalles del hecho: que Tarabelli no estaba armado, que salió en defensa de Figueroa y que el disparo letal fue dirigido hacia la víctima.
El 29 de enero de 2019 vencerá la sentencia impuesta al imputado, quien se encuentra detenido desde el 31 de marzo de 2004 y hace dos años se le otorgó una reducción de sesenta días en la condena aplicada por los jueces bahienses. Comentá esta crónica en lanueva.com